3. Otras disposiciones. . (2025/102-51)
Resolución de 22 de mayo de 2025, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del informe de fiscalización de cumplimiento de la Empresa Municipal de Saneamientos de Córdoba, S.A. Ejercicio 2021.
39 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
c)
d)
e)
f)
g)
8
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 102 - Viernes, 30 de mayo de 2025
página 7470/4
Limpieza de colegios y edificaciones municipales.
Sanidad y plagas
Servicios técnicos y mantenimiento
Servicio educativo y de apoyo (inspección, prevención y otros)
Sanidad y Bienestar animal.
La sociedad tiene la consideración de medio propio instrumental y servicio técnico del Excmo.
Ayuntamiento de Córdoba.
SADECO tiene la consideración de poder adjudicador no Administración pública, en aplicación
del artículo 3 d) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público:
Su régimen jurídico viene estipulado en el Título I, bajo la rúbrica de “Contratos de los poderes
adjudicadores que no tengan la condición de Administraciones Públicas” de la LCSP.
Concretamente en los artículos 316 a 320.
9
La sociedad no participa en el capital de otras sociedades y su plantilla se detalla en el Anexo 8.
10
La sociedad fue objeto de fiscalización de regularidad (ejercicio 2010) por la CCA. El informe
definitivo fue emitido en noviembre de 2012. En enero de 2017 se aprobó informe de
seguimiento de recomendaciones.
11
Se establece como objetivo general de la fiscalización emitir una opinión en términos de
seguridad razonable, en el marco de las áreas objeto de fiscalización, sobre si las actividades y la
gestión económico-financiera realizadas por la sociedad durante el ejercicio resultan conformes,
en todos los aspectos significativos, con las normas aplicables a la gestión de los fondos públicos.
Se establece como objetivo adicional el seguimiento de las recomendaciones a SADECO,
realizadas en el informe de seguimiento aprobado por la CCA en el ejercicio 2017.
Las áreas en las que se centra la fiscalización son: personal, contratación, convenios,
encomiendas y encargos, endeudamiento, cuentas anuales y estados financieros.
2. RESPONSABILIDAD DE LOS ÓRGANOS DE DIRECCIÓN DE SADECO EN
RELACIÓN CON EL CUMPLIMIENTO DE LA LEGALIDAD
12
El Consejo de Administración de la Sociedad es responsable de formular las cuentas anuales de
la entidad, que a excepción de la Memoria, se adjuntan al presente informe, de forma que expresen
la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la misma, de
conformidad con el marco normativo de información financiera aplicable a la entidad, que se
identifica en la memoria de las cuentas anuales, y del control interno que consideren necesario
para la preparación y presentación de las cuentas anuales libres de incorrección material, debida
a fraude o error.
13
El Órgano de Dirección de la entidad es responsable de todos los actos, operaciones y
procedimientos de gestión en general, que se desarrollen de conformidad con las normas que
les son de aplicación.
00321070
En particular, el Órgano de Dirección de la entidad es responsable de que la gestión de personal,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
c)
d)
e)
f)
g)
8
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 102 - Viernes, 30 de mayo de 2025
página 7470/4
Limpieza de colegios y edificaciones municipales.
Sanidad y plagas
Servicios técnicos y mantenimiento
Servicio educativo y de apoyo (inspección, prevención y otros)
Sanidad y Bienestar animal.
La sociedad tiene la consideración de medio propio instrumental y servicio técnico del Excmo.
Ayuntamiento de Córdoba.
SADECO tiene la consideración de poder adjudicador no Administración pública, en aplicación
del artículo 3 d) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público:
Su régimen jurídico viene estipulado en el Título I, bajo la rúbrica de “Contratos de los poderes
adjudicadores que no tengan la condición de Administraciones Públicas” de la LCSP.
Concretamente en los artículos 316 a 320.
9
La sociedad no participa en el capital de otras sociedades y su plantilla se detalla en el Anexo 8.
10
La sociedad fue objeto de fiscalización de regularidad (ejercicio 2010) por la CCA. El informe
definitivo fue emitido en noviembre de 2012. En enero de 2017 se aprobó informe de
seguimiento de recomendaciones.
11
Se establece como objetivo general de la fiscalización emitir una opinión en términos de
seguridad razonable, en el marco de las áreas objeto de fiscalización, sobre si las actividades y la
gestión económico-financiera realizadas por la sociedad durante el ejercicio resultan conformes,
en todos los aspectos significativos, con las normas aplicables a la gestión de los fondos públicos.
Se establece como objetivo adicional el seguimiento de las recomendaciones a SADECO,
realizadas en el informe de seguimiento aprobado por la CCA en el ejercicio 2017.
Las áreas en las que se centra la fiscalización son: personal, contratación, convenios,
encomiendas y encargos, endeudamiento, cuentas anuales y estados financieros.
2. RESPONSABILIDAD DE LOS ÓRGANOS DE DIRECCIÓN DE SADECO EN
RELACIÓN CON EL CUMPLIMIENTO DE LA LEGALIDAD
12
El Consejo de Administración de la Sociedad es responsable de formular las cuentas anuales de
la entidad, que a excepción de la Memoria, se adjuntan al presente informe, de forma que expresen
la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la misma, de
conformidad con el marco normativo de información financiera aplicable a la entidad, que se
identifica en la memoria de las cuentas anuales, y del control interno que consideren necesario
para la preparación y presentación de las cuentas anuales libres de incorrección material, debida
a fraude o error.
13
El Órgano de Dirección de la entidad es responsable de todos los actos, operaciones y
procedimientos de gestión en general, que se desarrollen de conformidad con las normas que
les son de aplicación.
00321070
En particular, el Órgano de Dirección de la entidad es responsable de que la gestión de personal,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja