3. Otras disposiciones. . (2025/90-33)
Resolución de 9 de abril de 2025, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Granada, por la que se concede la autorización administrativa previa de la instalación eléctrica que se cita. (PP. 826/2025).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 90 - Miércoles, 14 de mayo de 2025
página 5493/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
Resolución de 9 de abril de 2025, de la Delegación Territorial de Economía,
Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Granada, por la
que se concede la autorización administrativa previa de la instalación eléctrica
que se cita. (PP. 826/2025).
Exp. núm. E-6674.
ANTECEDENTES DE HECHO

Segundo. De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII
del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y en el Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se
regula la autorización ambiental unificada, se ha realizado trámite de información pública
durante un plazo de treinta días mediante publicación en el BOP núm. 46, de 7.3.2024, y
en el BOJA núm. 42, de 29.2.2024, así como tablón de edictos del Ayuntamiento afectado.
Durante el plazo de información pública se han recibido alegaciones, que han sido
comunicadas al promotor mediante escrito del 29.5.2024.
- En cuanto a las alegaciones referentes a la supuesta irregular partición de proyectos,
esta Delegación se reitera en lo informado al respecto en otros expedientes para los
que se ha hecho dicha alegación. Que no está prohibido en la legislación y normativa
sectorial que no se puedan tramitar autorizaciones de plantas de generación de forma
independiente que luego compartan infraestructuras de evacuación, ya que lo que define
la planta de generación son los sistemas de medida, de manera que si la medida de
la energía a evacuar se realiza de forma independiente, esto constituye una unidad de
producción independiente, siendo esta tesis avalada por el propio Ministerio de Transición
Ecológica y el Retro Demográfico.
- En cuanto a las alegaciones presentadas por Parque Eólico Dama de Baza, S.L.,
éstas se le trasladaron al promotor que las respondió con fecha 3.7.2024.
- Las alegaciones de carácter medioambiental son contestadas en el informe
vinculante de autorización ambiental unificada con núm. expediente AAU/GR/003/23.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00319093

Primero. Con fecha 16 de enero de 2023 se recibe en la Delegación Territorial de
Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Granada
solicitud de autorización administrativa previa y autorización ambiental unificada por
parte de la empresa Roble Desarrollos Fotovoltaicos España, S.L., con CIF B02878684,
y domicilio en calle Málaga, núm. 5, C.P. 28320 Pinto (Madrid), para la instalación de
generación de energía eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica denominada
planta FV «El Molino» 45,57 MW y 57,66 MWp en el término municipal de Huéneja, en
la provincia de Granada. Su infraestructura de evacuación se proyecta en el expediente
E-6673.
Junto a su solicitud, el peticionario aporta entre otros, acreditación de la capacidad
legal, técnica y económica-financiera, anteproyectos de la instalaciones, permiso de
acceso y conexión a red de distribución, y relación de Administraciones, organismos
y empresas de servicio público o de servicios de interés general afectados por las
instalaciones, adjuntando las respectivas separatas de los anteproyectos para su remisión
a los mismos.