Disposiciones generales. . (2025/100-2)
Orden de 21 de mayo de 2025, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades privadas para la realización de actuaciones de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, para el ejercicio 2025.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 100 - Miércoles, 28 de mayo de 2025
página 7403/13

seguimiento socio-educativo, desde la coordinación con los Servicios Sociales Comunitarios.
PRIORIDAD 2:
6.2. Actividades de promoción y fomento de la cultura gitana en Andalucía, así como divulgación de los valores
de la interculturalidad y animación sociocultural.
6.4. Actividades que fomenten la detección, sensibilización y prevención de la violencia de género en mujeres de
etnia gitana, así como el diseño e implementación de acciones de sensibilización y prevención para hombres de
etnia gitana.
6.5. Actuaciones formativas sobre violencia de género y comunidad gitana destinadas a agentes sociales de la
comunidad, instituciones y profesionales del ámbito de la protección social.
6.7. Programas orientados a la promoción y educación para la salud de la población gitana, con especial
incidencia en las mujeres, que favorezcan la reducción de las desigualdades en salud respecto a la población
general.
PRIORIDAD 3:
6.3. Actividades de promoción de la mujer gitana, mediante acciones de sensibilización dirigidas a garantizar la
igualdad de trato y no discriminación desde todos los ámbitos de intervención.
6.8. Programas orientados al empoderamiento de mujeres gitanas como agentes de promoción integral de la
salud y formación en mediación intercultural de personas profesionales sanitarias.
6.9. Programas de formación en materia de enfoque integrado de género en el ámbito de la comunidad gitana.
6.10. Acciones de sensibilización dirigidas a los hombres para promover la corresponsabilidad en la asunción de
los cuidados familiares.
7. Programas de interés social - Urgencia e inclusión social.

PRIORIDAD 2:
7.3. Personas reclusas y ex-reclusas
b) Programas de atención social dirigidos a personas reclusas, ex-reclusas y sometidas a medidas

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00321003

PRIORIDAD 1:
7.1. Programas de Urgencia
a) Programas destinados a la cobertura de bienes de primera necesidad de las personas y familias más
necesitadas mediante: comedores sociales; entrega de alimentos, ropa y productos de higiene; ayuda
para el pago de recibos de suministros, gastos sanitarios, así como aquellos gastos imprevistos de las
familias más vulnerables.
b) Programas de mediación, apoyo y asesoramiento para las personas y familias vulnerables con el fin de
prevenir la exclusión residencial que pueda derivar en situaciones de extrema necesidad. Se contemplan
actuaciones de acompañamiento social a familias en actuaciones de realojamiento o de acceso a vivienda
normalizada, el pago de recibos de alquileres y de estancias cortas en alojamientos (hostales, pensiones,
otros) y la mediación para el alquiler de viviendas.
7.2. Personas sin hogar
a) Programas de atención en centros residenciales a personas sin hogar que fomenten la autonomía y la
desinstitucionalización.
b) Atención en centros de día y centros de baja exigencia para personas sin hogar.
c) Programas de acompañamiento en calle, por equipos multidisciplinares, para la atención a personas
sin hogar.
d) Programas dirigidos a la prevención y superación de las causas que originan situaciones. de
sinhogarismo, con especial atención a la mayor vulnerabilidad de las mujeres.
7.3. Personas reclusas y ex-reclusas
a) Programas de apoyo a la reinserción social de personas ex-reclusas mediante soluciones
habitacionales.