Disposiciones generales. . (2025/101-5)
Orden de 21 de mayo de 2025, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria de Andalucía, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social, voluntariado, participación ciudadana, investigación e innovación social, en el ámbito de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, para el ejercicio 2025.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 101 - Jueves, 29 de mayo de 2025
página 7427/13
PRIORIDAD 2:
• Inserción e inclusión social y/o laboral, recuperación y participación en la comunidad de
personas con discapacidad y personas con problemas de salud mental.
• Atención, formación e inclusión social de mujeres con discapacidad, promoción de la
igualdad, prevención de malos tratos y violencia de género, conforme a la planificación
estratégica.
• Transporte y movilidad puerta a puerta.
PRIORIDAD 3:
• Programas de atención a menores para la promoción de la autonomía personal y la
estimulación.
PRIORIDAD 4:
• Información, orientación y asesoramiento a las personas con discapacidad y sus
familiares.
• Formación y encuentros: Congresos, seminarios y jornadas.
• Ocio y participación en actividades sociales, culturales y deportivas con presencia
conjunta de personas con y sin discapacidad.
Línea 6. Subvenciones a entidades locales para la atención a personas inmigrantes y emigrantes
temporeras andaluzas y sus familias.
Actuaciones subvencionables por orden decreciente de prioridad:
1. El mantenimiento de albergues y servicios de acogida temporales en zonas de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, donde se desarrollen campañas agrícolas o de temporada o en núcleos
de ésta donde la especial afluencia de personas trabajadoras desplazadas no pueda ser atendida
por los servicios de acogida normalizados, a través del sostenimiento de la actividad ordinaria de
los mismos mediante la financiación de los gastos de personal y generales de funcionamiento
vinculados a tal fin.
2. La realización de programas que fomenten la inclusión social de las personas inmigrantes
residentes en Andalucía, de conformidad con los objetivos previstos en la planificación de la Junta
de Andalucía en materia de inmigración. Se incluirán en esta actuación subvencionable, los
proyectos de elaboración y/o desarrollo de planes locales de erradicación del chabolismo o
asentamientos informales vinculados con las líneas estratégicas de la Consejería en materia de
políticas migratorias.
3. La realización de programas de intermediación para el alquiler de vivienda normalizada para
personas inmigrantes que supongan la prestación de un servicio de alquiler de manera directa por
la propia entidad, o a través de una tercera, con atención preferente a personas residentes en
núcleos de asentamientos chabolistas.
5. La realización de programas de información, asistencia, asesoramiento y acogida de las
personas emigrantes andaluzas y sus familias, así como sus desplazamientos, cuando se trasladen
a realizar trabajos de temporada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321027
4. La realización de programas de información, asesoramiento, acogida y asistencia integral de las
personas inmigrantes y sus familias, así como sus desplazamientos, cuando se trasladen a realizar
trabajos de temporada.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 101 - Jueves, 29 de mayo de 2025
página 7427/13
PRIORIDAD 2:
• Inserción e inclusión social y/o laboral, recuperación y participación en la comunidad de
personas con discapacidad y personas con problemas de salud mental.
• Atención, formación e inclusión social de mujeres con discapacidad, promoción de la
igualdad, prevención de malos tratos y violencia de género, conforme a la planificación
estratégica.
• Transporte y movilidad puerta a puerta.
PRIORIDAD 3:
• Programas de atención a menores para la promoción de la autonomía personal y la
estimulación.
PRIORIDAD 4:
• Información, orientación y asesoramiento a las personas con discapacidad y sus
familiares.
• Formación y encuentros: Congresos, seminarios y jornadas.
• Ocio y participación en actividades sociales, culturales y deportivas con presencia
conjunta de personas con y sin discapacidad.
Línea 6. Subvenciones a entidades locales para la atención a personas inmigrantes y emigrantes
temporeras andaluzas y sus familias.
Actuaciones subvencionables por orden decreciente de prioridad:
1. El mantenimiento de albergues y servicios de acogida temporales en zonas de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, donde se desarrollen campañas agrícolas o de temporada o en núcleos
de ésta donde la especial afluencia de personas trabajadoras desplazadas no pueda ser atendida
por los servicios de acogida normalizados, a través del sostenimiento de la actividad ordinaria de
los mismos mediante la financiación de los gastos de personal y generales de funcionamiento
vinculados a tal fin.
2. La realización de programas que fomenten la inclusión social de las personas inmigrantes
residentes en Andalucía, de conformidad con los objetivos previstos en la planificación de la Junta
de Andalucía en materia de inmigración. Se incluirán en esta actuación subvencionable, los
proyectos de elaboración y/o desarrollo de planes locales de erradicación del chabolismo o
asentamientos informales vinculados con las líneas estratégicas de la Consejería en materia de
políticas migratorias.
3. La realización de programas de intermediación para el alquiler de vivienda normalizada para
personas inmigrantes que supongan la prestación de un servicio de alquiler de manera directa por
la propia entidad, o a través de una tercera, con atención preferente a personas residentes en
núcleos de asentamientos chabolistas.
5. La realización de programas de información, asistencia, asesoramiento y acogida de las
personas emigrantes andaluzas y sus familias, así como sus desplazamientos, cuando se trasladen
a realizar trabajos de temporada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321027
4. La realización de programas de información, asesoramiento, acogida y asistencia integral de las
personas inmigrantes y sus familias, así como sus desplazamientos, cuando se trasladen a realizar
trabajos de temporada.