Disposiciones generales. . (2025/101-5)
Orden de 21 de mayo de 2025, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria de Andalucía, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social, voluntariado, participación ciudadana, investigación e innovación social, en el ámbito de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, para el ejercicio 2025.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 101 - Jueves, 29 de mayo de 2025
página 7427/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Orden de 21 de mayo de 2025, por la que se convocan subvenciones, en
régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores,
personas con discapacidad, comunidad gitana, personas migrantes, personas
sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria de Andalucía, igualdad de trato y no
discriminación de las personas LGTBI, acción social, voluntariado, participación
ciudadana, investigación e innovación social, en el ámbito de la Consejería de
Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, para el ejercicio 2025.
Mediante Orden de 20 de julio de 2021 (BOJA núm. 146, de 30 de julio de 2021), se
aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de
concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad,
reforma y equipamiento de centros de servicios sociales comunitarios, comunidad
gitana, personas migrantes, personas sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria,
igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social, voluntariado,
conciliación, participación ciudadana, investigación e innovación social, en el ámbito de
las competencias de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
En el marco de la referida orden se determinan las líneas concretas de subvenciones
a las que resulta de aplicación y se especifica el régimen jurídico para su regulación.
En relación con ello, se convocan para el año 2025 las líneas de subvenciones en
régimen de concurrencia competitiva, detalladas en esta orden. No obstante, para el
presente ejercicio, no se convoca la modalidad de mantenimiento en las líneas que la
contemplan, dado el carácter bienal de la convocatoria del ejercicio 2024, aprobada por
Orden de 17 de julio de 2024.
En su virtud, y conforme a lo establecido en el Título VII del texto refundido de la
Ley General de La Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto
Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y de acuerdo con el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de
24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación con
el Decreto 161/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad,
DISPONGO

00321027

Primero. Convocatoria y limitaciones presupuestarias.
1. Se convocan para el ejercicio 2025, en la modalidad de concesión en régimen
de concurrencia competitiva, las siguientes líneas de subvenciones en el ámbito de la
Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, en la cuantía total máxima
que se especifica para cada una de ellas y con cargo a los créditos presupuestarios que
asimismo se indican para cada línea.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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