Autoridades y personal. . (2025/89-5)
Resolución de 6 de mayo de 2025, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se hace pública la adjudicación definitiva de destinos del concurso de traslados del personal funcionario de carrera de los cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, de Catedráticos y de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, de Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, para la provisión de puestos de trabajo en centros docentes públicos.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 89 - Martes, 13 de mayo de 2025
página 6588/2

La presente resolución y la referida adjudicación definitiva de los destinos se
publicarán, en el portal web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación
Profesional y recogerá la siguiente información:
- Relación de participantes, con indicación, en su caso, del destino adjudicado.
- Reclamaciones a la adjudicación y al baremo provisional, así como modificaciones
de oficio.
- Renuncias aceptadas y denegadas al concurso de traslados, con indicación, en su
caso, de los motivos de denegación.
- Personal excluido, con indicación de los motivos de exclusión.
Segundo. El personal funcionario docente que haya participado en este procedimiento
y desee retirar la documentación original presentada, podrá solicitarlo en la Delegación
Territorial competente en materia de educación correspondiente, a partir del mes de
octubre de 2025.
En los supuestos de interposición de los recursos procedentes, la citada
documentación permanecerá en la Delegación Territorial competente en materia de
educación correspondiente hasta su resolución.
Tercero. De conformidad con lo establecido en la base decimoquinta de la Resolución
de 24 de octubre de 2024, la toma de posesión de los nuevos destinos tendrá efectos
administrativos y económicos de 1 de septiembre de 2025.
No obstante, el personal que obtenga un nuevo destino deberá permanecer en su
centro de origen hasta que concluyan las actividades previstas para la finalización del
curso académico anterior, en su caso.

Quinto. El personal que resulte adjudicatario de destino en esta Comunidad Autónoma
de Andalucía, procedente de otra Administración educativa vendrá obligado a presentar
telemáticamente a través de la Ventanilla Electrónica de la Administración de la Junta de
Andalucía (https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/procedimientoDetalle.xhtml),
en el plazo de un mes natural, a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución,
la documentación que se relaciona dirigiéndola a la Delegación Territorial competente en
materia de educación a la que corresponda el destino adjudicado:
• Documento de liquidación de baja de haberes.
• Modelo 145 de comunicación de datos al pagador.
• Número de cuenta corriente para el abono de la nómina.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00320189

Cuarto. En el supuesto de participar simultáneamente en este procedimiento por
distintos cuerpos docentes y se obtenga destino en más de uno, se deberá optar por uno
de ellos en los diez días hábiles siguientes a la publicación de la adjudicación definitiva,
de acuerdo con lo establecido en la base decimoquinta de la resolución de convocatoria,
adjuntando fotocopia del DNI, en el caso de que no haya consentido la consulta de los
datos de identidad a través del Sistema de Verificación de Identidad. De no realizar dicha
opción en el plazo indicado se deberá tomar posesión en la plaza obtenida en el cuerpo
desde el que ha participado en situación de servicio activo. Del mismo modo, de no optar
y encontrarse en situación de excedencia en más de un cuerpo, deberá incorporarse al
destino obtenido en el cuerpo desde el que accedió a la última excedencia.
Asimismo, de acuerdo con lo establecido en la base decimoquinta de la referida
Resolución de 24 de octubre de 2024, en los casos en que participantes en este concurso
de traslados lo hicieran también en algún otro procedimiento y obtuvieran por ambos destino
definitivo, podrán optar por uno de ellos en los diez días hábiles siguientes a la adjudicación
definitiva del último procedimiento resuelto, adjuntando fotocopia del DNI en el caso de que
no haya consentido la consulta de los datos de identidad a través del Sistema de Verificación
de Identidad. De no realizar dicha opción en el plazo indicado se deberá tomar posesión en
la plaza obtenida en este procedimiento de concurso de traslados.