3. Otras disposiciones. . (2025/106-36)
Resolución de 30 de mayo de 2025, de la Dirección General de Promoción y Fomento del Turismo, por la que se somete a información pública el Proyecto de orden por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de turismo, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la recuperación medioambiental y uso sostenible de las playas del litoral andaluz, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común (PEPAC 2023-2027) Intervención 6872_01.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 106 - Jueves, 5 de junio de 2025
página 7813/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE TURISMO Y ANDALUCÍA EXTERIOR
Resolución de 30 de mayo de 2025, de la Dirección General de Promoción y
Fomento del Turismo, por la que se somete a información pública el Proyecto
de orden por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones en materia de turismo, en régimen de concurrencia competitiva,
dirigidas a la recuperación medioambiental y uso sostenible de las playas del
litoral andaluz, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común
(PEPAC 2023-2027) Intervención 6872_01.
Con fecha 24 de mayo de 2025, la persona titular de la Consejería de Turismo y Andalucía
Exterior acuerda iniciar la tramitación del procedimiento de elaboración del Proyecto de
Orden por el que aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en
materia de turismo, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la recuperación
medioambiental y usos sostenibles de las playas del litoral andaluz, en el marco del Plan
Estratégico de la Política Agrícola Común (PEPAC 2023-2027) Intervención 6872_01,
acordándose su tramitación por el procedimiento de urgencia, de conformidad con el
art. 5.1 del Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero, por el que se adoptan medidas de
agilización administrativa y racionalización de los recursos para el impulso a la recuperación
y resiliencia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
En este contexto, considerando que el contenido del proyecto normativo afecta a
los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía, resulta conveniente que el texto se
someta a la mayor difusión, al objeto de que la ciudadanía lo conozca y pueda formular
las observaciones y aportaciones que estime oportunas.
En virtud de lo anteriormente expuesto, de acuerdo con los arts. 133.2 y 3 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en relación con el art. 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de
octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
RESU ELVO
Primero. Someter a información pública, por un plazo de siete días hábiles a contar
desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía, el Proyecto de Orden citado con la finalidad de que se formulen
cuantas alegaciones se estimen oportunas.
Tercero. Las alegaciones que se deseen formular al Proyecto de Orden deberán
dirigirse a la Dirección General de Promoción y Fomento del Turismo, haciendo constar
el Número de Identificación Fiscal y el nombre y apellidos en el caso de personas físicas,
o la denominación social y el Número de Identificación Fiscal en el caso de personas
jurídicas. Dichas alegaciones podrán presentarse:
a) Preferentemente, en formato digital y abierto en la siguiente dirección de correo
electrónico: fomentoturismo.ctae@juntadeandalucia.es
b) Mediante cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, y en los artículos 82 y siguientes de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321412
Segundo. El texto del Proyecto de Orden quedará expuesto, durante dicho plazo, para
su general conocimiento en formato digital, en el siguiente enlace:
https://juntadeandalucia.es/servicios/normativa/normas-elaboracion/detalle/589033.html
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 106 - Jueves, 5 de junio de 2025
página 7813/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE TURISMO Y ANDALUCÍA EXTERIOR
Resolución de 30 de mayo de 2025, de la Dirección General de Promoción y
Fomento del Turismo, por la que se somete a información pública el Proyecto
de orden por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones en materia de turismo, en régimen de concurrencia competitiva,
dirigidas a la recuperación medioambiental y uso sostenible de las playas del
litoral andaluz, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común
(PEPAC 2023-2027) Intervención 6872_01.
Con fecha 24 de mayo de 2025, la persona titular de la Consejería de Turismo y Andalucía
Exterior acuerda iniciar la tramitación del procedimiento de elaboración del Proyecto de
Orden por el que aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en
materia de turismo, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la recuperación
medioambiental y usos sostenibles de las playas del litoral andaluz, en el marco del Plan
Estratégico de la Política Agrícola Común (PEPAC 2023-2027) Intervención 6872_01,
acordándose su tramitación por el procedimiento de urgencia, de conformidad con el
art. 5.1 del Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero, por el que se adoptan medidas de
agilización administrativa y racionalización de los recursos para el impulso a la recuperación
y resiliencia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
En este contexto, considerando que el contenido del proyecto normativo afecta a
los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía, resulta conveniente que el texto se
someta a la mayor difusión, al objeto de que la ciudadanía lo conozca y pueda formular
las observaciones y aportaciones que estime oportunas.
En virtud de lo anteriormente expuesto, de acuerdo con los arts. 133.2 y 3 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en relación con el art. 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de
octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
RESU ELVO
Primero. Someter a información pública, por un plazo de siete días hábiles a contar
desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía, el Proyecto de Orden citado con la finalidad de que se formulen
cuantas alegaciones se estimen oportunas.
Tercero. Las alegaciones que se deseen formular al Proyecto de Orden deberán
dirigirse a la Dirección General de Promoción y Fomento del Turismo, haciendo constar
el Número de Identificación Fiscal y el nombre y apellidos en el caso de personas físicas,
o la denominación social y el Número de Identificación Fiscal en el caso de personas
jurídicas. Dichas alegaciones podrán presentarse:
a) Preferentemente, en formato digital y abierto en la siguiente dirección de correo
electrónico: fomentoturismo.ctae@juntadeandalucia.es
b) Mediante cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, y en los artículos 82 y siguientes de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321412
Segundo. El texto del Proyecto de Orden quedará expuesto, durante dicho plazo, para
su general conocimiento en formato digital, en el siguiente enlace:
https://juntadeandalucia.es/servicios/normativa/normas-elaboracion/detalle/589033.html