3. Otras disposiciones. . (2025/106-40)
Resolución de 26 de mayo de 2025, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se aprueba la oferta académica del Instituto Andaluz del Deporte para el curso escolar 2025/2026.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 106 - Jueves, 5 de junio de 2025
página 7804/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE
El artículo 43.3 de la Constitución Española establece que los poderes públicos
fomentarán la educación física y el deporte como principio rector de la política social
y económica, asimismo el Estatuto de Andalucía en su artículo 72.1 regula que la
Comunidad Autónoma de Andalucía asume competencias exclusivas en materia de
deporte y de actividades de tiempo libre, que incluye la planificación, la coordinación y el
fomento de estas actividades.
La Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía, establece en su artículo 1
que es objeto de la misma establecer el marco jurídico regulador del deporte en el ámbito
territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de acuerdo con la Constitución
Española y el Estatuto de Autonomía. Por su parte, en el artículo 4 de la ley, se define «Vías
formales de formación» como «procesos formativos cuyo contenido está explícitamente
diseñado en un programa que conduce a una acreditación oficial». Además, en el artículo
5 apartado e) se establece como unos de los principios rectores a la promoción de la
formación y el perfeccionamiento del personal técnico deportivo, así como la cualificación
de profesionales del deporte en todos sus ámbitos profesionales, a fin de aumentar la
calidad del deporte.
El artículo 11 apartado m) de la citada ley establece como competencia de la
Administración de la Junta de Andalucía la ordenación, organización e impartición de
las enseñanzas deportivas de régimen especial, sin perjuicio de las competencias del
Estado. Para ello, en el artículo 15 se regula que el Instituto Andaluz del Deporte como
servicio administrativo con gestión diferenciada, ejerce, sin perjuicio de las competencias
que les corresponden al Estado y a las Universidades en materia educativa, diferentes
competencias, y entre ellas en el apartado a) del citado artículo recoge «La impartición
de enseñanzas deportivas de régimen especial...».
El artículo 2 apartado a) del Decreto 48/2013, de 16 de abril, por el que se regulan las
competencias, estructura y funcionamiento del Instituto Andaluz del Deporte establece
que, el Instituto Andaluz de Deporte es un centro educativo de enseñanzas deportivas
de régimen especial de los previstos en el artículo 45 del Real Decreto 1363/2007, de 24
de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas
de régimen especial. Asimismo, al Instituto Andaluz del Deporte le será de aplicación el
Decreto 55/2012, de 6 de marzo, que establece la ordenación general de las enseñanzas
deportivas de régimen especial en Andalucía.
Por consiguiente, la Orden de 3 de julio de 2013 (BOJA número 144, de 24 de julio),
inscribe al Instituto Andaluz del Deporte en el Registro de Centros Docentes, con código
29018650, quedando autorizado para impartir las enseñanzas deportivas de régimen
especial correspondientes a las especialidades de Fútbol, Fútbol sala, Baloncesto y
Deportes de invierno (Esquí alpino, Esquí de fondo y Snowboard). Dicha autorización ha
sido modificada por Orden de 19 de mayo de 2014 (BOJA número 11, de 11 de junio), por
la que se autoriza al Instituto Andaluz del Deporte a impartir las enseñanzas deportivas de
régimen especial correspondientes a las especialidades de Atletismo, Balonmano, Buceo
con escafandra autónoma, Esgrima, Espeleología, Judo y defensa personal y Salvamento
y socorrismo, así como a las especialidades correspondientes a las modalidades de
Deportes de montaña y escalada, Hípica y Vela.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321403
Resolución de 26 de mayo de 2025, de la Dirección General de Sistemas y
Valores del Deporte, por la que se aprueba la oferta académica del Instituto
Andaluz del Deporte para el curso escolar 2025/2026.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 106 - Jueves, 5 de junio de 2025
página 7804/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE
El artículo 43.3 de la Constitución Española establece que los poderes públicos
fomentarán la educación física y el deporte como principio rector de la política social
y económica, asimismo el Estatuto de Andalucía en su artículo 72.1 regula que la
Comunidad Autónoma de Andalucía asume competencias exclusivas en materia de
deporte y de actividades de tiempo libre, que incluye la planificación, la coordinación y el
fomento de estas actividades.
La Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía, establece en su artículo 1
que es objeto de la misma establecer el marco jurídico regulador del deporte en el ámbito
territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de acuerdo con la Constitución
Española y el Estatuto de Autonomía. Por su parte, en el artículo 4 de la ley, se define «Vías
formales de formación» como «procesos formativos cuyo contenido está explícitamente
diseñado en un programa que conduce a una acreditación oficial». Además, en el artículo
5 apartado e) se establece como unos de los principios rectores a la promoción de la
formación y el perfeccionamiento del personal técnico deportivo, así como la cualificación
de profesionales del deporte en todos sus ámbitos profesionales, a fin de aumentar la
calidad del deporte.
El artículo 11 apartado m) de la citada ley establece como competencia de la
Administración de la Junta de Andalucía la ordenación, organización e impartición de
las enseñanzas deportivas de régimen especial, sin perjuicio de las competencias del
Estado. Para ello, en el artículo 15 se regula que el Instituto Andaluz del Deporte como
servicio administrativo con gestión diferenciada, ejerce, sin perjuicio de las competencias
que les corresponden al Estado y a las Universidades en materia educativa, diferentes
competencias, y entre ellas en el apartado a) del citado artículo recoge «La impartición
de enseñanzas deportivas de régimen especial...».
El artículo 2 apartado a) del Decreto 48/2013, de 16 de abril, por el que se regulan las
competencias, estructura y funcionamiento del Instituto Andaluz del Deporte establece
que, el Instituto Andaluz de Deporte es un centro educativo de enseñanzas deportivas
de régimen especial de los previstos en el artículo 45 del Real Decreto 1363/2007, de 24
de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas
de régimen especial. Asimismo, al Instituto Andaluz del Deporte le será de aplicación el
Decreto 55/2012, de 6 de marzo, que establece la ordenación general de las enseñanzas
deportivas de régimen especial en Andalucía.
Por consiguiente, la Orden de 3 de julio de 2013 (BOJA número 144, de 24 de julio),
inscribe al Instituto Andaluz del Deporte en el Registro de Centros Docentes, con código
29018650, quedando autorizado para impartir las enseñanzas deportivas de régimen
especial correspondientes a las especialidades de Fútbol, Fútbol sala, Baloncesto y
Deportes de invierno (Esquí alpino, Esquí de fondo y Snowboard). Dicha autorización ha
sido modificada por Orden de 19 de mayo de 2014 (BOJA número 11, de 11 de junio), por
la que se autoriza al Instituto Andaluz del Deporte a impartir las enseñanzas deportivas de
régimen especial correspondientes a las especialidades de Atletismo, Balonmano, Buceo
con escafandra autónoma, Esgrima, Espeleología, Judo y defensa personal y Salvamento
y socorrismo, así como a las especialidades correspondientes a las modalidades de
Deportes de montaña y escalada, Hípica y Vela.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321403
Resolución de 26 de mayo de 2025, de la Dirección General de Sistemas y
Valores del Deporte, por la que se aprueba la oferta académica del Instituto
Andaluz del Deporte para el curso escolar 2025/2026.