Disposiciones generales. . (2025/101-5)
Orden de 21 de mayo de 2025, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria de Andalucía, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social, voluntariado, participación ciudadana, investigación e innovación social, en el ámbito de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, para el ejercicio 2025.
268 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 101 - Jueves, 29 de mayo de 2025
página 7427/5
Almería
Cádiz
Córdoba
Granada
Huelva
Jaén
Málaga
Sevilla
Autonómico
TOTAL
Programas
183.077,79
129.438,55
210.809,59
162.826,69
115.940,82
114.556,78
139.656,96
428.898,68
1.637.277,53
3.122.483,39
(Cifras en euros)
Octavo. Línea 6. Subvenciones a entidades locales para la atención a personas
inmigrantes y emigrantes temporeras andaluzas y sus familias.
Se destinará una cuantía máxima de 2.140.850,00 euros, con la siguiente distribución
territorial, imputándose el gasto exclusivamente al ejercicio presupuestario 2025.
Almería
Cádiz
Córdoba
Granada
Huelva
Jaén
Málaga
Sevilla
TOTAL
557.666,00
41.423,09
107.370,29
354.917,39
357.763,56
422.474,25
109.225,05
190.010,37
2.140.850,00
(Cifras en euros)
Noveno. Línea 7. Subvenciones a entidades privadas para programas que se
desarrollen en el marco de la Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía.
Para la modalidad 1: «Reparto de alimentos a personas con escasos recursos
económicos en riesgo o situación de exclusión social, destinados a su consumo en los
propios hogares de las personas demandantes. Preparación y elaboración de alimentos
destinados al consumo en las propias dependencias de la entidad que las preste o,
en su caso, en los propios hogares de las personas demandantes. Puesta en marcha
y mantenimiento de economatos que faciliten la compra de productos de primera
necesidad a personas y familias vulnerables, a precios reducidos respecto de los del
mercado».
Se destinará una cuantía máxima de 4.810.644,41 euros con la siguiente distribución
territorial, imputándose el gasto exclusivamente al ejercicio presupuestario 2025:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321027
De acuerdo con lo indicado en las bases reguladoras, en virtud de las cuales se
podrán determinar reglas específicas para cada actuación subvencionable, se reserva
un crédito de 80.000 euros en la provincia de Granada para la actuación subvencionable
«Mantenimiento de albergues y servicios de acogida temporales en zonas de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, donde se desarrollen campañas agrícolas o de
temporada o en núcleos de ésta donde la especial afluencia de personas trabajadoras
desplazadas no pueda ser atendida por los servicios de acogida normalizados, a través
del sostenimiento de la actividad ordinaria de los mismos mediante la financiación de los
gastos de personal y generales de funcionamiento vinculados a tal fin».
BOJA
Número 101 - Jueves, 29 de mayo de 2025
página 7427/5
Almería
Cádiz
Córdoba
Granada
Huelva
Jaén
Málaga
Sevilla
Autonómico
TOTAL
Programas
183.077,79
129.438,55
210.809,59
162.826,69
115.940,82
114.556,78
139.656,96
428.898,68
1.637.277,53
3.122.483,39
(Cifras en euros)
Octavo. Línea 6. Subvenciones a entidades locales para la atención a personas
inmigrantes y emigrantes temporeras andaluzas y sus familias.
Se destinará una cuantía máxima de 2.140.850,00 euros, con la siguiente distribución
territorial, imputándose el gasto exclusivamente al ejercicio presupuestario 2025.
Almería
Cádiz
Córdoba
Granada
Huelva
Jaén
Málaga
Sevilla
TOTAL
557.666,00
41.423,09
107.370,29
354.917,39
357.763,56
422.474,25
109.225,05
190.010,37
2.140.850,00
(Cifras en euros)
Noveno. Línea 7. Subvenciones a entidades privadas para programas que se
desarrollen en el marco de la Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía.
Para la modalidad 1: «Reparto de alimentos a personas con escasos recursos
económicos en riesgo o situación de exclusión social, destinados a su consumo en los
propios hogares de las personas demandantes. Preparación y elaboración de alimentos
destinados al consumo en las propias dependencias de la entidad que las preste o,
en su caso, en los propios hogares de las personas demandantes. Puesta en marcha
y mantenimiento de economatos que faciliten la compra de productos de primera
necesidad a personas y familias vulnerables, a precios reducidos respecto de los del
mercado».
Se destinará una cuantía máxima de 4.810.644,41 euros con la siguiente distribución
territorial, imputándose el gasto exclusivamente al ejercicio presupuestario 2025:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321027
De acuerdo con lo indicado en las bases reguladoras, en virtud de las cuales se
podrán determinar reglas específicas para cada actuación subvencionable, se reserva
un crédito de 80.000 euros en la provincia de Granada para la actuación subvencionable
«Mantenimiento de albergues y servicios de acogida temporales en zonas de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, donde se desarrollen campañas agrícolas o de
temporada o en núcleos de ésta donde la especial afluencia de personas trabajadoras
desplazadas no pueda ser atendida por los servicios de acogida normalizados, a través
del sostenimiento de la actividad ordinaria de los mismos mediante la financiación de los
gastos de personal y generales de funcionamiento vinculados a tal fin».