Autoridades y personal. . (2025/106-20)
Resolución de 30 de mayo de 2025, de la Universidad de Almería, por la que se efectúa la convocatoria para 2025 de 12 contratos predoctorales para la Formación del Personal Investigador del Plan Propio de Investigación y Transferencia 2024-2025.
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Número 106 - Jueves, 5 de junio de 2025
página 7853/6
y su correspondencia con el Marco Común Europeo de Referencia para las
lenguas» publicada por el Centro de Lenguas de la Universidad de Almería.
Se valorarán exclusivamente aquellos que estén acreditados mediante un
certificado oficial de los recogidos en la tabla arriba referenciada. No se realizará
la valoración de otro tipo de certificados.
8. Para los libros: Copia de las páginas donde aparezca el título, autor/es, ISBN,
año de publicación e índice completo. La fecha de edición del libro deberá ser
anterior a la fecha de cierre de la convocatoria. El libro deberá estar publicado
a fecha fin del plazo de solicitudes. Quedan excluidas de este apartado las
comunicaciones a congresos que se publiquen en libros de actas.
9. Para los capítulos de libros: Copia de las páginas donde aparezca el título,
autores, ISBN, año de publicación e índice completo del libro, y copia de la
primera página del capítulo. La fecha de edición del libro deberá ser anterior a
la fecha de cierre de la convocatoria. El libro deberá estar publicado a fecha fin
del plazo de solicitudes. En este apartado no se valoran las publicaciones que
correspondan a un libro de actas.
10. Para los artículos: Copia de la primera página del artículo y, si fuera necesario,
añadir copias que indiquen la revista en que se publicó el año y el autor; o indicar
el DOI en la aplicación. Se evaluarán los artículos publicados o aceptados para
su publicación. Para artículos aceptados para su publicación será necesario
presentar un certificado firmado por la persona editora de la revista.
El año de publicación de la contribución se determinará a partir de la fecha
de edición definitiva, entendida como aquella en la que el artículo cuente con
volumen, número, paginación y fecha de edición final asignados. Quedarán
excluidas las fechas de publicación anticipada online, como versiones ‘online
first’ o ‘ahead of print’.
11. P
ara las comunicaciones orales en congresos: Copia de la certificación del
Comité organizador que indique que la persona candidata ha realizado la
presentación oral de la comunicación. No se podrán evaluar, por tanto, las
comunicaciones aceptadas para congresos no realizados antes de la finalización
del plazo de presentación de solicitudes.
m) La acreditación de los méritos del director/a de los apartados 1 a 3 del baremo
no hay que aportarla puesto que la documentación obra en poder de la Universidad de
Almería.
n) La acreditación de las tres publicaciones más relevantes se regirá por lo dispuesto
en el apartado l) puntos 8 al 11. En caso de que se presenten más de las tres publicaciones
indicadas, no se considerará a efectos de valoración ninguna de ellas.
4.2. En la valoración de los méritos de investigación, se aplicarán los siguientes
coeficientes reductores para los casos de prácticas no estándares:
a) Reiteración de publicaciones: Se considera reiteración cuando el 50% o más de
las aportaciones evaluadas provienen del mismo medio (revista, editorial, etc.), salvo
justificación adecuada.
b) Conflicto de interés editorial: Se refiere a la relación directa entre las/os autoras/es
y los comités editoriales de revistas o monografías, comprometiendo la objetividad del
proceso editorial. Incluye casos como participar en números especiales o volúmenes
como parte del comité editorial y al mismo tiempo como autor/a, o cualquier otro conflicto
de interés detectado.
c) Malas prácticas de publicación: Comprende conductas como la duplicación de
contenidos, la traducción de obra propia sin aportar originalidad, el plagio, la alteración
de datos, o la publicación de artículos retractados. Las retractaciones podrán verificarse
en bases como Retraction Watch y otras bases bibliográficas indexadas que informen
sobre publicaciones invalidadas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321452
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 7853/6
y su correspondencia con el Marco Común Europeo de Referencia para las
lenguas» publicada por el Centro de Lenguas de la Universidad de Almería.
Se valorarán exclusivamente aquellos que estén acreditados mediante un
certificado oficial de los recogidos en la tabla arriba referenciada. No se realizará
la valoración de otro tipo de certificados.
8. Para los libros: Copia de las páginas donde aparezca el título, autor/es, ISBN,
año de publicación e índice completo. La fecha de edición del libro deberá ser
anterior a la fecha de cierre de la convocatoria. El libro deberá estar publicado
a fecha fin del plazo de solicitudes. Quedan excluidas de este apartado las
comunicaciones a congresos que se publiquen en libros de actas.
9. Para los capítulos de libros: Copia de las páginas donde aparezca el título,
autores, ISBN, año de publicación e índice completo del libro, y copia de la
primera página del capítulo. La fecha de edición del libro deberá ser anterior a
la fecha de cierre de la convocatoria. El libro deberá estar publicado a fecha fin
del plazo de solicitudes. En este apartado no se valoran las publicaciones que
correspondan a un libro de actas.
10. Para los artículos: Copia de la primera página del artículo y, si fuera necesario,
añadir copias que indiquen la revista en que se publicó el año y el autor; o indicar
el DOI en la aplicación. Se evaluarán los artículos publicados o aceptados para
su publicación. Para artículos aceptados para su publicación será necesario
presentar un certificado firmado por la persona editora de la revista.
El año de publicación de la contribución se determinará a partir de la fecha
de edición definitiva, entendida como aquella en la que el artículo cuente con
volumen, número, paginación y fecha de edición final asignados. Quedarán
excluidas las fechas de publicación anticipada online, como versiones ‘online
first’ o ‘ahead of print’.
11. P
ara las comunicaciones orales en congresos: Copia de la certificación del
Comité organizador que indique que la persona candidata ha realizado la
presentación oral de la comunicación. No se podrán evaluar, por tanto, las
comunicaciones aceptadas para congresos no realizados antes de la finalización
del plazo de presentación de solicitudes.
m) La acreditación de los méritos del director/a de los apartados 1 a 3 del baremo
no hay que aportarla puesto que la documentación obra en poder de la Universidad de
Almería.
n) La acreditación de las tres publicaciones más relevantes se regirá por lo dispuesto
en el apartado l) puntos 8 al 11. En caso de que se presenten más de las tres publicaciones
indicadas, no se considerará a efectos de valoración ninguna de ellas.
4.2. En la valoración de los méritos de investigación, se aplicarán los siguientes
coeficientes reductores para los casos de prácticas no estándares:
a) Reiteración de publicaciones: Se considera reiteración cuando el 50% o más de
las aportaciones evaluadas provienen del mismo medio (revista, editorial, etc.), salvo
justificación adecuada.
b) Conflicto de interés editorial: Se refiere a la relación directa entre las/os autoras/es
y los comités editoriales de revistas o monografías, comprometiendo la objetividad del
proceso editorial. Incluye casos como participar en números especiales o volúmenes
como parte del comité editorial y al mismo tiempo como autor/a, o cualquier otro conflicto
de interés detectado.
c) Malas prácticas de publicación: Comprende conductas como la duplicación de
contenidos, la traducción de obra propia sin aportar originalidad, el plagio, la alteración
de datos, o la publicación de artículos retractados. Las retractaciones podrán verificarse
en bases como Retraction Watch y otras bases bibliográficas indexadas que informen
sobre publicaciones invalidadas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321452
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía