3. Otras disposiciones. . (2025/102-25)
Resolución de 22 de abril de 2025, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Cádiz, por la que se concede autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción a instalación eléctrica de alta tensión (PP. 1046/2025).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 102 - Viernes, 30 de mayo de 2025
página 7010/2
Sexto. Con fecha 14 de mayo de 2024, se presenta adenda del proyecto de la planta
fotovoltaica por parte de la sociedad mercantil Iberian Retail Bernesga 2, S.L.U. para
minimizar las posibles afecciones o impactos sobre el patrimonio arqueológico.
Séptimo. Con fecha 26 de junio de 2024 se ha recibido informe favorable de la
Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Cádiz
relativo a la incidencia territorial de la actuación «Proyecto de planta solar fotovoltaica
de 50 MW “IFV Peñuela”, en el término municipal de Puerto Real (Cádiz)» conforme a
lo indicado en el artículo 52 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la
Sostenibilidad del Territorio de Andalucía, y los artículos 71 y 72 del Decreto 550/2022, de
29 de noviembre, por el que se aprueba su Reglamento General.
Octavo. Con fecha 9 de enero de 2025, la Delegación Territorial en Cádiz de la
Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente, en aplicación de lo dispuesto en el
artículo 30 del Decreto 356/2010, emite informe favorable de carácter vinculante de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00320609
Séptimo. De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII
del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades
de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización
de instalaciones de energía eléctrica (en adelante, R.D. 1955/2000), se sometió el
expediente a información pública, insertándose anuncios en:
• BOP de la provincia de Cádiz número 204, de fecha 22 de octubre de 2024.
• BOJA número 185, de fecha 23 de septiembre de 2024.
No se han formulado alegaciones dentro del plazo.
Asimismo, tal y como establece el citado Título VII del R.D. 1955/2000, se dio traslado
por plazo de treinta días de la solicitud y documentos técnicos, a la serie de organismos
que a continuación se enumeran, ya que según declara el promotor de la instalación,
pueden verse afectados por el procedimiento de referencia, a fin de que éstos presten su
conformidad u oposición, y en su caso, establezcan el condicionado técnico procedente:
• Ayuntamiento de Puerto Real.
• AENA.
• AESA.
• Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. Secretaría General de
Agua- Dirección General de Recursos Hídricos.
• Diputación Provincial de Cádiz.
• E-Distribución Redes Digitales, S.L.
• Exolum Corporation, S.A.
• Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Dirección General de Carreteras.
• Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
• Consejería de Turismo, Cultura y Deporte.
• Red Eléctrica de España, S.A.
• Consejería de Salud y Consumo.
Se recibió informe desfavorable por parte de Diputación Provincial de Cádiz. El
promotor presenta como respuesta a dicho informe Anexo I al proyecto en fecha 12 de
diciembre de 2024 sin oposición de dicho organismo.
Teniendo en cuenta lo señalado en el párrafo anterior, desde el punto el punto de vista
sectorial energético, se da la circunstancia de que existe conformidad entre los organismos
afectados y la peticionaria acorde con la documentación aportada, y se manifiesta
conformidad con las alegaciones e informes presentados por los citados organismos
afectados en los plazos reglamentarios durante el procedimiento de tramitación, según
obra en el expediente de referencia, en el ejercicio de las competencias atribuidas a
esta Delegación, a reserva de las demás licencias o autorizaciones necesarias de otros
Organismos.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 102 - Viernes, 30 de mayo de 2025
página 7010/2
Sexto. Con fecha 14 de mayo de 2024, se presenta adenda del proyecto de la planta
fotovoltaica por parte de la sociedad mercantil Iberian Retail Bernesga 2, S.L.U. para
minimizar las posibles afecciones o impactos sobre el patrimonio arqueológico.
Séptimo. Con fecha 26 de junio de 2024 se ha recibido informe favorable de la
Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Cádiz
relativo a la incidencia territorial de la actuación «Proyecto de planta solar fotovoltaica
de 50 MW “IFV Peñuela”, en el término municipal de Puerto Real (Cádiz)» conforme a
lo indicado en el artículo 52 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la
Sostenibilidad del Territorio de Andalucía, y los artículos 71 y 72 del Decreto 550/2022, de
29 de noviembre, por el que se aprueba su Reglamento General.
Octavo. Con fecha 9 de enero de 2025, la Delegación Territorial en Cádiz de la
Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente, en aplicación de lo dispuesto en el
artículo 30 del Decreto 356/2010, emite informe favorable de carácter vinculante de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00320609
Séptimo. De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII
del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades
de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización
de instalaciones de energía eléctrica (en adelante, R.D. 1955/2000), se sometió el
expediente a información pública, insertándose anuncios en:
• BOP de la provincia de Cádiz número 204, de fecha 22 de octubre de 2024.
• BOJA número 185, de fecha 23 de septiembre de 2024.
No se han formulado alegaciones dentro del plazo.
Asimismo, tal y como establece el citado Título VII del R.D. 1955/2000, se dio traslado
por plazo de treinta días de la solicitud y documentos técnicos, a la serie de organismos
que a continuación se enumeran, ya que según declara el promotor de la instalación,
pueden verse afectados por el procedimiento de referencia, a fin de que éstos presten su
conformidad u oposición, y en su caso, establezcan el condicionado técnico procedente:
• Ayuntamiento de Puerto Real.
• AENA.
• AESA.
• Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. Secretaría General de
Agua- Dirección General de Recursos Hídricos.
• Diputación Provincial de Cádiz.
• E-Distribución Redes Digitales, S.L.
• Exolum Corporation, S.A.
• Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Dirección General de Carreteras.
• Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
• Consejería de Turismo, Cultura y Deporte.
• Red Eléctrica de España, S.A.
• Consejería de Salud y Consumo.
Se recibió informe desfavorable por parte de Diputación Provincial de Cádiz. El
promotor presenta como respuesta a dicho informe Anexo I al proyecto en fecha 12 de
diciembre de 2024 sin oposición de dicho organismo.
Teniendo en cuenta lo señalado en el párrafo anterior, desde el punto el punto de vista
sectorial energético, se da la circunstancia de que existe conformidad entre los organismos
afectados y la peticionaria acorde con la documentación aportada, y se manifiesta
conformidad con las alegaciones e informes presentados por los citados organismos
afectados en los plazos reglamentarios durante el procedimiento de tramitación, según
obra en el expediente de referencia, en el ejercicio de las competencias atribuidas a
esta Delegación, a reserva de las demás licencias o autorizaciones necesarias de otros
Organismos.