3. Otras disposiciones. . (2025/102-50)
Orden de 23 de mayo de 2025, por la que se aprueba la relación de puestos de trabajo de las oficinas judiciales de los partidos judiciales incluidos en la primera fase de implantación.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 102 - Viernes, 30 de mayo de 2025
página 7577/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Orden de 23 de mayo de 2025, por la que se aprueba la relación de puestos de
trabajo de las oficinas judiciales de los partidos judiciales incluidos en la primera
fase de implantación.
La disposición transitoria primera de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas
en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, establece que «la constitución
de los Tribunales de Instancia se realizará de manera escalonada conforme al siguiente
orden:
1.º El día 1 de julio de 2025 los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción y los
Juzgados de Violencia sobre la Mujer, en aquellos partidos judiciales donde no exista
otro tipo de Juzgados, se transformarán, respectivamente, en Secciones Civiles y de
Instrucción Únicas y Secciones de Violencia sobre la Mujer».
Por su parte, la disposición transitoria quinta de la referida Ley Orgánica 1/2025, de 2
de enero, determina que «la implantación de la Oficina judicial será simultánea a la de los
Tribunales de Instancia, en los términos definidos en esta ley.
Con este fin, el Ministerio y las Comunidades Autónomas con competencias en
materia de Justicia, en sus respectivos ámbitos, deberán elaborar las relaciones de
puestos de trabajo de cada una de estas Oficinas para su aprobación, previa negociación
con las organizaciones sindicales, así como proceder a la posterior provisión de los
puestos».
El artículo 522.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 6 de julio, del Poder Judicial, dispone
que la Comunidad Autónoma con competencias asumidas elaborará y aprobará, previa
negociación con las organizaciones sindicales más representativas, las relaciones de
puestos de trabajo en que se ordenen los puestos de trabajo de las oficinas y unidades
previstas en el artículo 520.1, correspondientes a su respectivo ámbito de actuación.
La Orden del Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública, por la
que se acuerda el diseño y estructura de la Oficina judicial para los Tribunales Colegiados
y Tribunales de Instancia y la Oficina de la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior
de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía, delimita los servicios que prestarán
las diferentes unidades de la Oficina judicial e identifica los diferentes puestos de trabajo
directivos y genéricos que podrán existir en cada unidad, con una descripción sucinta de
sus funciones por remisión a la regulación contenida en la Ley Orgánica del Poder Judicial.
La presente orden tiene por objeto aprobar la relación de puestos de trabajo de las oficinas
judiciales que deben ser desplegadas en aquellos partidos judiciales en que, conforme a lo
previsto en la disposición transitoria primera de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, se
constituirán los Tribunales de Instancia en fecha 1 de julio de 2025.

00321177

En virtud de lo expuesto, previa negociación con las organizaciones sindicales más
representativas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 522 y concordantes de
la Ley Orgánica del Poder Judicial, así como en el Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración
Local y Función Pública,

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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