3. Otras disposiciones. . (2025/117-13)
Resolución de 16 de junio de 2025, de la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica, por la que se aprueba la lista provisional de solicitudes admitidas y excluidas correspondiente al concurso público para la adjudicación de oficinas de farmacia convocado por la orden que se cita.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 117 - Viernes, 20 de junio de 2025
página 8755/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
Resolución de 16 de junio de 2025, de la Dirección General de Salud Pública
y Ordenación Farmacéutica, por la que se aprueba la lista provisional de
solicitudes admitidas y excluidas correspondiente al concurso público para la
adjudicación de oficinas de farmacia convocado por la orden que se cita.
De conformidad con lo dispuesto en la base 6.ª1 de la Orden de 2 de diciembre de 2024,
por la que se convoca concurso público para la adjudicación de nuevas oficinas de
farmacia en Andalucía, y el artículo 11.1 del Decreto 36/2018, de 6 de febrero, por el que
se regula el procedimiento de adjudicación de nuevas oficinas de farmacia, esta Dirección
General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica
RESU ELV EO
Primero. Aprobar la lista provisional de solicitudes admitidas y excluidas correspondiente
al concurso público para la adjudicación de oficinas de farmacia, convocado por Orden de la
Consejería de Salud y Consumo de 2 de diciembre de 2024.
Esta lista, ordenada por orden alfabético de apellidos, contiene las solicitudes que
han sido admitidas y excluidas en cada fase, con indicación de las causas de exclusión,
incluyendo la puntuación consignada en la hoja de autobaremación.
Segundo. Conforme a lo dispuesto en las bases 6.ª1 y 17.ª1 de la citada Orden de 2
de diciembre de 2024, la lista provisional de solicitudes admitidas y excluidas aprobada
mediante la presente resolución se expondrá en la página web de la Consejería de Salud
y Consumo, en el Portal de la Junta de Andalucía, y en los tablones de anuncios de las
Delegaciones Territoriales y de la sede de la Consejería de Salud y Consumo.
Tercero. Para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión u omisión en
la lista provisional, las personas solicitantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles
contados a partir del siguiente a esta publicación en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía. En el mismo plazo se podrá solicitar la rectificación de los errores detectados
en dicha lista.
Cuarto. Los escritos de alegaciones se dirigirán a la Dirección General de Salud
Pública y Ordenación Farmacéutica de la Consejería de Salud y Consumo, siendo
estimadas o desestimadas en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva de
solicitudes admitidas y excluidas. En el caso de que los defectos relativos a los motivos
de exclusión no sean subsanados, las solicitudes correspondientes serán excluidas en la
lista definitiva.
Quinto. Serán causas de inadmisión, sin posibilidad de ser subsanadas, el no haber
presentado en plazo la solicitud que figura como Anexo II de la Orden de 2 de diciembre
de 2024 y el no haber abonado en plazo la tasa correspondiente.

00322354

Sevilla, 16 de junio de 2025.- El Director General, Manuel Fernández Zurbarán.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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