3. Otras disposiciones. . (2025/90-39)
Orden de 8 de mayo de 2025, por la que se declara la extinción de la autorización administrativa, por cese de actividades, al centro de educación infantil «Arbolito 2», de Sevilla.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 90 - Miércoles, 14 de mayo de 2025
página 6631/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Orden de 8 de mayo de 2025, por la que se declara la extinción de la autorización
administrativa, por cese de actividades, al centro de educación infantil «Arbolito 2»,
de Sevilla.
Visto el informe del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de
Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación
de Sevilla, en referencia al centro de educación infantil «Arbolito 2», con código 41020428
y domicilio en Plaza La Fuensanta, 4, portal A-B, de Sevilla, cuya titularidad la ostenta
don Celedonio Alejandro Jiménez Delgado, contando con autorización administrativa
para impartir 2 unidades de primer ciclo con 33 puestos escolares, según el cual el centro
ha cesado de hecho en sus actividades por un período de tiempo superior a dos cursos
académicos.
Considerando que el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de
centros docentes privados para impartir Enseñanzas de Régimen General, de aplicación
a los centros de educación infantil en virtud del artículo 9.4 del Decreto 76/2025, de 5 de
marzo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de educación infantil
en la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece en su artículo 26.1 que la extinción
de la autorización por cese de actividades de un centro docente se declarará de oficio
por la Consejería competente en materia de educación, previa audiencia del interesado,
cuando dicho centro haya cesado de hecho en sus actividades por un período de tiempo
igual o superior a dos cursos académicos.
Resultando que el citado expediente ha sido tramitado en forma reglamentaria por la
Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad,
Investigación e Innovación de Sevilla.
Vistos la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas (BOE de 2 de octubre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de
julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de
Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre); el Decreto 76/2025, de 5 de marzo,
por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de educación infantil en la
Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA de 7 de marzo); el Decreto 109/1992, de 9
de junio, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir Enseñanzas
de Régimen General (BOJA de 20 de junio), que regula, asimismo, el procedimiento de
extinción de la autorización de los centros docentes privados, y demás disposiciones
aplicables.
Considerando que se han cumplido en dicho expediente todos los requisitos exigidos
por la normativa vigente en esta materia, incluido el trámite de audiencia previsto en el
artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, así como en el artículo 26.1 del Decreto
109/1992, de 9 de junio, sin que en el mismo se haya presentado alegación alguna.
DISPONGO
Primero. Declarar la extinción de la autorización administrativa, por cese de sus
actividades por un período de tiempo superior a dos cursos académicos, al centro de
educación infantil «Arbolito 2», con código 41020428 y domicilio en Plaza La Fuensanta, 4,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00320232
En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 90 - Miércoles, 14 de mayo de 2025
página 6631/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Orden de 8 de mayo de 2025, por la que se declara la extinción de la autorización
administrativa, por cese de actividades, al centro de educación infantil «Arbolito 2»,
de Sevilla.
Visto el informe del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de
Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación
de Sevilla, en referencia al centro de educación infantil «Arbolito 2», con código 41020428
y domicilio en Plaza La Fuensanta, 4, portal A-B, de Sevilla, cuya titularidad la ostenta
don Celedonio Alejandro Jiménez Delgado, contando con autorización administrativa
para impartir 2 unidades de primer ciclo con 33 puestos escolares, según el cual el centro
ha cesado de hecho en sus actividades por un período de tiempo superior a dos cursos
académicos.
Considerando que el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de
centros docentes privados para impartir Enseñanzas de Régimen General, de aplicación
a los centros de educación infantil en virtud del artículo 9.4 del Decreto 76/2025, de 5 de
marzo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de educación infantil
en la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece en su artículo 26.1 que la extinción
de la autorización por cese de actividades de un centro docente se declarará de oficio
por la Consejería competente en materia de educación, previa audiencia del interesado,
cuando dicho centro haya cesado de hecho en sus actividades por un período de tiempo
igual o superior a dos cursos académicos.
Resultando que el citado expediente ha sido tramitado en forma reglamentaria por la
Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad,
Investigación e Innovación de Sevilla.
Vistos la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas (BOE de 2 de octubre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de
julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de
Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre); el Decreto 76/2025, de 5 de marzo,
por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de educación infantil en la
Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA de 7 de marzo); el Decreto 109/1992, de 9
de junio, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir Enseñanzas
de Régimen General (BOJA de 20 de junio), que regula, asimismo, el procedimiento de
extinción de la autorización de los centros docentes privados, y demás disposiciones
aplicables.
Considerando que se han cumplido en dicho expediente todos los requisitos exigidos
por la normativa vigente en esta materia, incluido el trámite de audiencia previsto en el
artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, así como en el artículo 26.1 del Decreto
109/1992, de 9 de junio, sin que en el mismo se haya presentado alegación alguna.
DISPONGO
Primero. Declarar la extinción de la autorización administrativa, por cese de sus
actividades por un período de tiempo superior a dos cursos académicos, al centro de
educación infantil «Arbolito 2», con código 41020428 y domicilio en Plaza La Fuensanta, 4,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00320232
En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,