Disposiciones generales. . (2025/83-1)
Resolución de 25 de abril de 2025, de la Dirección General de Comercio, por la que se convocan para el año 2025 las subvenciones de modalidad B previstas en la Orden de 3 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a mejorar la competitividad y la digitalización del sector comercial y artesano en Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 83 - Lunes, 5 de mayo de 2025
página 6133/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 25 de abril de 2025, de la Dirección General de Comercio, por la
que se convocan para el año 2025 las subvenciones de modalidad B previstas
en la Orden de 3 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no
competitiva, destinadas a mejorar la competitividad y la digitalización del sector
comercial y artesano en Andalucía.
Por Orden de 3 de octubre de 2024, se aprueban las bases reguladoras para la concesión
de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a mejorar la
competitividad y la digitalización del sector comercial y artesano en Andalucía, publicada
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 197 de 9 de octubre de 2024.
La citada orden, en su disposición adicional única, delega en la persona titular de
la Dirección General competente en materia de comercio la competencia para efectuar
y modificar las convocatorias de las subvenciones reguladas en las bases aprobadas
mediante dicha orden.
El artículo 5 del Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración
de Consejerías, atribuye a la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo las
competencias en materia de comercio y artesanía. En particular, el Decreto 155/2022,
de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la citada Consejería, le
atribuye en el artículo 1.l) tales competencias mediante la planificación, la ordenación,
la promoción y el desarrollo de dichas materias. Estas competencias se ejercen a
través de la Dirección General de Comercio a la que le corresponden, de acuerdo con
el artículo 11.2.e) del referido decreto, entre otras, el impulso y fomento a la creación, la
innovación, modernización tecnológica y mejora de la competitividad a las pequeñas y
medianas empresas comerciales y artesanas andaluzas.
En virtud de lo anterior,
RESU ELVO
Primero. Convocatoria.
Se convoca, para el ejercicio 2025, la concesión de subvenciones de la modalidad B
regulada en la Orden de 3 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no
competitiva, destinadas a mejorar la competitividad y la digitalización del sector comercial
y artesano en Andalucía.
Tercero. Objeto de las subvenciones.
La modalidad B de las subvenciones reguladas mediante Orden de 3 de octubre
de 2024 que ahora se convocan tienen por objeto el apoyo a las personas trabajadoras
autónomas y pymes del sector comercial y artesano andaluz para mejorar su grado de
digitalización y la implantación de soluciones para su transformación digital, la mejora de
la seguridad y fiabilidad de los procesos, así como el impulso de tecnologías disruptivas
de apoyo al negocio y a los procesos que los sustentan.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00319734
Segundo. Régimen jurídico.
Las solicitudes tramitadas al amparo de esta convocatoria se regirán en todos sus
aspectos por lo establecido en la Orden de 3 de octubre de 2024.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 83 - Lunes, 5 de mayo de 2025
página 6133/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 25 de abril de 2025, de la Dirección General de Comercio, por la
que se convocan para el año 2025 las subvenciones de modalidad B previstas
en la Orden de 3 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no
competitiva, destinadas a mejorar la competitividad y la digitalización del sector
comercial y artesano en Andalucía.
Por Orden de 3 de octubre de 2024, se aprueban las bases reguladoras para la concesión
de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a mejorar la
competitividad y la digitalización del sector comercial y artesano en Andalucía, publicada
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 197 de 9 de octubre de 2024.
La citada orden, en su disposición adicional única, delega en la persona titular de
la Dirección General competente en materia de comercio la competencia para efectuar
y modificar las convocatorias de las subvenciones reguladas en las bases aprobadas
mediante dicha orden.
El artículo 5 del Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración
de Consejerías, atribuye a la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo las
competencias en materia de comercio y artesanía. En particular, el Decreto 155/2022,
de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la citada Consejería, le
atribuye en el artículo 1.l) tales competencias mediante la planificación, la ordenación,
la promoción y el desarrollo de dichas materias. Estas competencias se ejercen a
través de la Dirección General de Comercio a la que le corresponden, de acuerdo con
el artículo 11.2.e) del referido decreto, entre otras, el impulso y fomento a la creación, la
innovación, modernización tecnológica y mejora de la competitividad a las pequeñas y
medianas empresas comerciales y artesanas andaluzas.
En virtud de lo anterior,
RESU ELVO
Primero. Convocatoria.
Se convoca, para el ejercicio 2025, la concesión de subvenciones de la modalidad B
regulada en la Orden de 3 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no
competitiva, destinadas a mejorar la competitividad y la digitalización del sector comercial
y artesano en Andalucía.
Tercero. Objeto de las subvenciones.
La modalidad B de las subvenciones reguladas mediante Orden de 3 de octubre
de 2024 que ahora se convocan tienen por objeto el apoyo a las personas trabajadoras
autónomas y pymes del sector comercial y artesano andaluz para mejorar su grado de
digitalización y la implantación de soluciones para su transformación digital, la mejora de
la seguridad y fiabilidad de los procesos, así como el impulso de tecnologías disruptivas
de apoyo al negocio y a los procesos que los sustentan.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00319734
Segundo. Régimen jurídico.
Las solicitudes tramitadas al amparo de esta convocatoria se regirán en todos sus
aspectos por lo establecido en la Orden de 3 de octubre de 2024.