3. Otras disposiciones. . (2025/116-42)
Resolución de 16 de junio de 2025, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de las disposiciones sobre simplificación administrativa de la Junta de Andalucía.
113 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 116 - Jueves, 19 de junio de 2025
página 8697/7
Entre las unidades que conforman la SGAP destacan la Inspección General de Servicios, el Servicio
de Calidad y Atención a la Ciudadanía y el Servicio de Organización y Simplificación Administrativa.17
17
A la Inspección General de Servicios18 (en adelante IGS), le compete, entre otras funciones, el
análisis de la organización y el funcionamiento de las unidades, órganos y entidades del sector
público andaluz, así como de los instrumentos de planificación, ejecución, seguimiento y
evaluación de su actividad, de la prestación de los servicios públicos de calidad y de la
racionalización de sus procedimientos. Las actuaciones inspectoras se prevén en el Plan General
de la Inspección General de Servicios para cada año.
18
Con anterioridad a los actuales decretos de estructura orgánica, las competencias en materia de
simplificación administrativa estaban radicadas en la Consejería de Presidencia, Administración
Pública e Interior. Según el Decreto 114/2020, de 8 de septiembre, por el que se establece su
estructura orgánica, esta consejería tenía atribuida la organización y transformación continua de la
Administración y sus procedimientos. Igualmente, ejercía la inspección de servicios y los programas
para la evaluación y calidad de los mismos (art.1.g). Según el artículo 3 del citado decreto, se
atribuyeron a la SGAP competencias similares a las actualmente vigentes.
19
Además, hay que tener en consideración a la Agencia de la Competencia y de la Regulación
Económica de Andalucía19 (en adelante ACREA), órgano independiente de defensa de la
competencia en relación con las actividades económicas que se desarrollen principalmente en
Andalucía, y adscrita a la actual Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos. También
existen otros órganos de la agencia que igualmente desempeñan funciones al servicio de la mejora
regulatoria, en concreto, el Consejo de la Competencia de Andalucía y el Departamento de
Promoción de la Competencia y Mejora de la Regulación Económica.
20
Los gastos presupuestados para las actuaciones realizadas por los órganos competentes en la
simplificación administrativa no se registran en un programa presupuestario a tal efecto. Se
contabilizan en los programas genéricos, en relación con la gestión de los recursos personales,
materiales y económicos de cada consejería implicada. De esta forma, los programas
presupuestarios afectados, según el órgano competente son los siguientes:
•
•
•
17
DGAPSA: 11A “D.S.G. Presidencia, Interior, Dialogo Social y Simplificación Administrativa”.
SGAP: 12A “Planificación y gestión de los recursos humanos”.
ACREA: 61N “Defensa de la competencia”.
Punto modificado por alegación presentada.
general-servicios.html
19 https://www.juntadeandalucia.es/defensacompetencia/defensacompetencia/sobre-la-acrea/
Mediante el artículo 10 del Decreto-ley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad
productiva de Andalucía, se modificó la denominación y naturaleza de la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía, que pasa
a denominarse Agencia de la Competencia y de la Regulación Económica de Andalucía y deja de tener la naturaleza jurídica de agencia
administrativa, configurándose como un organismo público de los previstos en la disposición adicional segunda de la Ley de
Administración de la Junta de Andalucía, por lo que desde el ejercicio 2021 pasa a integrarse en la Administración de la Junta de Andalucía
y deja de considerarse ente instrumental de la misma.
Los fines y funciones de la agencia relacionados con la mejora regulatoria se establecen en los artículos 2, 3, 10.2 y 20.2 de la Ley 6/2007,
de 25 de junio, de Promoción y Defensa de la Competencia de Andalucía. (párrafo modificado por la alegación presentada)
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00322296
18https://www.juntadeandalucia.es/organismos/justiciaadministracionlocalyfuncionpublica/areas/administracion-publica/inspeccion-
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 116 - Jueves, 19 de junio de 2025
página 8697/7
Entre las unidades que conforman la SGAP destacan la Inspección General de Servicios, el Servicio
de Calidad y Atención a la Ciudadanía y el Servicio de Organización y Simplificación Administrativa.17
17
A la Inspección General de Servicios18 (en adelante IGS), le compete, entre otras funciones, el
análisis de la organización y el funcionamiento de las unidades, órganos y entidades del sector
público andaluz, así como de los instrumentos de planificación, ejecución, seguimiento y
evaluación de su actividad, de la prestación de los servicios públicos de calidad y de la
racionalización de sus procedimientos. Las actuaciones inspectoras se prevén en el Plan General
de la Inspección General de Servicios para cada año.
18
Con anterioridad a los actuales decretos de estructura orgánica, las competencias en materia de
simplificación administrativa estaban radicadas en la Consejería de Presidencia, Administración
Pública e Interior. Según el Decreto 114/2020, de 8 de septiembre, por el que se establece su
estructura orgánica, esta consejería tenía atribuida la organización y transformación continua de la
Administración y sus procedimientos. Igualmente, ejercía la inspección de servicios y los programas
para la evaluación y calidad de los mismos (art.1.g). Según el artículo 3 del citado decreto, se
atribuyeron a la SGAP competencias similares a las actualmente vigentes.
19
Además, hay que tener en consideración a la Agencia de la Competencia y de la Regulación
Económica de Andalucía19 (en adelante ACREA), órgano independiente de defensa de la
competencia en relación con las actividades económicas que se desarrollen principalmente en
Andalucía, y adscrita a la actual Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos. También
existen otros órganos de la agencia que igualmente desempeñan funciones al servicio de la mejora
regulatoria, en concreto, el Consejo de la Competencia de Andalucía y el Departamento de
Promoción de la Competencia y Mejora de la Regulación Económica.
20
Los gastos presupuestados para las actuaciones realizadas por los órganos competentes en la
simplificación administrativa no se registran en un programa presupuestario a tal efecto. Se
contabilizan en los programas genéricos, en relación con la gestión de los recursos personales,
materiales y económicos de cada consejería implicada. De esta forma, los programas
presupuestarios afectados, según el órgano competente son los siguientes:
•
•
•
17
DGAPSA: 11A “D.S.G. Presidencia, Interior, Dialogo Social y Simplificación Administrativa”.
SGAP: 12A “Planificación y gestión de los recursos humanos”.
ACREA: 61N “Defensa de la competencia”.
Punto modificado por alegación presentada.
general-servicios.html
19 https://www.juntadeandalucia.es/defensacompetencia/defensacompetencia/sobre-la-acrea/
Mediante el artículo 10 del Decreto-ley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad
productiva de Andalucía, se modificó la denominación y naturaleza de la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía, que pasa
a denominarse Agencia de la Competencia y de la Regulación Económica de Andalucía y deja de tener la naturaleza jurídica de agencia
administrativa, configurándose como un organismo público de los previstos en la disposición adicional segunda de la Ley de
Administración de la Junta de Andalucía, por lo que desde el ejercicio 2021 pasa a integrarse en la Administración de la Junta de Andalucía
y deja de considerarse ente instrumental de la misma.
Los fines y funciones de la agencia relacionados con la mejora regulatoria se establecen en los artículos 2, 3, 10.2 y 20.2 de la Ley 6/2007,
de 25 de junio, de Promoción y Defensa de la Competencia de Andalucía. (párrafo modificado por la alegación presentada)
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00322296
18https://www.juntadeandalucia.es/organismos/justiciaadministracionlocalyfuncionpublica/areas/administracion-publica/inspeccion-