3. Otras disposiciones. . (2025/116-43)
Resolución de 16 de junio de 2025, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de Fiscalización Operativa del Bono Alquiler Joven en Andalucía.
111 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 116 - Jueves, 19 de junio de 2025
página 8698/4

1. INTRODUCCIÓN
1.

La Cámara de Cuentas de Andalucía, en virtud de lo dispuesto en su Ley de creación (Ley 1/1988,
de 17 de marzo), y conforme a lo previsto en el Plan de Actuaciones para el ejercicio 2023, ha
realizado el informe de fiscalización operativa de las ayudas del Bono Alquiler Joven en Andalucía, convocatoria 2022.

2.

La Ley 1/2010, de 8 de marzo, Reguladora del Derecho a la Vivienda en Andalucía tiene por objeto
garantizar el derecho consagrado en la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía de Andalucía a una vivienda digna y adecuada, del que son titulares las personas físicas con vecindad
administrativa en la Comunidad Autónoma de Andalucía, estableciendo que los recursos económicos de la Administración de la Junta de Andalucía, incluida la gestión de las ayudas estatales,
dará preferencia, en el marco establecido en los planes de vivienda, a los grupos de especial
protección con menor índice de renta.

3.

El acceso a la vivienda en régimen de alquiler es un problema de gran relevancia, así el Banco de
España en su informe anual de 20231 destaca el crecimiento sostenido de los precios del alquiler
de vivienda en la economía española desde 2014 por la fortaleza de la demanda de vivienda,
junto con una relativa rigidez de la oferta. Los problemas de acceso a la vivienda se han incrementado durante los últimos años y se concentran en los hogares con menos renta -jóvenes y
población inmigrante- y en determinadas zonas geográficas -áreas urbanas y turísticas-.
Este estudio destaca que, a diferencia de la media de los hogares, cuyo porcentaje de renta bruta
destinada al alquiler se ha reducido en 3 puntos porcentuales (p.p.) entre el período 2011 a 2022
(del 25,5% al 22,5%), en los colectivos con rentas más bajas el esfuerzo se ha incrementado en 5
p.p. (del 40,0% al 45,0%).
Asimismo, el estudio subraya el progresivo retraso de la edad de emancipación de los jóvenes, y
el aumento de jóvenes entre 18 y 34 años que residen con sus padres (52,0% en 2008 al 65,0%
en 2022). el 12,5% de los jóvenes reside en viviendas de alquiler en España frente al 20,0% promedio en la UE-27.

4.

En los programas contemplados en los planes en materia de vivienda, se incluyen previsiones
concretas de ayudas al alquiler de vivienda para facilitar el acceso a la vivienda habitual y permanente de personas con ingresos limitados, mediante el otorgamiento de ayudas que contribuyan
a hacer más asequible la renta de alquiler. Estos programas van dirigidos a personas físicas con
ingresos inferiores a 2,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM2), salvo
casos excepcionales y justificados en los que podrá preverse un límite superior en la correspondiente orden de desarrollo, como es el caso del Bono Alquiler Joven (en adelante BAJ).

Informe anual 2023 del Banco de España. Capítulo 4. El mercado de la vivienda en España: evolución reciente, riesgos y problemas de
accesibilidad.
2
El IPREM es el índice empleado en España desde 2004 como referencia de renta para la concesión de ayudas, subvenciones o subsidios
de desempleo, a diferencia del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) utilizado en el ámbito laboral. En consecuencia, los diversos planes
de vivienda, tanto a nivel autonómico andaluz, como a nivel estatal, han previsto en sus diferentes programas de ayudas que los ingresos
de la unidad familiar y/o de convivencia no sean superiores a un determinado umbral calculado en función del IPREM.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00322297

1