3. Otras disposiciones. . (2025/97-27)
Resolución de 8 de mayo de 2025, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se avoca la competencia del Director General de Gestión Económica y Servicios para la adjudicación del expediente de contratación, por procedimiento negociado sin publicidad, para el suministro de equipamiento para el tratamiento rehabilitador mediante exoesqueletos pediátricos para la marcha en los centros sanitarios dependientes del Servicio Andaluz de Salud, y se delega en la persona titular de la Dirección Gerencia del Hospital Universitario Reina Sofía de Córdoba.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 97 - Viernes, 23 de mayo de 2025
página 7078/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
Resolución de 8 de mayo de 2025, de la Dirección Gerencia del Servicio
Andaluz de Salud, por la que se avoca la competencia del Director General
de Gestión Económica y Servicios para la adjudicación del expediente de
contratación, por procedimiento negociado sin publicidad, para el suministro
de equipamiento para el tratamiento rehabilitador mediante exoesqueletos
pediátricos para la marcha en los centros sanitarios dependientes del Servicio
Andaluz de Salud, y se delega en la persona titular de la Dirección Gerencia del
Hospital Universitario Reina Sofía de Córdoba.
La Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud del Servicio Andaluz
de Salud propone la celebración de un procedimiento abierto para la contratación del
suministro de equipamiento para el tratamiento rehabilitador mediante exoesqueletos
pediátricos para la marcha en los centros sanitarios dependientes del Servicio Andaluz
de Salud.
Al tratarse de productos de uso común para todos los centros y con especificaciones
técnicas comunes a todos ellos se considera idóneo promover, por parte del Servicio
Andaluz de Salud, un único expediente de contratación para el suministro de estos
bienes, por procedimiento negociado sin publicidad, que permite armonizar, para todos
los centros receptores del equipamiento, las condiciones de su adquisición.
La Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud tiene delegada la competencia
para contratar en la Dirección General de Gestión Económica y Servicios, en aquellos
contratos cuya cuantía sea inferior a doce millones de euros en el ámbito de los Servicios
Centrales, de conformidad con el artículo 3.1.a) de la Resolución de 20 de enero de
2022, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se delegan
competencias en diferentes órganos.
Por razones de índole técnica y de eficiencia operativa se aconseja que la tramitación
del expediente de contratación, por procedimiento negociado sin publicidad, para el
Suministro de equipamiento para el tratamiento rehabilitador mediante exoesqueletos
pediátricos para la marcha en los centros sanitarios dependientes del Servicio Andaluz
de Salud, se lleve a cabo por la persona titular de la Dirección Gerencia del Hospital
Universitario Reina Sofía de Córdoba, previa avocación de las competencias delegadas
en la Dirección General de Gestión Económica, y delegación de la competencia al citado
centro para la adquisición de bienes con destino otros centros del Servicio Andaluz de
Salud y de otras provincias, con el crédito que se le asigne.
Por lo expuesto, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 69 de la Ley 2/1998,
de 15 de junio, de Salud de Andalucía, en relación el Decreto 198/2024, de 3 de septiembre,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, y de
acuerdo con lo previsto en los artículos 101 y 103 de la de la Ley 9/2007, de 22 de octubre,
de la Administración de la Junta de Andalucía,
Primero. Avocar las competencias de la persona titular de la Dirección General
de Gestión Económica y Servicios para la tramitación del expediente de contratación,
por procedimiento negociado sin publicidad, para el Suministro de equipamiento para
el tratamiento rehabilitador mediante exoesqueletos pediátricos para la marcha en los
centros sanitarios dependientes del Servicio Andaluz de Salud.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00320677
RESU ELVO
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 97 - Viernes, 23 de mayo de 2025
página 7078/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
Resolución de 8 de mayo de 2025, de la Dirección Gerencia del Servicio
Andaluz de Salud, por la que se avoca la competencia del Director General
de Gestión Económica y Servicios para la adjudicación del expediente de
contratación, por procedimiento negociado sin publicidad, para el suministro
de equipamiento para el tratamiento rehabilitador mediante exoesqueletos
pediátricos para la marcha en los centros sanitarios dependientes del Servicio
Andaluz de Salud, y se delega en la persona titular de la Dirección Gerencia del
Hospital Universitario Reina Sofía de Córdoba.
La Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud del Servicio Andaluz
de Salud propone la celebración de un procedimiento abierto para la contratación del
suministro de equipamiento para el tratamiento rehabilitador mediante exoesqueletos
pediátricos para la marcha en los centros sanitarios dependientes del Servicio Andaluz
de Salud.
Al tratarse de productos de uso común para todos los centros y con especificaciones
técnicas comunes a todos ellos se considera idóneo promover, por parte del Servicio
Andaluz de Salud, un único expediente de contratación para el suministro de estos
bienes, por procedimiento negociado sin publicidad, que permite armonizar, para todos
los centros receptores del equipamiento, las condiciones de su adquisición.
La Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud tiene delegada la competencia
para contratar en la Dirección General de Gestión Económica y Servicios, en aquellos
contratos cuya cuantía sea inferior a doce millones de euros en el ámbito de los Servicios
Centrales, de conformidad con el artículo 3.1.a) de la Resolución de 20 de enero de
2022, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se delegan
competencias en diferentes órganos.
Por razones de índole técnica y de eficiencia operativa se aconseja que la tramitación
del expediente de contratación, por procedimiento negociado sin publicidad, para el
Suministro de equipamiento para el tratamiento rehabilitador mediante exoesqueletos
pediátricos para la marcha en los centros sanitarios dependientes del Servicio Andaluz
de Salud, se lleve a cabo por la persona titular de la Dirección Gerencia del Hospital
Universitario Reina Sofía de Córdoba, previa avocación de las competencias delegadas
en la Dirección General de Gestión Económica, y delegación de la competencia al citado
centro para la adquisición de bienes con destino otros centros del Servicio Andaluz de
Salud y de otras provincias, con el crédito que se le asigne.
Por lo expuesto, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 69 de la Ley 2/1998,
de 15 de junio, de Salud de Andalucía, en relación el Decreto 198/2024, de 3 de septiembre,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, y de
acuerdo con lo previsto en los artículos 101 y 103 de la de la Ley 9/2007, de 22 de octubre,
de la Administración de la Junta de Andalucía,
Primero. Avocar las competencias de la persona titular de la Dirección General
de Gestión Económica y Servicios para la tramitación del expediente de contratación,
por procedimiento negociado sin publicidad, para el Suministro de equipamiento para
el tratamiento rehabilitador mediante exoesqueletos pediátricos para la marcha en los
centros sanitarios dependientes del Servicio Andaluz de Salud.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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RESU ELVO