3. Otras disposiciones. . (2025/92-41)
Resolución de 13 de mayo de 2025, de la Universidad de Jaén, de declaración de días inhábiles en 2025 a los efectos del cómputo de plazos en los procedimientos administrativos de gestión propia de la Universidad.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 92 - Viernes, 16 de mayo de 2025
página 6775/1

3. Otras disposiciones
UNIVERSIDADES
Resolución de 13 de mayo de 2025, de la Universidad de Jaén, de declaración
de días inhábiles en 2025 a los efectos del cómputo de plazos en los
procedimientos administrativos de gestión propia de la Universidad.
La Universidad de Jaén, en cuanto entidad de derecho público, es competente para
organizar el tiempo de trabajo del personal a su servicio, según lo establecido en los
artículos 47 y 51 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en relación con lo
dispuesto en el artículo 37.1.m) de dicha norma, que recoge como materias objeto de
negociación las referidas a calendario laboral, horarios, jornadas, vacaciones y permisos.
En desarrollo de esta previsión legal, Gerencia comunicó, con fecha de 28 de marzo de
2025, el acuerdo adoptado por la Mesa Técnica de Trabajo del Reglamento de Jornadas,
Permisos y Licencias del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios,
por el que se recoge el calendario laboral para 2025. En dicho calendario se establece
que, debido a la inactividad de los servicios y por razones de optimización de los recursos
materiales, de ahorro energético y del periodo vacacional de disfrute continuado, se
suspenderá la actividad laboral durante determinados periodos, permaneciendo cerrados
todos los centros, servicios y unidades de la Universidad de Jaén, a excepción de los
servicios autorizados por la Gerencia.
Por su parte, el artículo 31 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dispone que la sede electrónica
del registro de cada Administración Pública u Organismo determinará los días que se
considerarán inhábiles. Éste será el único calendario de días inhábiles que se aplicará
a efectos del cómputo de plazos en los registros electrónicos, debiendo publicarse en el
diario oficial que corresponda, así como en otros medios de difusión que garanticen su
conocimiento generalizado.
En consecuencia, con objeto de posibilitar el cumplimiento de los plazos fijados en
los procedimientos administrativos y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, este Rectorado, en uso de las facultades que le atribuyen la
Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y los Estatutos de la
Universidad de Jaén, aprobados por Decreto 230/2003, de 29 de julio (BOJA núm. 152,
de 8.8.2003), modificados por el Decreto 235/2011, de 12 de julio (BOJA núm 147, de
28.7.2011),

Primero. Declarar inhábiles los días comprendidos en los siguientes períodos a
efectos del cómputo de plazos, en los expedientes de contratación y los procedimientos
administrativos de gestión propia cuya resolución corresponda a la Universidad de
Jaén, tanto para la presentación de solicitudes como para la realización de trámites o su
resolución y notificación del acto administrativo de que se trate:
- El periodo comprendido entre los días 4 y 22 de agosto de 2025, ambos inclusive.
- El periodo comprendido entre los días 22 de diciembre de 2025 y 6 de enero de
2026, ambos inclusive.
Las solicitudes presentadas en un día inhábil, ya sea de forma presencial en la Oficina
de Registro General, que preste servicio durante los periodos de cierre de instalaciones
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00320375

HA RESUELTO