Disposiciones generales. . (2025/104-2)
Orden de 21 de mayo de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a los titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas ubicadas en municipios especialmente afectados por determinados fenómenos meteorológicos adversos acontecidos en 2024 y 2025, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022 (Medida 23), y se efectúa su convocatoria.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 104 - Martes, 3 de junio de 2025
página 7742/28

ANEXO III – IMPORTES MÁXIMOS DE AYUDA POR GRUPO DE CULTIVO
A) EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS
Cítricos
Superficie (HA)
Importe máximo
afectadas
de la ayuda (€)
≤1
3.001 €
11.882 €
>1 - ≤2
>2 - ≤3
20.241 €
>3 - ≤4
28.263 €
>4 - ≤5
36.337 €
>5
42.000 €
Subtropicales
Superficie (HA)
Importe máximo
afectadas
de la ayuda (€)
≤1
6.178 €
21.795 €
>1 - ≤2
>2 - ≤3
37.095 €
>3
42.000 €
Cereales
Superficie (HA)
Importe máximo
afectadas
de a ayuda (€)
≤1
218 €
>1 - ≤2
635 €
>2 - ≤5
1.416 €
>5 - ≤10
3.061 €
>10 - ≤20
6.064 €
>20 - ≤30
10.396 €
>30 - ≤50
16.358 €
>50 - ≤100
29.595 €
>100
42.000 €
Cultivos industriales
Superficie (HA)
Importe máximo
afectadas
de la ayuda (€)
≤2
1.660 €
>2 - ≤4
3.868 €
>4 - ≤6
6.491 €
>6 - ≤8
9.061 €
>8 - ≤10
11.884 €
>10 - ≤25
20.711 €
>25
42.000 €

Hortícolas en regadío al aire libre
Superficie (HA)
Importe máximo
afectadas
de la ayuda (€)
≤1
3.029 €
>1 - ≤2
15.238 €
>2 - ≤3
26.162 €
>3 - ≤4
36.793 €
>4
42.000 €
Invernaderos afectados por rotura
de plásticos
Superficie (HA)
Importe máximo
afectadas
de la ayuda (€)
≤0,1
2.627 €
>0,1 - ≤0,2
7.766 €
>0,2 - ≤0,3
12.237 €
>0,3 - ≤0,4
16.839 €
>0,4 - ≤0,5
21.806 €
>0,5 - ≤0,6
26.064 €
>0,6 - ≤0,7
30.640 €
>0,7 - ≤0,8
35.294 €
39.754 €
>0,8 - ≤0,9
>0,9
42.000 €
Invernaderos afectados por
derrumbe
Superficie (HA)
afectadas
≤0,1
>0,1 - ≤0,2
>0,2

Importe máximo
de la ayuda (€)
11.086 €
32.772 €
42.000 €

En el caso de cultivos leñosos (olivar de secano, olivar de regadío, leñosos de secano, cítricos y cultivos
subtropicales) si se ha producido la perdida o muerte de los árboles, el importe máximo de la ayuda será el
resultado de multiplicar los importes consignados en las tablas por cuatro (x4) para cultivos en secano y por
tres (x3) en cultivos de regadío.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00321341

Olivar de secano
Superficie (HA)
Importe máximo
afectadas
de la ayuda (€)
≤2
1.419 €
>2 - ≤4
3.811 €
6.477 €
>4 - ≤6
>6 - ≤8
9.143 €
11.801 €
>8 - ≤10
>10 - ≤20
18.409 €
>20 - ≤30
32.053 €
>30
42.000 €
Olivar de regadío
Superficie (HA)
Importe máximo
afectadas
de la ayuda (€)
≤1
1.638 €
>1 - ≤2
3.889 €
>2 - ≤3
6.540 €
>3 - ≤4
9.170 €
>4 - ≤5
11.813 €
>5 - ≤6
14.460 €
>6 - ≤7
17.079 €
19.734 €
>7 - ≤8
>8 - ≤9
22.371 €
25.032 €
>9 - ≤10
>10 - ≤15
32.199 €
42.000 €
>15
Leñosos de secano
Superficie (HA) Importe máximo
afectadas
de la ayuda (€)
≤4
447 €
1.528 €
>4 - ≤6
>6 - ≤8
2.151 €
2.778 €
>8 - ≤10
>10 - ≤20
4.339 €
9.340 €
>20 - ≤50
>50 - ≤100
20.802 €
>100 - ≤200
40.287 €
>200
42.000 €