3. Otras disposiciones. . (2025/91-40)
Resolución de 12 de mayo de 2025, de la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud del Servicio Andaluz de Salud, por la que se declaran las oficinas de farmacia a las que se aplicará en 2025 el índice corrector previsto en el artículo 2.8 del Real Decreto 823/2008, de 16 de mayo.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 91 - Jueves, 15 de mayo de 2025
página 6706/6
ANEXO II
OFICINAS DE FARMACIA EN LAS QUE NO CONCURREN ALGUNO DE LOS
REQUISITOS EXIGIDOS EN EL ARTÍCULO 2.8 DEL REAL DECRETO 823/2008 Y/O
EN LA INSTRUCCIÓN SEGUNDA DE LA ORDEN DE 30 DE MARZO DE 2015
ALMERÍA
Número de
identificación de
Centro Autorizado
(NICA)
19215
18819
Apellidos y nombre del solicitante
SÁNCHEZ JIMÉNEZ, MARÍA DEL
ROSARIO
CÁDIZ PARRA, MARÍA
MAGDALENA
Municipio de la
oficina de farmacia
ALMÓCITA
LAROYA
Motivos por los que se deniegan las
solicitudes
06. Ventas en 2024, cuyo cálculo anual
supera 235.000 €
04. No cumple requisito del punto b) de la
instrucción segunda de la Orden
00320306
Motivos por los que se deniegan las solicitudes:
01. Solicitud fuera de plazo.
02. Formulario de solicitud no presentado o mal cumplimentado.
03. No cumple requisito punto a) de la instrucción segunda de la orden.
04. No cumple requisito del punto b) de la instrucción segunda de la orden.
05. No cumple requisito del punto c) de la instrucción segunda de la orden.
06. Ventas en 2024, cuyo cálculo anual supera 235.000 €.
07. No aporta datos económicos suficientes para determinar ventas anuales.
08. La población del núcleo donde se encuentra supera los 1.500 habitantes.
09. Otros motivos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 91 - Jueves, 15 de mayo de 2025
página 6706/6
ANEXO II
OFICINAS DE FARMACIA EN LAS QUE NO CONCURREN ALGUNO DE LOS
REQUISITOS EXIGIDOS EN EL ARTÍCULO 2.8 DEL REAL DECRETO 823/2008 Y/O
EN LA INSTRUCCIÓN SEGUNDA DE LA ORDEN DE 30 DE MARZO DE 2015
ALMERÍA
Número de
identificación de
Centro Autorizado
(NICA)
19215
18819
Apellidos y nombre del solicitante
SÁNCHEZ JIMÉNEZ, MARÍA DEL
ROSARIO
CÁDIZ PARRA, MARÍA
MAGDALENA
Municipio de la
oficina de farmacia
ALMÓCITA
LAROYA
Motivos por los que se deniegan las
solicitudes
06. Ventas en 2024, cuyo cálculo anual
supera 235.000 €
04. No cumple requisito del punto b) de la
instrucción segunda de la Orden
00320306
Motivos por los que se deniegan las solicitudes:
01. Solicitud fuera de plazo.
02. Formulario de solicitud no presentado o mal cumplimentado.
03. No cumple requisito punto a) de la instrucción segunda de la orden.
04. No cumple requisito del punto b) de la instrucción segunda de la orden.
05. No cumple requisito del punto c) de la instrucción segunda de la orden.
06. Ventas en 2024, cuyo cálculo anual supera 235.000 €.
07. No aporta datos económicos suficientes para determinar ventas anuales.
08. La población del núcleo donde se encuentra supera los 1.500 habitantes.
09. Otros motivos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja