3. Otras disposiciones. . (2025/100-44)
Resolución de 20 de mayo de 2025, de la Secretaría General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del escudo y de la bandera del ayuntamiento de Beas de Guadix (Granada).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 100 - Miércoles, 28 de mayo de 2025
página 7400/2
de similar anchura y tamaño mayor (3:7) respecto a la franja intermedia (1:7), de gules. En
el centro del paño se sitúa superpuesto el escudo municipal.»
Características de esmaltes:
Los esmaltes que componen la bandera de Beas de Guadix son:
• Color blanco (Pantone White) para la franja superior.
• Color de gules (Pantone rojo 7623C) para la franja intermedia.
• Color de sinople (Pantone verde 7730C) para la franja inferior.
• Esmaltes del escudo central: Los especificados en la descripción del escudo.
Mediante escrito con entrada en el Registro de esta Consejería el día 14 de mayo
de 2025, se solicitó por esa entidad local la inscripción del escudo y de la bandera
municipal en el Registro Andaluz de Entidades Locales, dando cumplimiento a lo
establecido en el artículo 17 de la expresada ley, en base a los cuales el uso de los
símbolos de las Entidades Locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar
hasta que no estén inscritos en el referido registro.
Examinada la solicitud, se ha comprobado el cumplimiento de los requisitos
establecidos en la referida ley y en la Orden de 17 de septiembre de 2010, por la que se
desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Locales.
Esta Secretaría General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2003,
de 9 de octubre, en el artículo 18.6 de la mencionada Orden de 17 de septiembre de 2010,
y en el artículo 7.1.e) del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública,
RESU ELV E
Primero. Admitir la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del
escudo y de la bandera municipal del Ayuntamiento de Beas de Guadix (Granada), con
las descripciones indicadas y con las imágenes que obran en el expediente.
Segundo. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo
en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
00321000
Sevilla, 20 de mayo de 2025.- La Secretaria General, María Luisa Ceballos Casas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 100 - Miércoles, 28 de mayo de 2025
página 7400/2
de similar anchura y tamaño mayor (3:7) respecto a la franja intermedia (1:7), de gules. En
el centro del paño se sitúa superpuesto el escudo municipal.»
Características de esmaltes:
Los esmaltes que componen la bandera de Beas de Guadix son:
• Color blanco (Pantone White) para la franja superior.
• Color de gules (Pantone rojo 7623C) para la franja intermedia.
• Color de sinople (Pantone verde 7730C) para la franja inferior.
• Esmaltes del escudo central: Los especificados en la descripción del escudo.
Mediante escrito con entrada en el Registro de esta Consejería el día 14 de mayo
de 2025, se solicitó por esa entidad local la inscripción del escudo y de la bandera
municipal en el Registro Andaluz de Entidades Locales, dando cumplimiento a lo
establecido en el artículo 17 de la expresada ley, en base a los cuales el uso de los
símbolos de las Entidades Locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar
hasta que no estén inscritos en el referido registro.
Examinada la solicitud, se ha comprobado el cumplimiento de los requisitos
establecidos en la referida ley y en la Orden de 17 de septiembre de 2010, por la que se
desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Locales.
Esta Secretaría General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2003,
de 9 de octubre, en el artículo 18.6 de la mencionada Orden de 17 de septiembre de 2010,
y en el artículo 7.1.e) del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública,
RESU ELV E
Primero. Admitir la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del
escudo y de la bandera municipal del Ayuntamiento de Beas de Guadix (Granada), con
las descripciones indicadas y con las imágenes que obran en el expediente.
Segundo. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo
en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
00321000
Sevilla, 20 de mayo de 2025.- La Secretaria General, María Luisa Ceballos Casas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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