Autoridades y personal. . (2025/102-23)
Resolución de 26 de mayo de 2025, de la Universidad de Jaén, por la que se convoca concurso público de méritos para la adjudicación de plazas de Profesor/a Asociado/a Laboral.
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Número 102 - Viernes, 30 de mayo de 2025
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6. Procedimiento selectivo.
6.1. Los méritos de las personas candidatas serán evaluados por las correspondientes
Comisiones de Selección, que valorarán la calidad y pertinencia de los mismos respecto
a las características y área de la plaza convocada. El/la presidente/a de la Comisión de
Contratación podrá disponer la incorporación a la misma de personas especialistas o de
informes elaborados por éstas. No se valorará ningún mérito de fecha posterior a la de
fin de presentación de instancias de esta convocatoria, con la excepción señalada en la
base 3.4 para el proyecto docente.
Las plazas podrán quedar desiertas cuando, a juicio de la Comisión de Contratación,
los currículums de las personas aspirantes no se ajusten al perfil o actividad docente de la
plaza o cuando no se adecuen mínimamente a las exigencias académicas de las mismas.
6.2. El sistema de selección de las personas aspirantes será el de concurso de
méritos, con arreglo al baremo y criterios establecidos en el procedimiento para los
concursos públicos de selección de personal docente e investigador contratado de la
Universidad de Jaén, aprobado por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Jaén el
25 de julio de 2019, modificado en Consejo de Gobierno de 21 de julio de 2022, de 22 de
febrero de 2023 y de 13 de noviembre de 2023.
Con carácter general, solo se valorarán aquellas aportaciones que guarden relación
con el área por la que se convoca la plaza o con la de áreas afines, estableciendo una
modulación de acuerdo con el grado de afinidad del mérito a dicha área. En la valoración
de los méritos relativos a la formación académica se tendrán en cuenta las titulaciones
preferentes para el acceso a la plaza.
En el Anexo II se relacionan los tipos de méritos computables y sus valores
unitarios, estructurados en cinco bloques equivalentes a los criterios de valoración, con
sus correspondientes apartados. Asimismo, en la Tabla 4 del mencionado anexo, se
establecen los valores máximos de cada uno de los apartados, según el tipo de plaza.
6.3. Las plazas se resolverán mediante la valoración del Proyecto Docente presentado
por el/la candidato/a que será evaluado por la Comisión Técnica con una puntuación
máxima de 10 puntos. A esta puntuación se le sumará la obtenida en la fase de concurso
de méritos de acuerdo con la Tabla 4.
Para la valoración de los méritos se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
a) La puntuación final en cada uno de los bloques se obtendrá sumando la puntuación
obtenida en cada uno de los apartados y multiplicando el valor así obtenido por el factor
que corresponda en caso de que se contemple algún mérito preferente para dicho bloque
incluido en la Tabla 3.
b) Si, una vez aplicados los factores asociados a los méritos preferentes VI.1, VI.2
y VI.3, algún/a candidato/a supera la puntuación máxima en alguno de los bloques
del baremo recogidos en la Tabla 4, se asignará la máxima puntuación del bloque a
la persona que obtenga la puntuación máxima y se ponderará proporcionalmente la
puntuación obtenida por el resto de candidatos/as.
c) La puntuación final se obtendrá sumando las puntuaciones obtenidas en los
bloques I-V y, en su caso, multiplicando por el factor asociado al mérito preferente VI.4.
d) Si alguno/a de los/as candidatos/as supera la puntuación de 50 puntos, se asignará
la puntuación máxima, esto es 50 puntos, a la persona que haya obtenido la máxima
puntuación y se ponderará proporcionalmente la puntuación final del resto de los/as
candidatos/as.
La Comisión Técnica podrá acordar la no dotación de la plaza convocada si a juicio
de la comisión, los currículos evaluados en la fase de concurso de méritos no alcanzan
un mínimo de calidad. En tales casos la comisión emitirá un informe motivado de su
decisión.
Al finalizar la fase de concurso, la Comisión Técnica y la Comisión de Contratación
harán públicas en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica de la Universidad de Jaén
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321131
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
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6. Procedimiento selectivo.
6.1. Los méritos de las personas candidatas serán evaluados por las correspondientes
Comisiones de Selección, que valorarán la calidad y pertinencia de los mismos respecto
a las características y área de la plaza convocada. El/la presidente/a de la Comisión de
Contratación podrá disponer la incorporación a la misma de personas especialistas o de
informes elaborados por éstas. No se valorará ningún mérito de fecha posterior a la de
fin de presentación de instancias de esta convocatoria, con la excepción señalada en la
base 3.4 para el proyecto docente.
Las plazas podrán quedar desiertas cuando, a juicio de la Comisión de Contratación,
los currículums de las personas aspirantes no se ajusten al perfil o actividad docente de la
plaza o cuando no se adecuen mínimamente a las exigencias académicas de las mismas.
6.2. El sistema de selección de las personas aspirantes será el de concurso de
méritos, con arreglo al baremo y criterios establecidos en el procedimiento para los
concursos públicos de selección de personal docente e investigador contratado de la
Universidad de Jaén, aprobado por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Jaén el
25 de julio de 2019, modificado en Consejo de Gobierno de 21 de julio de 2022, de 22 de
febrero de 2023 y de 13 de noviembre de 2023.
Con carácter general, solo se valorarán aquellas aportaciones que guarden relación
con el área por la que se convoca la plaza o con la de áreas afines, estableciendo una
modulación de acuerdo con el grado de afinidad del mérito a dicha área. En la valoración
de los méritos relativos a la formación académica se tendrán en cuenta las titulaciones
preferentes para el acceso a la plaza.
En el Anexo II se relacionan los tipos de méritos computables y sus valores
unitarios, estructurados en cinco bloques equivalentes a los criterios de valoración, con
sus correspondientes apartados. Asimismo, en la Tabla 4 del mencionado anexo, se
establecen los valores máximos de cada uno de los apartados, según el tipo de plaza.
6.3. Las plazas se resolverán mediante la valoración del Proyecto Docente presentado
por el/la candidato/a que será evaluado por la Comisión Técnica con una puntuación
máxima de 10 puntos. A esta puntuación se le sumará la obtenida en la fase de concurso
de méritos de acuerdo con la Tabla 4.
Para la valoración de los méritos se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
a) La puntuación final en cada uno de los bloques se obtendrá sumando la puntuación
obtenida en cada uno de los apartados y multiplicando el valor así obtenido por el factor
que corresponda en caso de que se contemple algún mérito preferente para dicho bloque
incluido en la Tabla 3.
b) Si, una vez aplicados los factores asociados a los méritos preferentes VI.1, VI.2
y VI.3, algún/a candidato/a supera la puntuación máxima en alguno de los bloques
del baremo recogidos en la Tabla 4, se asignará la máxima puntuación del bloque a
la persona que obtenga la puntuación máxima y se ponderará proporcionalmente la
puntuación obtenida por el resto de candidatos/as.
c) La puntuación final se obtendrá sumando las puntuaciones obtenidas en los
bloques I-V y, en su caso, multiplicando por el factor asociado al mérito preferente VI.4.
d) Si alguno/a de los/as candidatos/as supera la puntuación de 50 puntos, se asignará
la puntuación máxima, esto es 50 puntos, a la persona que haya obtenido la máxima
puntuación y se ponderará proporcionalmente la puntuación final del resto de los/as
candidatos/as.
La Comisión Técnica podrá acordar la no dotación de la plaza convocada si a juicio
de la comisión, los currículos evaluados en la fase de concurso de méritos no alcanzan
un mínimo de calidad. En tales casos la comisión emitirá un informe motivado de su
decisión.
Al finalizar la fase de concurso, la Comisión Técnica y la Comisión de Contratación
harán públicas en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica de la Universidad de Jaén
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321131
BOJA
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