Disposiciones generales. . (2025/98-5)
Orden de 24 de abril de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para la creación de Unidades Activas de Ejercicio Físico previstas en el Plan Andaluz de Prescripción de Ejercicio Físico (Andalucía en Forma), dentro del marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se efectúa su convocatoria.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 98 - Lunes, 26 de mayo de 2025

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que actuará/n:
En uso de las competencias atribuidas por el artículo:
de
Por delegación de: Por delegación de la persona titular de la Consejería de Cultura y Deporte, de acuerdo

Órgano/s colegiado/s:

con lo dispuesto en la Disposición Adicional Primera de esta orden.

No
Si
Denominación:
Funciones:
Análisis de las solicitudes.
Propuesta provisional de resolución.
Análisis de las alegaciones y documentos presentados.
Propuesta definitiva de resolución.
Otras funciones:
Composición:
Presidencia:
Vocalías:

Secretaría:

Las funciones que estas bases reguladoras atribuyen al órgano gestor serán ejercidas por :
La Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte.

Otras funciones a desempeñar por órganos o unidades distintas de los anteriores:

13.- Dirección electrónica de acceso restringido al estado de tramitación del procedimiento (Artículo 16).

Las personas o entidades que tengan la consideración de interesadas en este procedimiento de concesión de subvenciones, podrán conocer el estado de
tramitación del mismo, a través la siguiente dirección electrónica:
https://www.juntadeandalucia.es/deporte/dpweb/buscadorOV

14.- Documentación (Artículo 10 y 17):

14.a) Documentación acreditativa a presentar junto con el formulario Anexo II:

En el formulario de Anexo I (Solicitud) deberá constar la siguiente información:
a) Los datos identificativos de la entidad solicitante y de quien la represente.
b) A efectos de remitir el aviso de información sobre la puesta a disposición de una notificación
en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Junta de Andalucía, dispositivo electrónico y/o la
dirección de correo electrónico de la entidad solicitante.
c) Declaración responsable de la persona solicitante de la subvención mediante la que manifieste,
bajo su responsabilidad, lo siguiente:
1º. Que cumple con los requisitos exigidos para obtener la condición de persona beneficiaria de las
subvenciones reguladas en las presentes bases.
2º. Que no se halla incursa en ninguna de las circunstancias que prohíben obtener la condición de persona
beneficiaria, de conformidad con lo establecido en estas bases, dejando a salvo lo dispuesto en el
epígrafe 4.d), sobre la excepción del requisito de estar al corriente en el cumplimiento de las
obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social, así como del requisito del requisito de hallarse
al corriente de pago por reintegro de subvenciones anteriores, y de no tener deudas en periodo ejecutivo
de cualquier otro ingreso de Derecho Público de la Junta de Andalucía.
3º. Que son veraces todos los datos reflejados en la solicitud.
4º. Que se compromete, en caso de resultar beneficiaria de la subvención, a someterse a las actuaciones de
verificación y control a realizar por la Dirección General de Fondos Europeos, por la Comisión Europea,
por el Tribunal de Cuentas Europeo y por la Intervención General de la Junta de Andalucía.

6º. Que no han solicitado o recibido otras ayudas para la misma actuación o finalidad o, si las han
solicitado, se indique el importe de la subvención solicitada u obtenida, así como la Administración,
organismo o entidad pública concedente, así como comprometerse a informar de las que pudiera solicitar u
obtener durante la tramitación de estas ayudas.
7º. La aceptación de la persona solicitante, para el supuesto de ser beneficiaria, a ser incluida en la
lista de operaciones publicada de conformidad con lo previsto en el artículo 115.2 del Reglamento (UE)

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00320816

5º. Que se garantizará el pleno cumplimiento del principio de «no causar un perjuicio significativo al
medio ambiente» en el sentido establecido en el apartado 6) del artículo 2 del Reglamento (UE) 2021/241
del Parlamento europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021.