Autoridades y personal. . (2025/93-32)
Resolución de 13 de mayo de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se ofertan plazas para que las personas seleccionadas y aquellas que integran la relación complementaria realicen petición de destino y aporten la documentación preceptiva en relación al proceso selectivo para el acceso a la condición de personal laboral fijo, por el sistema de concurso-oposición, en la categoría profesional de Monitor/a Ocupacional, correspondiente al Grupo II, para las plazas vinculadas a Ofertas de Empleo Público 2020 y 2021 de carácter ordinario, convocadas por Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 93 - Lunes, 19 de mayo de 2025

página 6825/2

mencionado formulario según requerimiento de la citada base se incorporará la siguiente
documentación:
a) Certificado médico acreditativo de poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas correspondientes a la categoría profesional concreta, considerándose
válidos bien certificado médico oficial dictado por el Consejo General de la Organización
Médica Colegial y expedido por personal médico colegiado, bien certificación expedida
por médico/a de familia del Servicio Andaluz de Salud (en el modelo configurado por
el Sistema DIRAYA) o por personal facultativo del Sistema Nacional de Salud que
corresponda a la persona interesada.
En el supuesto de que la persona a contratar se encuentre desempeñando puesto
de trabajo propio de la categoría profesional a la que opta, será suficiente la aportación
de declaración responsable de que se posee la capacidad funcional necesaria para el
desempeño de las tareas propias o habituales de la categoría profesional (se adjunta
modelo).
b) Título académico oficial expedido por la autoridad competente de acuerdo con lo
exigido en la base segunda de la resolución de convocatoria, según se especifica en su
Anexo III. Las titulaciones académicas oficiales de carácter universitario se acreditarán
con el título expedido, con la certificación supletoria provisional o con la credencial
de homologación o equivalencia expedida por el Ministerio competente en materia de
educación.
A estos efectos, deberá incorporarse copia electrónica auténtica del título académico
oficial o, en su defecto, copia del mismo acompañada del documento obtenido a través de
la «Consulta de Títulos Universitarios Oficiales» en la sede electrónica del Ministerio de
Educación y Formación Profesional.
2. La presentación electrónica se podrá realizar de la siguiente forma:
a) Desde fuera de la red corporativa de la Junta de Andalucía, con certificado digital.
b) Desde dentro de la red corporativa de la Junta de Andalucía, indistintamente con
certificado digital o bien con usuario y clave privada de acceso.
Una vez realizada la presentación telemática, ésta no podrá ser modificada en
ningún caso, sin perjuicio de que pueda presentarse una nueva petición de destino
dentro de plazo, en cuyo caso la primera quedará sin efecto; con la presentación se
generará automáticamente un justificante de la recepción de los documentos electrónicos
presentados, en el que se dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al
documento, así como fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación y su
no rechazo. Dicho justificante servirá de acreditación de su correcta presentación.
Tercero. Los destinos se adjudicarán de acuerdo con el orden de puntuación obtenido
y conforme al orden de preferencia establecido en el formulario de petición de destino
que figura anexo a la presente resolución, sin perjuicio de que éste pueda verse alterado
como consecuencia del cumplimiento de una resolución administrativa o judicial derivada
del proceso selectivo.
En cualquier caso, si la persona seleccionada o la integrante de la relación
complementaria no presentase la documentación a que se refiere el apartado segundo
de la presente resolución, o no pidiese puestos en número suficiente, se entenderá que
desiste de su derecho a ser seleccionada en el presente proceso selectivo, quedando
anuladas todas sus actuaciones; igualmente, serán anuladas las actuaciones si
incorporase documentación que no resultara acreditativa de los requisitos exigidos.

00320425

Sevilla, 13 de mayo de 2025.- El Director General, Antonio Parralo Vegazo.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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