3. Otras disposiciones. . (2025/116-42)
Resolución de 16 de junio de 2025, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de las disposiciones sobre simplificación administrativa de la Junta de Andalucía.
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BOJA
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 116 - Jueves, 19 de junio de 2025
página 8697/39
Los procedimientos administrativos en los que corresponda sustituir el régimen de
autorización por una declaración responsable o una comunicación, especialmente en
aquellos casos en los que haya una carga administrativa innecesaria.
Los procedimientos para la inscripción en los registros dependientes de la Comunidad
Autónoma y la obtención de autorizaciones autonómicas, en los que proceda reducir a la
mitad los plazos, con un máximo de tres meses desde su inicio.
Los procedimientos administrativos que afecten a la actividad emprendedora en los que
corresponda establecer el silencio positivo, de acuerdo con los términos previstos por la
legislación básica sobre procedimiento administrativo común.
Los procedimientos de tramitación de ayudas e incentivos a los autónomos, que tendrán
un plazo máximo para resolver y notificar de tres meses desde su inicio, y de dos meses
para hacer efectivo el pago, una vez publicada la resolución de concesión de las ayudas e
incentivos.
En relación con el diagnóstico de la calidad regulatoria en España y Andalucía, el plan expone que
en Andalucía existe un significativo margen de mejora y por tanto es preciso continuar
impulsando el cambio en la mejora regulatoria e institucional y en la simplificación normativa y
la reducción de trabas administrativas, contribuyendo a crear un entorno de seguridad jurídica y
estable, con capacidad para atraer mayor número de inversiones productivas y proyectos
empresariales solventes y sostenibles generadores de riqueza en nuestra comunidad. En
definitiva, avanzar hacia una regulación más inteligente, más justa y menos intrusiva.
7.2.2.2. Sistema de coordinación, seguimiento y evaluación.
A.39
Los instrumentos, mecanismos, sistemas o medidas implantadas para la coordinación,
seguimiento y evaluación de las disposiciones sobre simplificación administrativas, desde la
perspectiva de su marco regulatorio, competencial y estratégico, son los desarrollados por las
siguientes unidades administrativas:
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Comisión Interdepartamental de Coordinación y Racionalización Administrativa (CICRA).
Comisión Interdepartamental de Coordinación de las Estrategias de Transformación de la
Administración (CICETA).
Inspección General de Servicios (IGS).
En la medida que estas comisiones, así como la IGS, están adscritas a la SGAP, cabe considerarlos
como sistemas propios de coordinación, seguimiento y evaluación de las disposiciones sobre
simplificación administrativa.
A.41
En cuanto a la responsabilidad de la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y
Simplificación Administrativa, asume la vicepresidencia de la CICRA y la presidencia rotatoria y una
vicepresidencia de la CICETA, por lo que participa de forma activa en su funcionamiento y toma de
decisiones.
A.42
Por otro lado, el “Plan para la Mejora de la Regulación Económica en Andalucía – Horizonte 2024”,
promovido por la ACREA, en relación con la línea de actuación “Evaluación de procedimientos
00322296
A.40
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 116 - Jueves, 19 de junio de 2025
página 8697/39
Los procedimientos administrativos en los que corresponda sustituir el régimen de
autorización por una declaración responsable o una comunicación, especialmente en
aquellos casos en los que haya una carga administrativa innecesaria.
Los procedimientos para la inscripción en los registros dependientes de la Comunidad
Autónoma y la obtención de autorizaciones autonómicas, en los que proceda reducir a la
mitad los plazos, con un máximo de tres meses desde su inicio.
Los procedimientos administrativos que afecten a la actividad emprendedora en los que
corresponda establecer el silencio positivo, de acuerdo con los términos previstos por la
legislación básica sobre procedimiento administrativo común.
Los procedimientos de tramitación de ayudas e incentivos a los autónomos, que tendrán
un plazo máximo para resolver y notificar de tres meses desde su inicio, y de dos meses
para hacer efectivo el pago, una vez publicada la resolución de concesión de las ayudas e
incentivos.
En relación con el diagnóstico de la calidad regulatoria en España y Andalucía, el plan expone que
en Andalucía existe un significativo margen de mejora y por tanto es preciso continuar
impulsando el cambio en la mejora regulatoria e institucional y en la simplificación normativa y
la reducción de trabas administrativas, contribuyendo a crear un entorno de seguridad jurídica y
estable, con capacidad para atraer mayor número de inversiones productivas y proyectos
empresariales solventes y sostenibles generadores de riqueza en nuestra comunidad. En
definitiva, avanzar hacia una regulación más inteligente, más justa y menos intrusiva.
7.2.2.2. Sistema de coordinación, seguimiento y evaluación.
A.39
Los instrumentos, mecanismos, sistemas o medidas implantadas para la coordinación,
seguimiento y evaluación de las disposiciones sobre simplificación administrativas, desde la
perspectiva de su marco regulatorio, competencial y estratégico, son los desarrollados por las
siguientes unidades administrativas:
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Comisión Interdepartamental de Coordinación y Racionalización Administrativa (CICRA).
Comisión Interdepartamental de Coordinación de las Estrategias de Transformación de la
Administración (CICETA).
Inspección General de Servicios (IGS).
En la medida que estas comisiones, así como la IGS, están adscritas a la SGAP, cabe considerarlos
como sistemas propios de coordinación, seguimiento y evaluación de las disposiciones sobre
simplificación administrativa.
A.41
En cuanto a la responsabilidad de la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y
Simplificación Administrativa, asume la vicepresidencia de la CICRA y la presidencia rotatoria y una
vicepresidencia de la CICETA, por lo que participa de forma activa en su funcionamiento y toma de
decisiones.
A.42
Por otro lado, el “Plan para la Mejora de la Regulación Económica en Andalucía – Horizonte 2024”,
promovido por la ACREA, en relación con la línea de actuación “Evaluación de procedimientos
00322296
A.40
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja