Disposiciones generales. . (2025/101-5)
Orden de 21 de mayo de 2025, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria de Andalucía, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social, voluntariado, participación ciudadana, investigación e innovación social, en el ámbito de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, para el ejercicio 2025.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 101 - Jueves, 29 de mayo de 2025
página 7427/87

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ANEXO I

5. CRITERIOS DE VALORACIÓN: INFORMACIÓN Y DATOS NECESARIOS PARA APLICARLOS (Máx. 100 puntos)
(Conforme a los criterios establecidos en el apartado 12 del cuadro resumen)
Criterio 5.1. Contenido técnico del programa: (0 - 30 puntos)
5.1.1. Adecuación a las prioridades establecidas en cada convocatoria, por orden decreciente de importancia:

5.1.2. La coherencia entre los objetivos generales y específicos del proyecto y de los resultados esperados.

PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA

5.1.3. La descripción de las actividades concretas que se pretenden realizar y la adecuación del cronograma de las mismas.

5.1.4. La determinación de indicadores de evaluación.

5.1.5. El grado de implantación de un plan de calidad.

Criterio 5.2. Optimización y eficiencia de los recursos humanos y materiales necesarios para la ejecución y desarrollo de las
actuaciones: (0 - 28 puntos)

Criterio 5.3. Número de personas previstas a las que van dirigidas las actuaciones subvencionables en función del tipo de
intervenciones a desarrollar: (0 - 15 puntos)

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

00321027

003505/2

Criterio 5.4. Incorporación del enfoque integrado de género en todos los ámbitos del programa: (0 - 10 puntos)
Se valorará la existencia de un diagnóstico previo que contemple la situación de partida de hombres y mujeres objeto de la
actuación, la utilización de lenguaje no sexista, la existencia de indicadores desagregados por sexo, el diseño de actuaciones
dirigidas a reducir las brechas de género detectadas y la formación en materia de género del personal que desarrollará el proyecto,
así como la existencia de Plan de Igualdad.

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