Autoridades y personal. . (2025/116-27)
Resolución de 11 de junio de 2025, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se efectúa convocatoria para la adjudicación de destinos provisionales al personal docente para el curso académico 2025/2026.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 116 - Jueves, 19 de junio de 2025
página 8542/18
portal electrónico de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional,
previamente a las correspondientes resoluciones definitivas de adjudicación.
Decimocuarta. Publicación de adjudicación de destinos y efectos
1. Mediante resolución de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos
Humanos, se harán públicos los listados con la adjudicación provisional de los destinos,
concediéndose un plazo para reclamaciones y, en su caso, desistimientos, de cinco días
hábiles a contar a partir del día siguiente al de la fecha de su publicación.
2. Transcurrido el plazo el señalado y resueltas, en su caso, las alegaciones
presentadas, con las modificaciones que procedan, se elevarán a definitivos los listados
con los destinos adjudicados, que se publicarán, asimismo, por resolución de la Dirección
General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos.
3. Las resoluciones a que se refieren los apartados anteriores se publicarán en la
página electrónica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
4. Con la publicación de las resoluciones correspondientes, se considerará efectuada
la notificación al personal interesado.
5. Los destinos adjudicados serán irrenunciables y tendrán efectos económicos y
administrativos de 1 de septiembre de 2025. No obstante, el personal funcionario interino
que a la fecha citada de 1 de septiembre de 2025 se halle de baja por incapacidad
temporal u otro tipo de baja o permiso que suponga pago directo por parte del Instituto
Nacional de la Seguridad Social, no podrá tomar posesión en el destino adjudicado hasta
pasar a la situación de alta, sin perjuicio de su inscripción en el sistema integrado de
gestión de recursos humanos a los efectos del cómputo del período que corresponda en
la bolsa de trabajo.
6. Asimismo, y sin menoscabo de lo establecido en el apartado 5, el personal que
obtenga destino por este procedimiento, deberá permanecer en su centro de origen,
en su caso, hasta que concluyan las actividades previstas para la finalización del curso
anterior.
Decimosexta. Permanencia del profesorado en los centros reconocidos como
«Comunidad de Aprendizaje»
1. De conformidad con lo establecido en la disposición adicional única de la Orden
de 8 de junio de 2012, por la que se regula el procedimiento de inscripción y continuidad
de centros reconocidos como «Comunidad de Aprendizaje» y se crea la Red Andaluza
«Comunidades de Aprendizaje», se garantizará la permanencia en dichos centros, con
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00322142
Decimoquinta. Solicitud de no incorporación al puesto adjudicado del personal
funcionario interino.
1. De conformidad con lo establecido en el artículo 53 de la Orden de 10 junio de
2020, y sin perjuicio de lo establecido en la base decimocuarta, el personal funcionario
interino adjudicatario de un destino a través de este procedimiento podrá solicitar la
no incorporación al puesto adjudicado, en el plazo de tres días hábiles, computables
desde el siguiente al de la publicación de la resolución definitiva, siempre que se den las
circunstancias a que se refiere el artículo 51 de la referida Orden de 10 de junio de 2020.
2. Para solicitar la no incorporación, el personal solicitante deberá cumplimentar el
formulario asociado a tal efecto a la resolución definitiva del presente procedimiento, que
será facilitado a través de la página electrónica de la Consejería de Desarrollo Educativo
y Formación Profesional. A la solicitud, se adjuntará la documentación que acredite
dichas circunstancias.
3. La Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, a la vista
de la documentación aportada, resolverá lo que proceda a la mayor brevedad posible y,
en todo caso, antes del día 30 de septiembre de 2025, debiendo el personal solicitante
incorporarse a sus destinos y permanecer en ellos en tanto no recaiga resolución positiva.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 116 - Jueves, 19 de junio de 2025
página 8542/18
portal electrónico de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional,
previamente a las correspondientes resoluciones definitivas de adjudicación.
Decimocuarta. Publicación de adjudicación de destinos y efectos
1. Mediante resolución de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos
Humanos, se harán públicos los listados con la adjudicación provisional de los destinos,
concediéndose un plazo para reclamaciones y, en su caso, desistimientos, de cinco días
hábiles a contar a partir del día siguiente al de la fecha de su publicación.
2. Transcurrido el plazo el señalado y resueltas, en su caso, las alegaciones
presentadas, con las modificaciones que procedan, se elevarán a definitivos los listados
con los destinos adjudicados, que se publicarán, asimismo, por resolución de la Dirección
General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos.
3. Las resoluciones a que se refieren los apartados anteriores se publicarán en la
página electrónica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
4. Con la publicación de las resoluciones correspondientes, se considerará efectuada
la notificación al personal interesado.
5. Los destinos adjudicados serán irrenunciables y tendrán efectos económicos y
administrativos de 1 de septiembre de 2025. No obstante, el personal funcionario interino
que a la fecha citada de 1 de septiembre de 2025 se halle de baja por incapacidad
temporal u otro tipo de baja o permiso que suponga pago directo por parte del Instituto
Nacional de la Seguridad Social, no podrá tomar posesión en el destino adjudicado hasta
pasar a la situación de alta, sin perjuicio de su inscripción en el sistema integrado de
gestión de recursos humanos a los efectos del cómputo del período que corresponda en
la bolsa de trabajo.
6. Asimismo, y sin menoscabo de lo establecido en el apartado 5, el personal que
obtenga destino por este procedimiento, deberá permanecer en su centro de origen,
en su caso, hasta que concluyan las actividades previstas para la finalización del curso
anterior.
Decimosexta. Permanencia del profesorado en los centros reconocidos como
«Comunidad de Aprendizaje»
1. De conformidad con lo establecido en la disposición adicional única de la Orden
de 8 de junio de 2012, por la que se regula el procedimiento de inscripción y continuidad
de centros reconocidos como «Comunidad de Aprendizaje» y se crea la Red Andaluza
«Comunidades de Aprendizaje», se garantizará la permanencia en dichos centros, con
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00322142
Decimoquinta. Solicitud de no incorporación al puesto adjudicado del personal
funcionario interino.
1. De conformidad con lo establecido en el artículo 53 de la Orden de 10 junio de
2020, y sin perjuicio de lo establecido en la base decimocuarta, el personal funcionario
interino adjudicatario de un destino a través de este procedimiento podrá solicitar la
no incorporación al puesto adjudicado, en el plazo de tres días hábiles, computables
desde el siguiente al de la publicación de la resolución definitiva, siempre que se den las
circunstancias a que se refiere el artículo 51 de la referida Orden de 10 de junio de 2020.
2. Para solicitar la no incorporación, el personal solicitante deberá cumplimentar el
formulario asociado a tal efecto a la resolución definitiva del presente procedimiento, que
será facilitado a través de la página electrónica de la Consejería de Desarrollo Educativo
y Formación Profesional. A la solicitud, se adjuntará la documentación que acredite
dichas circunstancias.
3. La Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, a la vista
de la documentación aportada, resolverá lo que proceda a la mayor brevedad posible y,
en todo caso, antes del día 30 de septiembre de 2025, debiendo el personal solicitante
incorporarse a sus destinos y permanecer en ellos en tanto no recaiga resolución positiva.