3. Otras disposiciones. . (2025/113-49)
Orden de 10 de junio de 2025, por la que se convoca para el año 2025 el procedimiento de evaluación de méritos del personal docente e investigador de las Universidades públicas de Andalucía, para la obtención de los tramos retributivos de carácter progresivo regulados en el Decreto 134/2024, de 30 de julio, por el que se regulan los complementos retributivos autonómicos del personal docente e investigador de las Universidades públicas del sistema universitario de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 113 - Lunes, 16 de junio de 2025
página 8494/18
3. A estos efectos, sin perjuicio de la notificación personal de las resoluciones de
la Dirección de la Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía que
finalicen el procedimiento de evaluación de méritos convocado por la presente orden, y
su comunicación a la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación, la Agencia
para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía, notificará a cada Universidad
pública andaluza, el resultado del procedimiento de evaluación respecto de su personal
docente e investigador, con indicación expresa del número de tramos retributivos de
carácter progresivo obtenido por su personal docente e investigador.
Decimocuarto. Habilitaciones.
1. Se habilita a la persona titular de la Secretaría General de Universidades de la
Consejería de Universidad, Investigación e Innovación, para dictar cuantas resoluciones,
instrucciones y circulares sean precisas para la correcta aplicación, desarrollo, ejecución
e interpretación de la presente orden de convocatoria, salvo las cuestiones directamente
relacionadas con la actividad de evaluación de méritos individuales del personal docente
e investigador de las Universidades públicas andaluzas.
2. Se habilita a la Agencia para la Calidad Científica y Universitaria para dictar, de
acuerdo con lo previsto en sus Estatutos, aprobados por Decreto 17/2023, de 14 de
febrero, cuantas resoluciones, instrucciones y circulares sean precisas para la correcta
aplicación, desarrollo, ejecución e interpretación de la presente orden de convocatoria,
en aquellas cuestiones directamente relacionadas con la actividad de evaluación de
méritos individuales del personal docente e investigador de las Universidades públicas
andaluzas.
Decimoquinto. Recursos.
1. La presente orden por la que se convoca el procedimiento de evaluación de méritos
del personal docente e investigador de las Universidades públicas de Andalucía, para
la obtención de los tramos retributivos de carácter progresivo regulados en el Decreto
134/2024, de 30 de julio, pone fin a la vía administrativa.
2. Contra la misma, de acuerdo con lo previsto en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la
Consejería de Universidad, Investigación e Innovación o, en su caso, recurso contenciosoadministrativo en la forma y los plazos establecidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 10 de junio de 2025
JOSÉ CARLOS GÓMEZ VILLAMANDOS
00322093
Consejero de Universidad, Investigación e Innovación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 113 - Lunes, 16 de junio de 2025
página 8494/18
3. A estos efectos, sin perjuicio de la notificación personal de las resoluciones de
la Dirección de la Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía que
finalicen el procedimiento de evaluación de méritos convocado por la presente orden, y
su comunicación a la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación, la Agencia
para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía, notificará a cada Universidad
pública andaluza, el resultado del procedimiento de evaluación respecto de su personal
docente e investigador, con indicación expresa del número de tramos retributivos de
carácter progresivo obtenido por su personal docente e investigador.
Decimocuarto. Habilitaciones.
1. Se habilita a la persona titular de la Secretaría General de Universidades de la
Consejería de Universidad, Investigación e Innovación, para dictar cuantas resoluciones,
instrucciones y circulares sean precisas para la correcta aplicación, desarrollo, ejecución
e interpretación de la presente orden de convocatoria, salvo las cuestiones directamente
relacionadas con la actividad de evaluación de méritos individuales del personal docente
e investigador de las Universidades públicas andaluzas.
2. Se habilita a la Agencia para la Calidad Científica y Universitaria para dictar, de
acuerdo con lo previsto en sus Estatutos, aprobados por Decreto 17/2023, de 14 de
febrero, cuantas resoluciones, instrucciones y circulares sean precisas para la correcta
aplicación, desarrollo, ejecución e interpretación de la presente orden de convocatoria,
en aquellas cuestiones directamente relacionadas con la actividad de evaluación de
méritos individuales del personal docente e investigador de las Universidades públicas
andaluzas.
Decimoquinto. Recursos.
1. La presente orden por la que se convoca el procedimiento de evaluación de méritos
del personal docente e investigador de las Universidades públicas de Andalucía, para
la obtención de los tramos retributivos de carácter progresivo regulados en el Decreto
134/2024, de 30 de julio, pone fin a la vía administrativa.
2. Contra la misma, de acuerdo con lo previsto en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la
Consejería de Universidad, Investigación e Innovación o, en su caso, recurso contenciosoadministrativo en la forma y los plazos establecidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 10 de junio de 2025
JOSÉ CARLOS GÓMEZ VILLAMANDOS
00322093
Consejero de Universidad, Investigación e Innovación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja