Autoridades y personal. . (2025/103-45)
Resolución de 27 de mayo de 2025, de la Universidad de Málaga, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de Profesor/a Permanente Laboral.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 103 - Lunes, 2 de junio de 2025

página 7564/8

10.3. La Comisión de Selección dispondrá de dos días naturales contados a partir de
la finalización del concurso para realizar la propuesta del candidato o candidata para la
provisión de la plaza, haciendo público, en el mismo lugar de celebración de las pruebas,
los resultados de la evaluación de cada aspirante en función de los criterios reseñados en
los apartados 7.4 y 8.4 de esta convocatoria.
11. Resolución del concurso y propuesta de provisión.
11.1. Concluido el procedimiento selectivo, el Secretario o Secretaria de la Comisión
de Selección en el plazo máximo de siete días hábiles presentará a través de la Sede
Electrónica de la Universidad la documentación relativa al concurso, que contendrá:
a. Acta de constitución y establecimiento de los criterios específicos de evaluación.
b. Acta de presentación de candidatos o candidatas.
c. Acta de celebración de las pruebas.
d. Informes razonados de cada miembro de la Comisión de Selección, que incluirá su
voto.
e. Acta de propuesta de provisión de la plaza en favor del concursante que haya
obtenido mayor número de votos favorables.
f. La documentación presentada por los aspirantes.
11.2. Celebrados los concursos, se harán públicos los resultados de la evaluación de
cada candidato o candidata, con una explicación motivada y desglosada por cada uno
de los aspectos evaluados. Las Comisiones de Selección que juzguen los concursos de
acceso propondrán al Rector, motivadamente y con carácter vinculante, una relación de
todas las personas candidatas por orden de puntuación obtenida para su contratación.
11.3. El Rector ejecutará en sus propios términos la propuesta de provisión de las
plazas adoptada por la Comisión de Selección, para lo cual dictará las resoluciones
oportunas que permitan la contratación del concursante seleccionado.

13. Adjudicación de la plaza y formalización del contrato laboral.
13.1. El/la Rector/a dictará resolución de adjudicación de la plaza a favor del
concursante propuesto por la Comisión correspondiente en la que se especificará la
denominación de la plaza, la categoría laboral, Área o Especialidad de Conocimiento y
Departamento, en su caso, así como el régimen de dedicación.
13.2. Con carácter previo a la contratación, y en el plazo de los diez días siguientes
al de la publicación de la referida resolución, el concursante deberá acreditar de forma
documental el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa vigente para
ocupar la correspondiente plaza de personal docente e investigador contratado y en
las bases de la respectiva convocatoria. Transcurrido dicho plazo sin haber verificado
tal trámite por causa imputable al interesado, o cuando éste renuncie, el concursante
propuesto decaerá en todos sus derechos a ocupar la plaza para la que ha sido
seleccionado, y la Universidad de Málaga, en los supuestos y términos previstos en
la presente convocatoria, iniciará de oficio el procedimiento para contratar al siguiente
concursante en el orden de prelación establecido por la Comisión correspondiente.
En el supuesto de que no hubiera candidatos en el referido orden de prelación o se
diese la circunstancia de que los sucesivos concursantes propuestos no presentarán la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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12. Reclamación contra la propuesta de provisión.
12.1. Publicada la propuesta de provisión, en el plazo de diez días hábiles
improrrogables a contar desde el día siguiente a la publicación de la citada propuesta,
los concursantes podrán presentar reclamación con cuantas alegaciones estimen
conveniente a su derecho, en orden a la revisión de la valoración otorgada por la Comisión
de Selección. En caso de no presentar alegaciones la propuesta se elevará a definitiva.
12.2. Transcurrido el plazo señalado, la Comisión de Selección resolverá, en su caso,
las reclamaciones presentadas en el plazo máximo de un mes.