Autoridades y personal. . (2025/90-29)
Resolución de 8 de mayo de 2025, de la Universidad de Almería, por la que se convoca concurso de acceso para la provisión de plazas vinculadas de Profesor Permanente Laboral.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 90 - Miércoles, 14 de mayo de 2025
página 6612/4

4. Admisión de aspirantes y notificaciones.
4.1. De acuerdo con lo previsto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las
relaciones de admitidos y excluidos, adjudicaciones, comunicaciones, requerimientos y
demás actos integrantes del presente concurso se publicarán en el tablón electrónico
oficial de la Universidad de Almería (https://www.ual.es/administracionelectronica/tablon)
dentro del epígrafe «Personal>Personal Docente e Investigador», sustituyendo estas
publicaciones a la notificación personal a los interesados y surtiendo sus mismos efectos.
4.2. Dichos documentos podrán publicarse adicionalmente en la página web del Servicio
de Gestión de Recursos Humanos de esta Universidad: http://www.ual.es (Epígrafes:
La UAL > Servicios Administrativos > Servicio de Gestión de Recursos Humanos >
Convocatorias > Personal Docente e Investigador Laboral), careciendo esta publicación
web de los efectos de notificación a los que hace referencia el apartado anterior.
4.3. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector dictará una resolución
declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, con indicación de las
causas de exclusión. Dicha resolución, junto con las listas completas de admitidos y
excluidos, se publicará en el tablón electrónico oficial de la Universidad de Almería, con
los efectos previstos en la base 4.1.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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inscripción deberán ser abonados, obligatoriamente, a través del Sistema Integral de
Pagos (SIP) de la Universidad de Almería, disponible en la dirección web
https://sip.apps.ual.es/autoliquidacion/unit/40/activity/527 y que permite el pago a través
de dos modalidades:
• Generar una carta de pago electrónica que, posteriormente, deberá ser abonada en
cualquier oficina de la entidad «Cajamar Caja Rural, Sociedad Cooperativa de Crédito».
• Pago mediante tarjeta de crédito-TPV.
El abono de los derechos de inscripción deberá realizarse, en todo caso, dentro del
plazo habilitado para la presentación de solicitudes, no concediéndose plazo adicional
alguno para el abono de las mismas. En consecuencia, los interesados que opten por
la primera de las modalidades de pago descritas, deberán hacer efectivo el abono en
«Cajamar Caja Rural, Sociedad Cooperativa de Crédito» dentro del citado plazo.
La falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de instancias
no es subsanable, determinando la exclusión definitiva del aspirante.
Reducciones aplicables a los derechos de inscripción:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar
a la solicitud, certificado que acredite tal condición.
b) Las víctimas de terrorismo, sus cónyuges o hijos siempre y cuando se acredite tal
circunstancia con el informe preceptivo de la Institución correspondiente.
c) Las familias numerosas de categoría especial tendrán derecho a una exención del
100% de la tasa y a una bonificación del 50% los que fueran de categoría general.
La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título
actualizado.
La exclusión por no cumplir alguno de los requisitos de la convocatoria no comportará
el derecho a la devolución de las tasas.
La falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de instancias
no es subsanable, lo cual determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso, la
realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y
forma de la solicitud.
Todos los documentos que no estén redactados en lengua castellana deberán
acompañarse necesariamente de la correspondiente traducción oficial si así es requerido
por la Comisión encargada de resolver el concurso.
Serán excluidos aquellos aspirantes que no presenten los documentos señalados
anteriormente, así como los que presenten la instancia fuera de plazo.