Autoridades y personal. . (2025/103-35)
Resolución de 28 de mayo de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se anuncia la apertura de audiencia previa para la persona candidata que se cita, que ha superado el proceso selectivo de concurso-oposición en la categoría de Facultativo/a Especialista de Área, especialidad Anestesiología y Reanimación, por el sistema de acceso libre, convocado mediante Resolución de 22 de diciembre de 2022.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 103 - Lunes, 2 de junio de 2025
página 7654/2
De acuerdo con lo anterior y de conformidad con lo establecido en las bases 11 y 13
del anexo de la Resolución de 21 de diciembre de 2022 (BOJA extraordinario núm. 35,
de 30 de diciembre), de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de
Salud, por la que se aprueban las bases generales de las convocatorias que han de
regir los procesos selectivos de concurso-oposición, por el sistema de acceso libre, para
cubrir plazas básicas vacantes de determinadas categorías/cuerpo y especialidades en
desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para
2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, con correcciones de errores
publicadas en BOJA núm. 18, de 27 de enero de 2023 y BOJA núm. 72, de 18 de abril de
2023, aprobadas mediante el Decreto 296/2021, de 28 de diciembre (BOJA núm. 250, de
30 de diciembre), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización
de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, y
en virtud de las atribuciones que se le asignan en Decreto 198/2024, de 3 de septiembre
(BOJA extraordinario núm. 16, de 4 de septiembre), por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, esta Dirección General,
Primero. Conceder, a fin de no causar indefensión y de conformidad con lo
establecido en la base 11.6, un plazo de diez días hábiles, a partir del día hábil siguiente
al de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía a
la persona candidata que se cita en el anexo de esta resolución para subsanar la falta de
presentación de declaración responsable de que:
- No ha sido condenado/a mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e
indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo
y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así
como por trata de seres humanos, y autorizar la consulta en el Registro Central de
delincuentes sexuales del Ministerio de Justicia. En caso de no autorizarla, opta por
presentar original de la certificación negativa en vigor del mismo en el acto de toma de
posesión conociendo que es requisito indispensable para ello.
- No ha sido separado/a del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna
Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni se halla
inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
- No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibilite para el ejercicio de sus
funciones teniendo en su poder original del certificado médico en vigor que así lo acredita y
que presentará en el acto de toma de posesión. En caso de tener reconocida la condición de
discapacidad, que no padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio
de sus funciones y posee la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias
de la especialidad a la que se opta, teniendo en su poder original del certificado médico en
vigor que así lo acredita y que presentará en el acto de toma de posesión.
Aquellas personas candidatas que, transcurrido el plazo de audiencia concedido, no
subsanaran la falta de declaración responsable del cumplimiento de los requisitos, no
podrán ser nombradas personal estatutario fijo del Servicio Andaluz de Salud, y perderán
los derechos derivados de su participación en el proceso selectivo, sin perjuicio, en su
caso, de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud,
de conformidad con lo establecido en la base 11.6.
La documentación debe presentarla a través del Formulario electrónico disponible en
la Ventanilla Electrónica de Profesionales (VEC), a través de la utilidad de presentación
de Formularios DGP/Registro Solicitudes, seleccionando el Tipo de Solicitud «Registro
de documentación en un Proceso de OEP y traslados», dentro del proceso selectivo
correspondiente, seleccionando «Documentación requerida en trámite de audiencia»
(https://www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/profesionales/ventanillaelectronica-de-profesionales).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321253
RESU ELV E
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 103 - Lunes, 2 de junio de 2025
página 7654/2
De acuerdo con lo anterior y de conformidad con lo establecido en las bases 11 y 13
del anexo de la Resolución de 21 de diciembre de 2022 (BOJA extraordinario núm. 35,
de 30 de diciembre), de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de
Salud, por la que se aprueban las bases generales de las convocatorias que han de
regir los procesos selectivos de concurso-oposición, por el sistema de acceso libre, para
cubrir plazas básicas vacantes de determinadas categorías/cuerpo y especialidades en
desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para
2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, con correcciones de errores
publicadas en BOJA núm. 18, de 27 de enero de 2023 y BOJA núm. 72, de 18 de abril de
2023, aprobadas mediante el Decreto 296/2021, de 28 de diciembre (BOJA núm. 250, de
30 de diciembre), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización
de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, y
en virtud de las atribuciones que se le asignan en Decreto 198/2024, de 3 de septiembre
(BOJA extraordinario núm. 16, de 4 de septiembre), por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, esta Dirección General,
Primero. Conceder, a fin de no causar indefensión y de conformidad con lo
establecido en la base 11.6, un plazo de diez días hábiles, a partir del día hábil siguiente
al de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía a
la persona candidata que se cita en el anexo de esta resolución para subsanar la falta de
presentación de declaración responsable de que:
- No ha sido condenado/a mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e
indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo
y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así
como por trata de seres humanos, y autorizar la consulta en el Registro Central de
delincuentes sexuales del Ministerio de Justicia. En caso de no autorizarla, opta por
presentar original de la certificación negativa en vigor del mismo en el acto de toma de
posesión conociendo que es requisito indispensable para ello.
- No ha sido separado/a del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna
Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni se halla
inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
- No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibilite para el ejercicio de sus
funciones teniendo en su poder original del certificado médico en vigor que así lo acredita y
que presentará en el acto de toma de posesión. En caso de tener reconocida la condición de
discapacidad, que no padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio
de sus funciones y posee la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias
de la especialidad a la que se opta, teniendo en su poder original del certificado médico en
vigor que así lo acredita y que presentará en el acto de toma de posesión.
Aquellas personas candidatas que, transcurrido el plazo de audiencia concedido, no
subsanaran la falta de declaración responsable del cumplimiento de los requisitos, no
podrán ser nombradas personal estatutario fijo del Servicio Andaluz de Salud, y perderán
los derechos derivados de su participación en el proceso selectivo, sin perjuicio, en su
caso, de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud,
de conformidad con lo establecido en la base 11.6.
La documentación debe presentarla a través del Formulario electrónico disponible en
la Ventanilla Electrónica de Profesionales (VEC), a través de la utilidad de presentación
de Formularios DGP/Registro Solicitudes, seleccionando el Tipo de Solicitud «Registro
de documentación en un Proceso de OEP y traslados», dentro del proceso selectivo
correspondiente, seleccionando «Documentación requerida en trámite de audiencia»
(https://www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/profesionales/ventanillaelectronica-de-profesionales).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321253
RESU ELV E