Disposiciones generales. . (2025/114-6)
Resolución de 10 de junio de 2025, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se modifica la Resolución de 4 de diciembre de 2024 que convoca, para el ejercicio 2025, el procedimiento de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción del teatro, la música, la danza y el circo en Andalucía (BOJA núm. 1, de 2 de enero de 2025), como consecuencia de un incremento en la dotación presupuestaria asignada inicialmente a la misma.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 114 - Martes, 17 de junio de 2025
página 8510/3

RESU ELVO
Primero. Aprobar y dar publicidad, con carácter previo a la resolución de concesión
de las ayudas y en los mismos medios que la Resolución de 4 de diciembre de 2024
(Boja núm. 1, de 2 de enero de 2025), al incremento de crédito disponible destinado a
la convocatoria del procedimiento de concesión de subvenciones para la promoción del
teatro, la música, la danza y el circo en Andalucía, en el ejercicio 2025, por una cuantía
adicional de 500.000,00 euros, siendo el crédito presupuestario global finalmente
asignado de 2.000.000,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 1951010000
G/45E/47002/00 01, sin que la aprobación de tal incremento lleve aparejada la apertura
de un nuevo plazo de presentación de solicitudes.
Segundo. Mantener el resto de la mencionada Resolución de la Dirección de la
Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, de 4 de diciembre de 2024 (BOJA núm. 1,
de 2 de enero de 2025), por la que se convocó el procedimiento de concesión de
subvenciones que nos ocupa en sus mismos términos.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso potestativo de reposición, ante la Dirección de la Agencia en el plazo de un mes
a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de la resolución, o
interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los órganos judiciales
de este orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a aquél en que
tenga lugar la notificación de la resolución, todo ello de conformidad con lo establecido en
los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y con el artículo 46.1 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

00322109

Sevilla, 10 de junio de 2025.- El Director, José Ángel Vélez González.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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