3. Otras disposiciones. . (2025/113-49)
Orden de 10 de junio de 2025, por la que se convoca para el año 2025 el procedimiento de evaluación de méritos del personal docente e investigador de las Universidades públicas de Andalucía, para la obtención de los tramos retributivos de carácter progresivo regulados en el Decreto 134/2024, de 30 de julio, por el que se regulan los complementos retributivos autonómicos del personal docente e investigador de las Universidades públicas del sistema universitario de Andalucía.
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Número 113 - Lunes, 16 de junio de 2025
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los sexenios evaluados favorablemente por el desarrollo de su actividad investigadora y
de transferencia e intercambio del conocimiento e innovación de acuerdo con los criterios
generales de evaluación previstos en la normativa de aplicación.
5. A través del componente de gestión se evalúa la actividad de gestión desarrollada
por el personal docente e investigador de las Universidades públicas andaluzas en una
Universidad pública del sistema universitario español.
Al profesorado asociado y al profesorado sustituto se le evaluará su actividad
vinculada con el componente de gestión únicamente por su participación en órganos
colegiados de representación del personal docente e investigador de las Universidades
públicas andaluzas.
Al personal investigador doctor o investigadora doctora contratado/a según lo previsto
en el artículo 22 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, no se le evaluará su actividad vinculada
con el componente de gestión.
Para evaluar actividad de gestión desarrollada por el personal docente e investigador
a través de la presente convocatoria, se deberá cumplir con alguno de los siguientes
requisitos:
a) Que el personal docente e investigador tenga reconocido, al menos, un tramo
retributivo de carácter progresivo por aplicación de la Orden de 10 de septiembre de 2024,
por la que se convoca el procedimiento de evaluación de méritos del personal docente e
investigador de las Universidades públicas de Andalucía, para la obtención de los tramos
retributivos de carácter progresivo regulados en el Decreto 134/2024, de 30 de julio,
por el que se regulan los complementos retributivos autonómicos del personal docente
e investigador de las Universidades públicas del sistema universitario de Andalucía,
bien sea como consecuencia de la evaluación por la Agencia para la Calidad Científica
y Universitaria de Andalucía, bien como consecuencia de la convalidación de oficio de
evaluaciones previas.
b) Que el personal docente e investigador obtenga, al menos, un tramo retributivo de
carácter progresivo por la concurrencia a la presente convocatoria como consecuencia
de la evaluación de méritos efectuada por la Agencia para la Calidad Científica y
Universitaria de Andalucía vinculado con los componentes de docencia, de investigación,
o de transferencia e intercambio del conocimiento e innovación.
Para la evaluación de la actividad de gestión del personal docente e investigador
de las Universidades públicas andaluzas se tomará como referencia el desempeño de
cargos unipersonales de gobierno, cargos académicos unipersonales y la participación
en calidad de miembro en órganos colegiados de representación del personal docente e
investigador en una Universidad pública del sistema universitario español.
Por tanto, la actividad de gestión del personal docente e investigador de las
Universidades públicas andaluzas, evaluada por el componente de gestión será la
siguiente:
a) El desempeño de los cargos unipersonales de gobierno previstos en el artículo
44.2 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario: Rectora o
Rector, Vicerrectoras o Vicerrectores, Secretaria o Secretario General, Gerente, Decanas
o Decanos de Facultades, Directoras o Directores de Escuela, Directoras o Directores de
Departamentos.
b) El desempeño de los siguientes cargos académicos unipersonales: Vicedecanas
o Vicedecanos de Facultades, Subdirectoras o Subdirectores de Escuela, Secretaria
o Secretario de Centros, Secretaria o Secretario de Departamentos, Coordinadores
o Coordinadoras de titulaciones, Directoras o Directores de Másteres, Directoras o
Directores de Programas de Doctorado.
c) El desempeño de cargos unipersonales de gobierno o académicos asimilados o
equivalentes a los anteriores que se certifiquen por las Universidades públicas andaluzas,
con independencia de que tengan reconocida exoneración docente y/o retribución.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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