3. Otras disposiciones. . (2025/102-31)
Orden de 21 de mayo de 2025, por la que se aprueba la modificación normal del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida «Antequera».
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 102 - Viernes, 30 de mayo de 2025
página 7473/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Orden de 21 de mayo de 2025, por la que se aprueba la modificación normal del
pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida «Antequera».
Visto el expediente seguido en esta Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo
Rural, y en base a los siguientes
A NTECEDENTES
Con fecha 11 de diciembre de 2024, el Consejo Regulador de la Denominación de
Origen Protegida «Antequera», ha presentado una solicitud de modificación del pliego
de condiciones, en virtud de lo previsto en el artículo 13.2.a) de la Ley 2/2011, de 25 de
marzo, de la Calidad Agroalimentaria y Pesquera de Andalucía.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La solicitud de modificación del pliego de condiciones presentada se
clasifica como «modificación normal», de conformidad con el apartado 4 del artículo
24 del Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de
abril de 2024, relativo a las indicaciones geográficas para vinos, bebidas espirituosas y
productos agrícolas, así como especialidades tradicionales garantizadas y términos de
calidad facultativos para productos agrícolas, por el que se modifican los Reglamentos
(UE) núm. 1308/2013, (UE) 2019/787 y (UE) 2019/1753, y se deroga el Reglamento
(UE) núm. 1151/2012.
Segundo. Tras ser evaluada la solicitud en virtud del apartado 9 del artículo 24 del
Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril, se
considera que cumple los requisitos establecidos en el mismo.

Cuarto. En la gestión del expediente se han seguido todos los trámites previstos en
el Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril, en
el Reglamento Delegado (UE) 2025/27 de la Comisión, de 30 de octubre de 2024, en el
Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la
tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas
y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a
ellas, y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00321073

Tercero. Procede, por tanto, aprobar la modificación normal del pliego de condiciones,
de conformidad con el apartado 9 del artículo 24 del citado Reglamento y los apartados
4 y 5 del artículo 4 del Reglamento Delegado (UE) 2025/27 de la Comisión, de 30 de
octubre de 2024, por el que se completa el Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento
Europeo y del Consejo con normas sobre la inscripción en el registro y la protección de las
indicaciones geográficas, las especialidades tradicionales garantizadas y los términos de
calidad facultativos y por el que se deroga el Reglamento Delegado (UE) núm. 664/2014,
y hacer pública esta decisión de aprobación, que incluye la referencia electrónica al pliego
de condiciones y al documento único, ambos consolidados y publicados en la página web
de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural.