3. Otras disposiciones. . (2025/98-33)
Orden de 19 de mayo de 2025, por la que se establecen, mediante actuaciones de deslinde y de replanteo, los datos identificativos de la línea delimitadora entre los términos municipales de Albaida del Aljarafe y de Sanlúcar la Mayor, ambos en la provincia de Sevilla.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 98 - Lunes, 26 de mayo de 2025

página 7247/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Orden de 19 de mayo de 2025, por la que se establecen, mediante actuaciones
de deslinde y de replanteo, los datos identificativos de la línea delimitadora
entre los términos municipales de Albaida del Aljarafe y de Sanlúcar la Mayor,
ambos en la provincia de Sevilla.
HECHOS

Segundo. Con fecha 20.3.2025 se emite por el IECA informe unificado de deslinde y
de replanteo, indicándose en el mismo que se han empleado como documentos jurídicos
básicos acreditativos de la delimitación:
- Acta de 18 de marzo de 1872, de la operación practicada para reconocer y señalar
los mojones de término comunes a los municipios de Albaida del Aljarafe y de Sanlúcar la
Mayor, pertenecientes ambos a la provincia de Sevilla.
- Orden de 28 de julio de 2017, por la que se establecen, mediante actuaciones de
replanteo, los datos identificativos de la línea que delimita los términos municipales de
Albaida del Aljarafe y Olivares, ambos en la provincia de Sevilla (BOJA núm. 147, de
2.8.2017).
De la referida documentación se concluye que la línea límite Albaida del AljarafeSanlúcar la Mayor se halla conformada por un total de 19 puntos de amojonamiento.
Los mojones trigéminos inicial PA1 y final PA19 son comunes a los municipios de
Albaida del Aljarafe, de Sanlúcar la Mayor y de Olivares. En la Orden antes citada, de 28
de julio de 2017, se encuentran georreferenciadas las coordenadas de ambos puntos de
amojonamiento, establecidas según el vigente sistema geodésico de referencia ETRS89
(Real Decreto 1071/2007, de 27 de julio, por el que se regula el sistema geodésico de
referencia oficial en España).
Asistieron a las actuaciones de delimitación realizadas el 18 de marzo de 1872, los
comisionados del municipio de Albaida del Aljarafe. No asistieron los comisionados del
municipio de Sanlúcar la Mayor.
En consecuencia, la línea delimitadora entre los municipios de Albaida del Aljarafe y
de Sanlúcar la Mayor debe calificarse como parcialmente definitiva, siendo definitivos los
puntos de amojonamiento PA1 y PA19, hallándose además georreferenciados; y siendo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00320847

Primero. De acuerdo con lo establecido en los artículos 9.3 y 10.3 del Decreto
157/2016, de 4 de octubre, por el que se regula el deslinde de los términos municipales
de Andalucía y se establecen determinadas disposiciones relativas a la demarcación
municipal y al Registro Andaluz de Entidades Locales, con fecha 23.1.2025 la persona
titular de la Secretaría General de Administración Local dictó Resolución de inicio de
las actuaciones de delimitación para establecer los datos identificativos de la línea entre
los términos municipales de Albaida del Aljarafe y de Sanlúcar la Mayor, ambos en la
provincia de Sevilla.
En virtud de los mismos preceptos, con fecha 24.1.2025 se notificó dicha Resolución
de inicio al Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía (IECA en adelante),
pidiéndole la emisión del preceptivo informe sobre la citada línea.
Al amparo de los principios de cooperación, colaboración y coordinación entre las
Administraciones Públicas, contemplados en el artículo 3.1.k) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la Resolución de inicio fue notificada a
los municipios interesados así como a la Diputación Provincial de Sevilla.