Disposiciones generales. . (2025/101-3)
Orden de 21 de mayo de 2025, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a actividades de promoción cultural, de orientación a la población andaluza en el exterior, así como para el mantenimiento de dichas entidades, para el año 2025, relativas a las líneas COAN y FEDCO.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 101 - Jueves, 29 de mayo de 2025
página 7246/2
3. Se aprueban y publican los formularios Anexo II, de alegaciones/aceptación/
reformulación y presentación de documentos, para las dos líneas.
Los formularios se encuentran, asimismo, disponibles en el Catálogo de
Procedimientos y Servicios de la Junta de Andalucía, en las siguientes direcciones:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/25497.html
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/25500.html
4. La presente convocatoria se regirá por la Orden de 30 de abril de 2024, por la
que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las
Comunidades Andaluzas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a
actividades de promoción cultural, de orientación a la población andaluza en el exterior,
así como para el mantenimiento de dichas entidades.
5. Conforme al artículo 23.1 del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que
se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión
e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de
ampliación de los tributos, que regula la solicitud del número de identificación fiscal de
las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica, las personas jurídicas que
vayan a ser titulares de relaciones de naturaleza o con transcendencia tributaria deberán
tener asignado un número de identificación fiscal, siendo ese el caso de la concesión de
subvenciones públicas.
Segundo. Objeto.
Subvencionar las actividades culturales a realizar por las Comunidades Andaluzas en
el Exterior que tengan incidencia en el refuerzo de la identidad andaluza y de la imagen
de Andalucía en el exterior (Concepto A); los gastos de mantenimiento de las sedes
sociales de las mismas (Concepto B); así como actividades de orientación a las personas
andaluzas en relación con la realidad del país al que han emigrado para ayudarles a una
mejor integración en el mismo (Concepto C).
Tercero. Beneficiarios y requisitos para solicitar la subvención.
1. Línea COAN: Podrán solicitar estas subvenciones las Comunidades Andaluzas
inscritas en el Registro Oficial de Comunidades Andaluzas antes de la finalización del
plazo de presentación de solicitudes.
• Sólo podrán solicitar ayudas para actividades de apoyo a la emigración andaluza
(concepto C) las entidades situadas en el extranjero que justifiquen la asistencia a tal colectivo.
• Sólo podrán solicitar gastos de mantenimiento de las sedes (concepto B) las
entidades que soliciten también subvenciones para actividades de promoción cultural
(concepto A) o actividades de apoyo a la emigración andaluza (concepto C).
2. Línea FEDCO: Podrán solicitar estas subvenciones las Coordinadoras y Federaciones
de Comunidades Andaluzas inscritas en el Registro Oficial de Comunidades Andaluzas
antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
• Sólo podrán solicitar gastos de mantenimiento de las sedes (concepto B), las
entidades que soliciten subvenciones para actividades de promoción cultural (concepto A)
o actividades de apoyo a la emigración andaluza (concepto C).
• Sólo podrán solicitar ayudas para actividades de apoyo a la emigración andaluza
en la actualidad (concepto C) las entidades situadas en el extranjero que justifiquen la
asistencia a tal colectivo.
Quinto. Lugar y plazo de solicitud.
Las solicitudes irán dirigidas a la persona titular de la Dirección General de Andalucía
Global y se presentarán a través de las siguientes direcciones electrónicas (apdo.
«acceso a la fase-inicio»):
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00320846
Cuarto. Periodo de realización de actividades.
Las actividades para las que se puede solicitar subvención deben realizarse desde
el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 101 - Jueves, 29 de mayo de 2025
página 7246/2
3. Se aprueban y publican los formularios Anexo II, de alegaciones/aceptación/
reformulación y presentación de documentos, para las dos líneas.
Los formularios se encuentran, asimismo, disponibles en el Catálogo de
Procedimientos y Servicios de la Junta de Andalucía, en las siguientes direcciones:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/25497.html
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/25500.html
4. La presente convocatoria se regirá por la Orden de 30 de abril de 2024, por la
que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las
Comunidades Andaluzas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a
actividades de promoción cultural, de orientación a la población andaluza en el exterior,
así como para el mantenimiento de dichas entidades.
5. Conforme al artículo 23.1 del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que
se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión
e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de
ampliación de los tributos, que regula la solicitud del número de identificación fiscal de
las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica, las personas jurídicas que
vayan a ser titulares de relaciones de naturaleza o con transcendencia tributaria deberán
tener asignado un número de identificación fiscal, siendo ese el caso de la concesión de
subvenciones públicas.
Segundo. Objeto.
Subvencionar las actividades culturales a realizar por las Comunidades Andaluzas en
el Exterior que tengan incidencia en el refuerzo de la identidad andaluza y de la imagen
de Andalucía en el exterior (Concepto A); los gastos de mantenimiento de las sedes
sociales de las mismas (Concepto B); así como actividades de orientación a las personas
andaluzas en relación con la realidad del país al que han emigrado para ayudarles a una
mejor integración en el mismo (Concepto C).
Tercero. Beneficiarios y requisitos para solicitar la subvención.
1. Línea COAN: Podrán solicitar estas subvenciones las Comunidades Andaluzas
inscritas en el Registro Oficial de Comunidades Andaluzas antes de la finalización del
plazo de presentación de solicitudes.
• Sólo podrán solicitar ayudas para actividades de apoyo a la emigración andaluza
(concepto C) las entidades situadas en el extranjero que justifiquen la asistencia a tal colectivo.
• Sólo podrán solicitar gastos de mantenimiento de las sedes (concepto B) las
entidades que soliciten también subvenciones para actividades de promoción cultural
(concepto A) o actividades de apoyo a la emigración andaluza (concepto C).
2. Línea FEDCO: Podrán solicitar estas subvenciones las Coordinadoras y Federaciones
de Comunidades Andaluzas inscritas en el Registro Oficial de Comunidades Andaluzas
antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
• Sólo podrán solicitar gastos de mantenimiento de las sedes (concepto B), las
entidades que soliciten subvenciones para actividades de promoción cultural (concepto A)
o actividades de apoyo a la emigración andaluza (concepto C).
• Sólo podrán solicitar ayudas para actividades de apoyo a la emigración andaluza
en la actualidad (concepto C) las entidades situadas en el extranjero que justifiquen la
asistencia a tal colectivo.
Quinto. Lugar y plazo de solicitud.
Las solicitudes irán dirigidas a la persona titular de la Dirección General de Andalucía
Global y se presentarán a través de las siguientes direcciones electrónicas (apdo.
«acceso a la fase-inicio»):
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00320846
Cuarto. Periodo de realización de actividades.
Las actividades para las que se puede solicitar subvención deben realizarse desde
el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025.