Disposiciones generales. . (2025/98-1)
Resolución de 20 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se convocan, para el año 2025, las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, correspondientes a la Línea 1. Fomento del Empleo en Cooperativas y Sociedades Laborales, regulada en la Orden de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, de 6 de junio de 2014, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa de Apoyo a la Promoción y el Desarrollo de la Economía Social para el Empleo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 98 - Lunes, 26 de mayo de 2025

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ANEXO I

9. CRITERIOS DE VALORACIÓN. AUTOBAREMO
9.1 Empleo Generado. Se valora el número de personas incorporadas susceptibles de ser subvencionadas.
- Nº Personas incorporadas susceptibles de ser subvencionadas:

personas

puntos

9.2 Colectivos Preferentes. La puntuación será la media aritmética de las puntuaciones obtenidas por cada persona incorporada
susceptible de ser subvencionada (solo se puntuará a cada persona por su inclusión en una de las siguientes situaciones)
- Personas en situación de exclusión social.

personas

puntos

- Personas desempleadas de larga duración.

personas

puntos

- Mujeres que se incorporen en los 24 meses siguientes a la fecha del parto, adopción o acogimiento.

personas

puntos

TOTAL

puntos

9.3 Edad. La puntuación será la media aritmética de las puntuaciones obtenidas por cada persona incorporada susceptible de ser
subvencionada.
- Personas menores de 35 años.

personas

puntos

- Personas a partir de 45 años.

personas

puntos

TOTAL

puntos

9.4 Situación Laboral Previa. La puntuación será la media aritmética de las puntuaciones obtenidas por cada persona incorporada
susceptible de ser subvencionada.
- Personas en situación de desempleo.

personas

puntos

TOTAL AUTOBAREMO

puntos

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

00320849

002177/5W

PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA

9.5 Criterios de desempate. Se valorará la incorporación de mujeres y la realización por parte de la entidad de cursos formativos
dirigidos a sus trabajadores, conforme a lo que se disponga a continuación:

https://www.juntadeandalucia.es/eboja