Disposiciones generales. . (2025/97-2)
Extracto de la Resolución de 27 de abril de 2025, de la Agencia Digital de Andalucía, por la que se convoca la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la dinamización de centros de competencias digitales durante el ejercicio 2025, al amparo de la Orden de 9 de noviembre de 2021. Líneas Puntos Vuela Ayuntamientos y ELA (Entidades Locales Autónomas).
<< 15 << Página 15
Página 16 Pág. 16
-
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 97 - Viernes, 23 de mayo de 2025
página 7202/16

se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia no competitiva, dirigidas a municipios y entidades locales autónomas de
Andalucía en situación de brecha digital y a entidades asociativas sin ánimo de lucro en
zonas desfavorecidas de Andalucía, para la dinamización de centros de competencias
digitales (BOJA núm. 218, de 12 de noviembre de 2021).
Quinto. Importe.
La dotación de cada una de las líneas es la que se establece en el apartado primero
del presente extracto de la convocatoria.
La cuantía de la subvención para esta convocatoria consistirá en un importe mínimo,
para cada grupo de municipios o entidad local autónoma, de conformidad con el grupo
al que corresponda el municipio o la Entidad Local Autónoma correspondiente. El citado
importe es el siguiente:
- Grupo A: 9.783,16 euros.
- Grupo B: 15.453,12 euros.
- Grupo C: 8.309,82 euros.
El pago se realizará en un único libramiento, por la cuantía total de la subvención
concedida, una vez dictada la resolución de concesión. Dicho pago se hará efectivo
durante el año 2025.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes es de diez días hábiles a contar desde el día
siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el presente
extracto, previsto en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el
presente BOJA junto a la convocatoria e igualmente pueden consultarse en el Catálogo
de Procedimientos y Servicios de la página web de la Junta de Andalucía en la dirección:
Para la línea Puntos Vuela Ayuntamientos:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24815.html
Para la línea Puntos Vuela Entidades Locales Autónomas (ELA):
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24816.html

00320802

El Director Gerente, Raúl Jiménez Jiménez.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja