3. Otras disposiciones. . (2025/116-39)
Resolución de 13 de junio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular, por la que se aprueban y publican los formularios y se establece la plataforma informática a utilizar en el procedimiento administrativo sobre obligaciones relativas a la garantía financiera en materia de responsabilidad medioambiental y en los procedimientos administrativos de emisiones contaminantes a la atmósfera.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 116 - Jueves, 19 de junio de 2025
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ANEXO IV.1

5. DECLARACIÓN RESPONSABLE (Continuación)
DECLARACIONES RESPONSABLES QUE ASUME EL OPERADOR
Con la firma de la Declaración Responsable el declarante asume, bajo su responsabilidad:
- Que, para la determinación de la cuantía de la garantía financiera, ha realizado un análisis de riesgos medioambientales de la
actividad, previsto en el artículo 24.3 de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, y que se desarrolla en los artículos 34 y siguientes del
Real Decreto 2009/2008, o ha utilizado una tabla de baremos informada favorablemente por la Comisión Técnica de Prevención y
Reparación de Daños Medioambientales.
- Que queda exento de constituir la garantía financiera obligatoria en los términos que establecen los apartados a) y b) del artículo
28 de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental.
- Que dispone de los documentos que así lo acreditan, en la fecha en que se efectúa la presente declaración responsable.
- Que se compromete a facilitar, en su caso, cualquier dato o información requerida por el órgano competente al objeto de verificar
el cumplimiento de esta declaración.
(4) Cumplimentar este apartado sólo si se trata de un operador EXENTO de constituir garantía financiera.
(5) Debe seleccionar al menos una de las dos opciones.
(6) Cumplimentar en caso de constitución de la garantía mediante suscripción a un seguro.
(7) Importe de la garantía contratada.

5.2 DECLARACIÓN RESPONSABLE OPERADOR OBLIGADO A CONSTITUIR GARANTÍA FINANCIERA (8)

De acuerdo con el artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, DECLARA:

PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA

- Que ha constituido la garantía financiera regulada en el artículo 33 del Real Decreto 2090/2008. La cuantía, estimada a partir del
Análisis de riesgos medioambientales / Tabla de baremos, ha ascendido a un importe de:

- Que las características de la garantía financiera son las siguientes:

CARACTERÍSTICAS DE LA GARANTÍA FINANCIERA OBLIGATORIA
Se indicará la modalidad de garantía elegida en relación a las tres posibilidades previstas en la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de
Responsabilidad Medioambiental:
MODALIDAD DE GARANTÍA:

Seguro

LA GARANTÍA FINANCIERA CUBRE MÁS DE UNA INSTALACIÓN:
NOMBRE CIA. ASEGURADORA O ENTIDAD FINANCIERA:
PERIODO DE VIGENCIA DE LA POLIZA (9):

Aval


Reserva técnica
No

IDENTIF. INSTRUMEN. CONSTITUCIÓN:

FECHA DE CONSTITUCIÓN:

IMPORTE DE LA GARANTÍA FINANCIERA EN EUROS (10):

DECLARACIONES RESPONSABLES QUE ASUME EL OPERADOR
Con la firma de la Declaración Responsable el declarante asume, bajo su responsabilidad:
- Que ha constituido la Garantía Financiera obligatoria en los términos que establece la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de
Responsabilidad Medioambiental, y en el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de
Responsabilidad Medioambiental, aprobado por el Real Decreto 2090/2008, de 22 de diciembre.
- Que, para la determinación de la cuantía de la garantía financiera, ha realizado el análisis de riesgos medioambientales de la
actividad previsto en el artículo 24.3 de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, y que se desarrolla en los artículos 34 y siguientes de este
reglamento, o ha utilizado una tabla de baremos correspondiente, informada favorablemente por la Comisión Técnica de
Prevención y Reparación de Daños Medioambientales.
- Que se compromete a mantener la garantía financiera durante toda la vigencia de la actividad.
- Que comunicará las actualizaciones de la cuantía mínima de la garantía financiera, en los términos que establece el Reglamento
de desarrollo parcial, de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, aprobado por el Real Decreto
2090/2008, de 22 de diciembre.
- Que cumple con los requisitos establecidos en los apartados anteriores, y que dispone de los documentos que así lo acreditan, en
la fecha en que se efectúa la presente declaración.
- Que se compromete a facilitar, en su caso, cualquier dato o información requerida por el órgano competente al objeto de verificar
el cumplimiento de esta declaración responsable.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

00322343

003434/1

(8) Cumplimentar este apartado solo si se trata de un operador OBLIGADO a constituir garantía financiera.
(9) Cumplimentar en caso de constitución de la garantía mediante suscripción de un seguro.
(10) Importe de la garantía contratada.

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