Autoridades y personal. . (2025/97-22)
Resolución de 16 de mayo de 2025, de la Presidencia del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica, por la que se efectúa la convocatoria de contratos laborales en el marco de proyectos específicos de I+D+F.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 97 - Viernes, 23 de mayo de 2025
página 7183/5

Quinto. Condiciones del contrato.
1. Con la persona que resulte seleccionada se formalizará un contrato de duración
determinada de conformidad con lo establecido en la disposición adicional quinta del Real
Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la
garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo.
2. La duración del contrato será la estimada en el Anexo I. Dicha duración, así como,
en su caso, la de sus posibles prórrogas, estará supeditada a la financiación y vigencia del
proyecto correspondiente.
3. Las retribuciones que percibirá la persona con la que se formalice el contrato serán
las establecidas en la resolución de la Presidencia del IFAPA para el personal técnico
e investigador correspondiente y que tiene su fundamento en el artículo 15.2 de la Ley
1/2003, de 10 de abril, de creación del IFAPA.
4. Los contratos de trabajo se ajustarán a lo dispuesto en la resolución de convocatoria,
en la disposición adicional quinta del Real Decreto-ley 32/2021, en la Ley 1/2003, de
creación del IFAPA, y en las demás normas de general y particular aplicación.
5. El personal con quien se formalice el contrato de trabajo ajustará su actividad a
las funciones y tareas propias del proyecto o actividad de I+D+F en que se enmarca su
contrato. Además, al estar financiados por Fondos Europeos, se deberá hacer constar en
todos los trabajos y estudios que se realicen.
6. Si con posterioridad a la formalización del contrato, la persona contratada
renunciase al mismo, podrá formalizarse un nuevo contrato, previa resolución favorable
de la Presidencia del IFAPA, con la persona suplente correspondiente en función de la
puntuación otorgada en el procedimiento de selección, por el tiempo que reste de duración
del proyecto o actividad de I+D+F en que se enmarca, estando sujeta, en todo caso, la
duración del mismo a la financiación del proyecto correspondiente.
7. Se establece un periodo de prueba en el contrato. Durante dicho periodo, se podrá
extinguir el mismo de forma unilateral por el IFAPA, a petición de la Dirección del centro
donde esté ubicado el puesto de trabajo, previa propuesta del proponente del contrato,
pudiendo formalizarse un nuevo contrato, tras la resolución favorable de la Presidencia del
IFAPA, con la persona suplente correspondiente en función de la puntuación otorgada en
el procedimiento de selección, por el tiempo que reste de duración del proyecto o actividad
de I+D+F en que se enmarca, estando sujeta en todo caso la duración del mismo, a la
financiación del proyecto correspondiente.
Sexto. Financiación.
La financiación de los contratos objeto de esta convocatoria se refleja en el Anexo I.

Octavo. Recursos.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer
recurso potestativo de reposición ante este órgano en el plazo de un mes contado a partir del
día siguiente a la publicación de la misma, o interponer directamente el recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la notificación de este
acto ante el órgano judicial pertinente, de conformidad con lo previsto en los artículos 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 16 de mayo de 2025.- La Presidenta, Marta Bosquet Aznar.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Séptimo. Incorporación del personal seleccionado.
En la resolución de adjudicación del contrato se indicará la fecha de incorporación de la
persona seleccionada, así como la fecha de extinción de su contrato.