Autoridades y personal. . (2025/106-20)
Resolución de 30 de mayo de 2025, de la Universidad de Almería, por la que se efectúa la convocatoria para 2025 de 12 contratos predoctorales para la Formación del Personal Investigador del Plan Propio de Investigación y Transferencia 2024-2025.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 106 - Jueves, 5 de junio de 2025
página 7853/10

8.2. El disfrute de un contrato queda sometido en cuanto a su régimen de
incompatibilidades, a lo previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades
del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. La adjudicación del contrato no
implica por parte de la Universidad de Almería ningún compromiso en cuanto a la posterior
incorporación de la persona beneficiaria de la ayuda a su plantilla.
La percepción de una ayuda al amparo de esta convocatoria es incompatible con otras
ayudas financiadas con fondos públicos o privados que tengan una finalidad análoga y,
con carácter general, con la percepción de cualquier cuantía que tenga naturaleza salarial.
No obstante, las ayudas de los subprogramas objeto de esta convocatoria sí serán
compatibles con las percepciones que procedan de tareas docentes o investigadoras
directamente asociadas con la actividad de investigación desarrollada por el personal
investigador en formación, de contratos realizados en aplicación del artículo 60 de la
LOSU y de la Ley de la Ciencia y de las ayudas para estancias breves.
Las personas beneficiarias deberán comunicar al Vicerrectorado de Política Científica,
si se produce el caso, la obtención de otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos
que financien las actividades subvencionadas, tan pronto como tengan conocimiento de
ello y, cuando proceda, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los
fondos percibidos, lo que podrá originar las correspondientes minoraciones en el importe
de la ayuda concedida.
9. Dotación de los contratos.
La cuantía de la ayuda será de doce mensualidades conforme a lo establecido en el
Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del personal
investigador predoctoral en formación, incluida la parte proporcional de las pagas
extraordinarias. La Universidad de Almería, asimismo, aportará el coste de la cuota
patronal a la Seguridad Social.
10. Duración de los contratos.
El contrato tendrá una duración inicial de doce meses prorrogable por períodos
anuales siempre que sean positivos los resultados de la evaluación de las memorias
anuales que deberán presentar los beneficiarios como acciones de seguimiento. En
ningún caso, la suma de la duración del contrato inicial más las prórrogas podrán exceder
de cuatro años, o seis años para personas con discapacidad.

12. Derechos de las personas beneficiarias.
a) Ser considerados como contratados homologados de la Universidad de Almería,
con los derechos económicos, laborales y sociales inherentes al mismo. Exención de
pago de la tutela académica en el programa de doctorado que realice en la Universidad
de Almería para el curso académico en el que se convoque el contrato y los siguientes
siempre que esté vigente el contrato predoctoral. Las matrículas de máster u otros cursos
de formación no gozarán de exención de precios públicos.
b) Incorporarse automáticamente al Área de Conocimiento, Departamento y Grupo
de Investigación director/a de la tesis doctoral.
c) Obtener del Departamento de adscripción el apoyo necesario para el desarrollo
normal de sus estudios y programas de investigación, dentro de los recursos disponibles.
d) Colaborar en actividades docentes en titulaciones de Grado relacionadas con su
trabajo de investigación conforme a lo establecido en el Real Decreto 103/2019, de 1
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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11. Interrupción de los contratos.
Para las situaciones que puedan suponer interrupción del contrato de trabajo se
tendrá en cuenta lo establecido en el artículo 21.c) de la Ley de la Ciencia. La solicitud
de suspensión tendrá que tramitarse al Vicerrectorado de Política Científica en cuanto se
produzca la situación que da lugar a la interrupción.