3. Otras disposiciones. . (2025/100-35)
Resolución de 22 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público prestado por la empresa UTE TTE. (Autobuses urbanos) de El Puerto de Santa María (Cádiz), concesionaria del servicio público de transporte urbano en el municipio, mediante el establecimiento de los servicios mínimos.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 100 - Miércoles, 28 de mayo de 2025
página 7371/3

día 28 de mayo de 2025 hasta el día 2 de junio de 2025, y que afectará a toda la plantilla
y a todos los turnos de trabajo.
Segundo. Los paros y alteraciones en el trabajo por parte del personal necesario para
el mantenimiento de los servicios esenciales mínimos determinados serán considerados
ilegales a los efectos del artículo 16.1 del Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre
relaciones de trabajo.
Tercero. Lo dispuesto en los apartados anteriores no supondrá limitación alguna de
los derechos que la normativa reguladora de la huelga reconoce al personal en dicha
situación, ni tampoco respecto de la tramitación y efectos de las peticiones que la motiven.
Cuarto. La presente resolución entrará en vigor el día de su firma, sin perjuicio de su
posterior publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 22 de mayo de 2025.- El Director General, Luis Roda Oliveira.
A NE XO
SERVICIOS MÍNIMOS (EXPTE. H 24/2025 DGTSSL)
- El servicio de transporte que se realiza en periodo de Feria conforme a sus
expediciones normalizadas: un 50% de sus expediciones los días 28, 29 y 30 de mayo de
2025 (miércoles, jueves y viernes), y un 60% de sus expediciones los días 31 de mayo y 1
y 2 de junio de 2025 (sábado, domingo y lunes, este último fiesta local).
- Se garantizará en todo caso el transporte de escolares a los centros educativos, así
como el transporte a centros sanitarios.
- Personal que no sea de conducción, como personal de Taller, oficinas, inspección
y punto de información: Mínimo necesario para garantizar el correcto funcionamiento de
los servicios.
Los autobuses que se encuentren en recorrido a la hora de comienzo de la huelga,
continuarán dicho recorrido hasta la cabeza de línea más próxima, debiendo quedar el
mismo donde indique la dirección de la empresa para evitar perjuicios de circulación
viaria y seguridad de los usuarios.
En los supuestos en que de la aplicación de estos porcentajes resultase un número
inferior a la unidad se mantendrá esta en todo caso. Cuando de la aplicación de estos
porcentajes resultase exceso de números enteros, se redondearán en la unidad superior.

00320971

Corresponde a la empresa, con la participación del Comité de Huelga, la facultad de
designar a las personas trabajadoras que deban efectuar los servicios mínimos, velar por
el cumplimiento de los mismos y la organización del trabajo correspondiente a cada una
de ellas, sin perjuicio del ejercicio de la correspondiente competencia del Ayuntamiento
como titular del servicio.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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