3. Otras disposiciones. . (2025/116-42)
Resolución de 16 de junio de 2025, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de las disposiciones sobre simplificación administrativa de la Junta de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 116 - Jueves, 19 de junio de 2025
página 8697/66
A.109
Si bien el Plan no establece un calendario de ejecución para las distintas fases de esta línea de
actuación, el hecho que su denominación incluya la referencia al “horizonte 2024”, induce a
considerar que este año debería estar completado. En cambio, esta fase II requiere todavía la
evaluación de gran parte de las consejerías, así como la puesta en valor de las propuestas
realizadas.
A.110
Los 483 procedimientos considerados para el análisis superan los 468 de tramitación directa con
operadores económicos que afectan al inicio o ejercicio de la actividad económica. La diferencia
radica en que algunas consejerías incluyeron procedimientos que no tienen código del Registro
de Procedimientos y Servicios y, por tanto, no constan en él.
A.111
En relación con el análisis de los 207 procedimientos de subvenciones de la fase III del Plan, se
ha puesto a disposición de los gestores de la Junta de Andalucía una guía para el diseño, la
elaboración y la gestión de subvenciones para operadores económicos. Existe una primera
versión de elaboración de esta guía. Una vez aprobada, se establecerá un calendario de difusión
y formación.
En cuanto a los 154 procedimientos regulados por normativa básica estatal o europea, se ha
realizado la identificación de dichos procedimientos y se está pendiente de culminar la fase
anterior de simplificación de requisitos, para solicitar a las consejerías sus propuestas de mejora
sobre los procedimientos regulados por normativa estatal o europeos que gestionan.
A.112
Por último, sobre el refuerzo de la inspección y el control de los procedimientos con operadores
económicos, el Plan propone incrementar y mejorar los sistemas de control en medios y en
técnicas, así como avanzar en la utilización de instrumentos adicionales de verificación y control,
como pueden ser las Entidades de Certificación. Por otro lado, se propone reforzar la
digitalización y robotización de los expedientes, y la coordinación entre los diferentes
departamentos de la administración autonómica.
En concreto, las actuaciones llevadas a cabo en ejecución de esta fase han sido las siguientes:
00322296
1) Dotación de más medios humanos y materiales para garantizar el cumplimiento de los plazos
así como reforzar las labores de inspección y control. No hay constancia de más medios
humanos y materiales. Al menos la SGAP no plantea necesidades de recursos a cubrir. En
cambio, la DGAPSA señaló la necesidad de crear nuevos puestos (§A.126). En cuanto a
reforzar las labores de inspección y control, será más que necesario reforzarlas atendiendo a
las exigencias del Decreto-ley 3/2024 en relación con las nuevas competencias de la
Inspección General de Servicios.
2) Avanzar en una mayor implantación de entidades de certificación en el control del
cumplimiento de los requisitos técnicos. Han sido reguladas en las secciones 6 y 7 del capítulo
IV del nuevo Decreto-ley 3/2024, creando las figuras de las entidades colaboradoras de
certificación y las entidades habilitadas.
3) Reforzar la digitalización y robotización de los expedientes, la elaboración de instrucciones de
tramitación de expedientes y la coordinación entre los diferentes servicios, departamentos y
consejerías. Está asignada a la ADA. Este reforzamiento se ha implementado por el reciente
Decreto-ley 3/2024, mediante:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 116 - Jueves, 19 de junio de 2025
página 8697/66
A.109
Si bien el Plan no establece un calendario de ejecución para las distintas fases de esta línea de
actuación, el hecho que su denominación incluya la referencia al “horizonte 2024”, induce a
considerar que este año debería estar completado. En cambio, esta fase II requiere todavía la
evaluación de gran parte de las consejerías, así como la puesta en valor de las propuestas
realizadas.
A.110
Los 483 procedimientos considerados para el análisis superan los 468 de tramitación directa con
operadores económicos que afectan al inicio o ejercicio de la actividad económica. La diferencia
radica en que algunas consejerías incluyeron procedimientos que no tienen código del Registro
de Procedimientos y Servicios y, por tanto, no constan en él.
A.111
En relación con el análisis de los 207 procedimientos de subvenciones de la fase III del Plan, se
ha puesto a disposición de los gestores de la Junta de Andalucía una guía para el diseño, la
elaboración y la gestión de subvenciones para operadores económicos. Existe una primera
versión de elaboración de esta guía. Una vez aprobada, se establecerá un calendario de difusión
y formación.
En cuanto a los 154 procedimientos regulados por normativa básica estatal o europea, se ha
realizado la identificación de dichos procedimientos y se está pendiente de culminar la fase
anterior de simplificación de requisitos, para solicitar a las consejerías sus propuestas de mejora
sobre los procedimientos regulados por normativa estatal o europeos que gestionan.
A.112
Por último, sobre el refuerzo de la inspección y el control de los procedimientos con operadores
económicos, el Plan propone incrementar y mejorar los sistemas de control en medios y en
técnicas, así como avanzar en la utilización de instrumentos adicionales de verificación y control,
como pueden ser las Entidades de Certificación. Por otro lado, se propone reforzar la
digitalización y robotización de los expedientes, y la coordinación entre los diferentes
departamentos de la administración autonómica.
En concreto, las actuaciones llevadas a cabo en ejecución de esta fase han sido las siguientes:
00322296
1) Dotación de más medios humanos y materiales para garantizar el cumplimiento de los plazos
así como reforzar las labores de inspección y control. No hay constancia de más medios
humanos y materiales. Al menos la SGAP no plantea necesidades de recursos a cubrir. En
cambio, la DGAPSA señaló la necesidad de crear nuevos puestos (§A.126). En cuanto a
reforzar las labores de inspección y control, será más que necesario reforzarlas atendiendo a
las exigencias del Decreto-ley 3/2024 en relación con las nuevas competencias de la
Inspección General de Servicios.
2) Avanzar en una mayor implantación de entidades de certificación en el control del
cumplimiento de los requisitos técnicos. Han sido reguladas en las secciones 6 y 7 del capítulo
IV del nuevo Decreto-ley 3/2024, creando las figuras de las entidades colaboradoras de
certificación y las entidades habilitadas.
3) Reforzar la digitalización y robotización de los expedientes, la elaboración de instrucciones de
tramitación de expedientes y la coordinación entre los diferentes servicios, departamentos y
consejerías. Está asignada a la ADA. Este reforzamiento se ha implementado por el reciente
Decreto-ley 3/2024, mediante:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja