Autoridades y personal. . (2025/101-21)
Resolución de 23 de mayo de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se dispone el nombramiento de personal funcionario de carrera en ejecución de la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Sevilla.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 101 - Jueves, 29 de mayo de 2025
página 7469/2
Quinto. Posteriormente, se ha presentado por doña María Isabel Ordóñez Dorado la
documentación procedente haciendo constar expresamente en el Anexo II de petición de
destino su conformidad con el puesto de trabajo con código 962320, Técnico de Grado
Medio, en la Delegación Territorial de Sostenibilidad y Medio Ambiente en Málaga, al que
se hacía referencia en el Anexo I que le fue remitido con fecha 14 de mayo de 2025.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.2.q) del Decreto 164/2022, de
9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia,
Administración Local y Función Pública, la competencia para disponer el cumplimiento
y, en su caso, la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de las
resoluciones dictadas por los órganos jurisdiccional en aquellos procedimientos en que
sea parte la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, en materia
general de Función Pública y que afectan al ámbito funcional de competencias de la
Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, se atribuye a la persona
titular de esta Dirección General.
Segundo. Asimismo, el citado Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y
Función Pública, en su artículo 12, apartado 1 c), dispone:
«1. A la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos y Función
Pública le corresponden las atribuciones previstas en el artículo 30 de la Ley 9/2007, de
22 de octubre, así como las siguientes competencias:
c) El establecimiento de los criterios generales para la selección del personal
funcionario de la Administración de la Junta de Andalucía […]; la convocatoria y resolución
de los procesos selectivos de acceso a la condición de personal funcionario de carrera
[…]; y el ejercicio de cualquier otra función derivada del régimen de selección y provisión
de puestos de trabajo y promoción profesional [...].»
Cuarto. Por su parte, en el art. 23, apartado 4 de la Ley 7/2024, de 23 de diciembre,
del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2025 (BOJA
núm. 251, de 30 de diciembre de 2024), se puntualiza, en el mismo sentido que las
anteriores leyes del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que:
«En el ámbito de la Administración General de la Junta de Andalucía, las retribuciones
de cualquier clase que hayan de abonarse con carácter retroactivo al personal deberán
hacerse efectivas por el organismo o centro bajo cuya dependencia orgánica y económica
se encuentre adscrito cada puesto de trabajo al que hayan de imputarse los atrasos en el
momento de hacer efectivo el abono.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321068
Tercero. En el artículo 30, del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se
regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y
provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de
Andalucía, se puntualiza que:
«1. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, el órgano competente en
materia de función pública nombrará personal funcionario de carrera o personal laboral
fijo, por el orden obtenido en el proceso selectivo, a las personas aspirantes que, habiendo
superado el proceso selectivo, cumplan los requisitos exigidos en la convocatoria, con
expresión de los destinos adjudicados y el carácter de ocupación de los mismos. [...]
2. Los nombramientos deberán publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía.
3. Las resoluciones de nombramiento establecerán la fecha de inicio del plazo de
toma de posesión.»
BOJA
Número 101 - Jueves, 29 de mayo de 2025
página 7469/2
Quinto. Posteriormente, se ha presentado por doña María Isabel Ordóñez Dorado la
documentación procedente haciendo constar expresamente en el Anexo II de petición de
destino su conformidad con el puesto de trabajo con código 962320, Técnico de Grado
Medio, en la Delegación Territorial de Sostenibilidad y Medio Ambiente en Málaga, al que
se hacía referencia en el Anexo I que le fue remitido con fecha 14 de mayo de 2025.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.2.q) del Decreto 164/2022, de
9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia,
Administración Local y Función Pública, la competencia para disponer el cumplimiento
y, en su caso, la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de las
resoluciones dictadas por los órganos jurisdiccional en aquellos procedimientos en que
sea parte la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, en materia
general de Función Pública y que afectan al ámbito funcional de competencias de la
Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, se atribuye a la persona
titular de esta Dirección General.
Segundo. Asimismo, el citado Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y
Función Pública, en su artículo 12, apartado 1 c), dispone:
«1. A la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos y Función
Pública le corresponden las atribuciones previstas en el artículo 30 de la Ley 9/2007, de
22 de octubre, así como las siguientes competencias:
c) El establecimiento de los criterios generales para la selección del personal
funcionario de la Administración de la Junta de Andalucía […]; la convocatoria y resolución
de los procesos selectivos de acceso a la condición de personal funcionario de carrera
[…]; y el ejercicio de cualquier otra función derivada del régimen de selección y provisión
de puestos de trabajo y promoción profesional [...].»
Cuarto. Por su parte, en el art. 23, apartado 4 de la Ley 7/2024, de 23 de diciembre,
del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2025 (BOJA
núm. 251, de 30 de diciembre de 2024), se puntualiza, en el mismo sentido que las
anteriores leyes del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que:
«En el ámbito de la Administración General de la Junta de Andalucía, las retribuciones
de cualquier clase que hayan de abonarse con carácter retroactivo al personal deberán
hacerse efectivas por el organismo o centro bajo cuya dependencia orgánica y económica
se encuentre adscrito cada puesto de trabajo al que hayan de imputarse los atrasos en el
momento de hacer efectivo el abono.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321068
Tercero. En el artículo 30, del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se
regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y
provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de
Andalucía, se puntualiza que:
«1. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, el órgano competente en
materia de función pública nombrará personal funcionario de carrera o personal laboral
fijo, por el orden obtenido en el proceso selectivo, a las personas aspirantes que, habiendo
superado el proceso selectivo, cumplan los requisitos exigidos en la convocatoria, con
expresión de los destinos adjudicados y el carácter de ocupación de los mismos. [...]
2. Los nombramientos deberán publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía.
3. Las resoluciones de nombramiento establecerán la fecha de inicio del plazo de
toma de posesión.»