3. Otras disposiciones. . (2025/101-38)
Resolución de 2 de mayo de 2025, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Cádiz, por la que se pone fin al procedimiento de autorización administrativa previa y autorizacion administrativa de construccion a la instalación eléctrica de alta tensión que se cita.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 101 - Jueves, 29 de mayo de 2025
página 7442/2

Cuarto. Con fecha 13.2.2025, la Delegación Territorial de Sostenibilidad y Medio
Ambiente en Cádiz emite «Informe vinculante de la Delegación Territorial en Cádiz de
la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente relativo a la solicitud de autorización
ambiental unificada presentada por Bogaris PV47, S.L., con NIF B90441320, Bogaris
PV33, S.L., con NIF B90409548, Iberian Retail Bernesga 13, S.L.U., con NIF B90348327
para los proyectos de “Instalaciones híbridas renovables PE-PSFV Cactus, Cumbre Abad
y Clavel”, en los términos municipales de El Puerto de Santa María y Jerez de la Frontera
(Cádiz)», en el cual se informa «A los efectos previstos en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de
Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, no otorgar la autorización ambiental unificada
solicitada por Bogaris PV47, S.L., Bogaris PV33, S.L., Iberian Retail Bernesga 13, S.L.U.,
para los proyectos de instalación Instalaciones Híbridas Renovables PE-PSFV Cactus,
Cumbre Abad y Clavel, en los términos municipales de El Puerto de Santa María y Jerez
de la Frontera, en la provincia de Cádiz, motivado por afección a la biodiversidad».
Quinto. Con fecha 10.3.2025, esta Delegación Territorial emite trámite de audiencia
previa al archivo del expediente AT-15551/23, debido al informe citado en el antecedente
de hecho tercero.
Sexto. Con fecha 1.4.2025, el peticionario formula alegaciones al citado informe, que
se trasladan a la Delegación Territorial de Sostenibilidad y Medio Ambiente en Cádiz.
Séptimo. Con fecha 15.4.2025, dicha Delegación Territorial emite respuesta a las
alegaciones en la cual se concluye «En base a los argumentos expuestos anteriormente,
se determina la no admisión de las alegaciones presentadas por el promotor, reafirmando
nuevamente así la valoración desfavorable expresada en el informe vinculante
previamente emitido respecto al proyecto en estudio».
A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO

Segundo. Esta Delegación Territorial de la Junta de Andalucía en Cádiz es competente
para tramitar y resolver en dicho ámbito territorial los procedimientos de otorgamiento
de autorizaciones administrativas reguladas en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26
de diciembre, del Sector Eléctrico, en virtud de lo previsto en el Decreto del Presidente
10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, modificado por el Decreto
del Presidente 4/2023, de 11 de abril, el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se
regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía, el Decreto
226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de
la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 300/2022, de 30
de agosto, así como en la Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General
de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos
territoriales provinciales competentes en materia de energía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00321042

Primero. El título VII, capítulos II y V del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,
por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización,
suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica,
desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, en cumplimiento
de la vigente Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y el Decreto 9/2011,
de 18 de enero, por el que se modifican diversas Normas Reguladoras de Procedimientos
Administrativos de Industria y Energía, establecen los trámites reglamentarios para los
procedimientos de autorización administrativa previa, autorización administrativa de
construcción y declaración de utilidad pública.