3. Otras disposiciones. . (2025/91-35)
Resolución de 22 de abril de 2025, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Huelva, por la que se concede autorización administrativa previa del proyecto de instalación de producción de energía que se cita. (PP. 885/2025).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 91 - Jueves, 15 de mayo de 2025
página 5855/2
Quinto. Asimismo, tal y como establece el citado Título VII del citado Real Decreto
1955/2000, de 1 de diciembre, se dio traslado por plazo de treinta (30) días de la solicitud
y documentos técnicos y de síntesis del Estudio de Impacto Ambiental, a la serie de
organismos que a continuación se enumeran, ya que según declara el promotor de la
instalación, pueden verse afectados por el procedimiento de referencia, a fin de que éstos
se pronunciaran al efecto y emitieran el informe y, en su caso, condicionado técnico que
correspondiera:
• Ayuntamiento de Isla Cristina.
• Ayuntamiento de Villablanca.
• Edistribución Redes Digitales, S.L.U.
• Unidad de Carreteras del Estado.
• Sv. Bienes Culturales y Protección del Patrimonio.
• Oficina de Ordenación del Territorio.
• Sv. Gestión Dominio Público Hidráulico y Calidad de Aguas.
El Sv. de Bienes Culturales en su informe técnico emitido el 6 de octubre de 2022
sobre el expediente 402/2022, manifiesta lo siguiente:
[…] una vez consultada la información obrante en esta Delegación Territorial, la planta
solar fotovoltaica de La Juncosa no se encuentra próxima a yacimientos arqueológicos
conocidos. En conclusión, no se estima necesario la realización de cautelas arqueológicas.
Asimismo, le recordamos que si durante el transcurso de cualquier actividad
relacionada con el proyecto de referencia se produjera un hallazgo arqueológico casual,
será obligada la comunicación a la Delegación Territorial competente en materia de
Cultura y Patrimonio Histórico en el transcurso de 24 horas, en los términos del artículo
50 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, y tal
y como establece el artículo 81.1 del Decreto 19/1995, de 7 de febrero, por el que se
aprueba el Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía.
En el informe del Excmo. Ayuntamiento de Isla Cristina, expediente núm.: 3230/2024:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00319456
(Huelva), la cual se conectará a la subestación existente «Isla Cristina 66 kV», propiedad
de Endesa Distribución Eléctrica, S.L., a través de una subestación transformadora
particular de 30/66 kV, y una línea de alta tensión cuya traza atravesará parte de los
términos municipales de Villablanca e Isla Cristina.
II. Que el proyecto se tramita ante la Delegación Territorial a la que nos dirigimos con
núm. de expediente AU-1868 (AAU/HU/017/21).
III. Que el proyecto consta ya de las siguientes autorizaciones y permisos:
a) Autorización administrativa previa (AAP), mediante Resolución favorable de 31 de
enero de 2022.
b) Autorización administrativa de construcción (AAC), por Resolución de 3 de julio de 2023.
c) Autorización ambiental unificada (AAU), por Resolución de 23 de noviembre de 2021.
d) Declaración de utilidad pública (DUP), por Resolución de 2 de mayo de 2024. […]
[…] Odouri ha estado en contacto con la promotora, a fin de alcanzar un acuerdo
amistoso, que permita a ambas partes compaginar el proyecto y la planta La Juncosa,
estando la tramitación del proyecto en un estado mucho más avanzado, habiendo ya
obtenido la correspondiente DUP en el expediente AU-1868 (AAU/HU/017/21), que se
tramita ante la Delegación Territorial a la que nos dirigimos.[…]
[…] Se ponen de manifiesto los siguientes condicionados generales, todo ello sin
perjuicio de las modificaciones en el proyecto de La Juncosa que las partes pudieran
acordar: [...]
Teniendo en cuenta lo anterior y la falta de respuesta por parte de la entidad La Gloria
Solar PV sobre lo alegado por Odouri Solar, se estiman las alegaciones presentadas por
Odouri Solar, S.L.U., debiendo el promotor cumplir con los condicionantes establecidos
en el escrito de alegaciones de fecha 13 de septiembre de 2024.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 91 - Jueves, 15 de mayo de 2025
página 5855/2
Quinto. Asimismo, tal y como establece el citado Título VII del citado Real Decreto
1955/2000, de 1 de diciembre, se dio traslado por plazo de treinta (30) días de la solicitud
y documentos técnicos y de síntesis del Estudio de Impacto Ambiental, a la serie de
organismos que a continuación se enumeran, ya que según declara el promotor de la
instalación, pueden verse afectados por el procedimiento de referencia, a fin de que éstos
se pronunciaran al efecto y emitieran el informe y, en su caso, condicionado técnico que
correspondiera:
• Ayuntamiento de Isla Cristina.
• Ayuntamiento de Villablanca.
• Edistribución Redes Digitales, S.L.U.
• Unidad de Carreteras del Estado.
• Sv. Bienes Culturales y Protección del Patrimonio.
• Oficina de Ordenación del Territorio.
• Sv. Gestión Dominio Público Hidráulico y Calidad de Aguas.
El Sv. de Bienes Culturales en su informe técnico emitido el 6 de octubre de 2022
sobre el expediente 402/2022, manifiesta lo siguiente:
[…] una vez consultada la información obrante en esta Delegación Territorial, la planta
solar fotovoltaica de La Juncosa no se encuentra próxima a yacimientos arqueológicos
conocidos. En conclusión, no se estima necesario la realización de cautelas arqueológicas.
Asimismo, le recordamos que si durante el transcurso de cualquier actividad
relacionada con el proyecto de referencia se produjera un hallazgo arqueológico casual,
será obligada la comunicación a la Delegación Territorial competente en materia de
Cultura y Patrimonio Histórico en el transcurso de 24 horas, en los términos del artículo
50 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, y tal
y como establece el artículo 81.1 del Decreto 19/1995, de 7 de febrero, por el que se
aprueba el Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía.
En el informe del Excmo. Ayuntamiento de Isla Cristina, expediente núm.: 3230/2024:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00319456
(Huelva), la cual se conectará a la subestación existente «Isla Cristina 66 kV», propiedad
de Endesa Distribución Eléctrica, S.L., a través de una subestación transformadora
particular de 30/66 kV, y una línea de alta tensión cuya traza atravesará parte de los
términos municipales de Villablanca e Isla Cristina.
II. Que el proyecto se tramita ante la Delegación Territorial a la que nos dirigimos con
núm. de expediente AU-1868 (AAU/HU/017/21).
III. Que el proyecto consta ya de las siguientes autorizaciones y permisos:
a) Autorización administrativa previa (AAP), mediante Resolución favorable de 31 de
enero de 2022.
b) Autorización administrativa de construcción (AAC), por Resolución de 3 de julio de 2023.
c) Autorización ambiental unificada (AAU), por Resolución de 23 de noviembre de 2021.
d) Declaración de utilidad pública (DUP), por Resolución de 2 de mayo de 2024. […]
[…] Odouri ha estado en contacto con la promotora, a fin de alcanzar un acuerdo
amistoso, que permita a ambas partes compaginar el proyecto y la planta La Juncosa,
estando la tramitación del proyecto en un estado mucho más avanzado, habiendo ya
obtenido la correspondiente DUP en el expediente AU-1868 (AAU/HU/017/21), que se
tramita ante la Delegación Territorial a la que nos dirigimos.[…]
[…] Se ponen de manifiesto los siguientes condicionados generales, todo ello sin
perjuicio de las modificaciones en el proyecto de La Juncosa que las partes pudieran
acordar: [...]
Teniendo en cuenta lo anterior y la falta de respuesta por parte de la entidad La Gloria
Solar PV sobre lo alegado por Odouri Solar, se estiman las alegaciones presentadas por
Odouri Solar, S.L.U., debiendo el promotor cumplir con los condicionantes establecidos
en el escrito de alegaciones de fecha 13 de septiembre de 2024.