Autoridades y personal. . (2025/102-20)
Acuerdo de 22 de mayo de 2025, de la Comisión de Gobierno de la Cámara de Cuentas de Andalucía, de convocatoria de pruebas selectivas, por el sistema de promoción interna, para el ingreso en el Cuerpo de Titulados Medios, Administración General.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 102 - Viernes, 30 de mayo de 2025
página 7549/15

ANEXO III
BAREMO DE LA FASE DE CONCURSO
A) Valoración de méritos.
1. Grado personal consolidado: El grado personal consolidado y reconocido se
valorará hasta un máximo de 6 puntos en la forma siguiente:
GRADO PERSONAL CONSOLIDADO
22-21
20-19
18-17
16-15

VALORACIÓN
6 puntos
4 puntos
3 puntos
2 puntos

2. Trabajo desarrollado: El trabajo desarrollado según el nivel de complemento de
destino del puesto de trabajo actualmente desempeñado con carácter definitivo en la
fecha de la convocatoria, o en caso de no tener el funcionario o la funcionaria destino
definitivo, el último puesto desempeñado con tal carácter, se valorará hasta un máximo
de 6 puntos.
NIVEL DEL PUESTO DE TRABAJO DEFINITIVO
22-21
20-19
18-17
16-15

VALORACIÓN
6 puntos
4 puntos
3 puntos
2 puntos

3. Antigüedad: La antigüedad se computará por años completos de servicio o fracción
superior a seis meses, valorándose hasta un máximo de 6 puntos, a razón de 0,20 puntos
por año o fracción superior a 6 meses.
4. Titulación académica se computará con un máximo de 4 puntos, en la siguiente
forma:
2,5 puntos
2 puntos
1,75 puntos

No tendrán la consideración de título académico a efectos de su valoración el haber
superado tres cursos completos de licenciatura. Sólo se valorarán las titulaciones
reconocidas por el Ministerio competente en la materia como títulos académicos de
carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, debiendo citarse en el caso de
equivalencia de titulación la disposición en la que se establece la misma y, en su caso, el
BOE en que se publica. Asimismo, no se valorarán como mérito los títulos académicos
imprescindibles para la obtención de otros de nivel superior que se aleguen.
5. Cursos de formación específica realizados en los últimos 10 años: máximo de 3
puntos.
Se valorarán los cursos organizados, impartidos u homologados por la Cámara
de Cuentas de Andalucía, el Parlamento de Andalucía, las restantes instituciones de
autogobierno previstas en el Capítulo VI del Título IV del Estatuto de Autonomía para
Andalucía, Institutos de Formación de las distintas Administraciones Públicas, Instituciones
de Control Externo, Órganos de Control Interno de las distintas Administraciones
Públicas, o Universidades. Asimismo, serán valorados los impartidos al amparo de los
Acuerdos de Formación Continua, por las organizaciones sindicales y empresariales.
Sólo se valorarán los realizados en los últimos 10 años. En ningún caso se puntuarán
los cursos de formación pertenecientes a una carrera universitaria, cursos de doctorado,
y los de los diferentes institutos de las universidades cuando se hayan alegado como
mérito de titulación. Únicamente se valorarán por una sola vez los cursos de idéntico
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00321151

Doctorado
Máster Oficial
Licenciado o Graduado: