3. Otras disposiciones. . (2025/83-3)
Orden de 28 de abril de 2025, por la que se designa a la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE) como agente financiero del Fondo Público Andaluz para la Financiación Empresarial y el Desarrollo Económico.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 83 - Lunes, 5 de mayo de 2025
página 6149/2
De conformidad con todo cuanto antecede y en virtud de las competencias atribuidas
por el artículo 4.4 del Decreto-ley 1/2018, de 27 de marzo, de medidas para la gestión
de los instrumentos financieros del Programa Operativo FEDER Andalucía 2014-2020 y
otras de carácter financiero,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00319750
se dictan actos de ejecución del Decreto-ley 1/2018, de 27 de marzo, de medidas para
la gestión de los instrumentos financieros del Programa Operativo FEDER Andalucía
2014-2020 y otras de carácter financiero, es la Agencia de Innovación y Desarrollo de
Andalucía (IDEA), que se encuentra en proceso de liquidación y extinción.
Por su parte, la Ley 9/2021, de 23 de diciembre, crea la Agencia Empresarial para
la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE), con el objetivo de impulsar las
actividades de fomento para el desarrollo económico y empresarial de Andalucía, para
la mejora de la innovación, de la competitividad y de la promoción, así como para la
atracción de inversión exterior e internacionalización en la estructura productiva. Para ello,
la Agencia TRADE tiene encomendado el fomento de la transferencia del conocimiento
y de los resultados de la I+D+i entre los agentes del sistema andaluz del conocimiento
y las empresas y su participación en proyectos internacionales. Además, TRADE
ha de potenciar la cultura emprendedora, la promoción del talento y el asesoramiento
empresarial y gestionará y realizará el seguimiento de la planificación en materia de
I+D+i, compra pública de innovación y estudios de prospectiva.
Conforme a dichos objetivos, y en el ámbito de los instrumentos financieros, se debe
centrar y definir la actividad de la Agencia TRADE, en relación con el Fondo y, de manera
especial, en la gestión y desarrollo de los nuevos instrumentos financieros que se están
poniendo en funcionamiento en el contexto del nuevo Marco comunitario 2021-2027 y
reservar determinadas funciones a la Agencia IDEA, en el contexto de su liquidación y
extinción, en relación con las operaciones financieras actualmente vivas concedidas con
cargo a los fondos.
De acuerdo con ello, dado el actual escenario y la situación de la Agencia IDEA, en
fase de liquidación y extinción, es necesario designar a la Agencia TRADE como nuevo
agente financiero del Fondo en concordancia con el conjunto de actuaciones atribuidas
conforme a la Ley 9/2021, de 23 de diciembre, y asignar funciones concretas a la Agencia
IDEA, vinculadas a la liquidación y gestión de operaciones vivas anteriores del Fondo.
Para ello, mediante la disposición final séptima del Decreto-ley 1/2025, de 24
de febrero, de medidas urgentes en materia de vivienda se modifica la redacción del
artículo 4.4 del Decreto-ley 1/2018, de 27 de marzo. Y conforme a ella, mediante la
presente Orden, se formaliza la designación de la Agencia TRADE como nuevo agente
financiero del Fondo, y se le asignan funciones concretas a la Agencia IDEA conforme
a la modificación normativa que se efectúa, estableciendo un periodo de concurrencia
temporal entre ambas agencias, con funciones bien delimitadas.
Este ajuste normativo evita bloqueos en la gestión del Fondo y permite a la
Agencia TRADE desarrollar nuevos instrumentos financieros en el marco del Programa
Andalucía FEDER 2021-2027, así como otras medidas de carácter financiero que puedan
implementarse, mientras que la Agencia IDEA asume únicamente las funciones de
carácter residual relacionadas con la liquidación y administración de las operaciones
financieras en curso.
El nuevo marco normativo se plantea hasta el momento de la liquidación y extinción
de la Agencia IDEA, en los términos que establezca la normativa propia del Fondo y
bajo la dirección y supervisión de su Consejo de Inversión Financiera, como órgano de
gobierno del citado Fondo.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 83 - Lunes, 5 de mayo de 2025
página 6149/2
De conformidad con todo cuanto antecede y en virtud de las competencias atribuidas
por el artículo 4.4 del Decreto-ley 1/2018, de 27 de marzo, de medidas para la gestión
de los instrumentos financieros del Programa Operativo FEDER Andalucía 2014-2020 y
otras de carácter financiero,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00319750
se dictan actos de ejecución del Decreto-ley 1/2018, de 27 de marzo, de medidas para
la gestión de los instrumentos financieros del Programa Operativo FEDER Andalucía
2014-2020 y otras de carácter financiero, es la Agencia de Innovación y Desarrollo de
Andalucía (IDEA), que se encuentra en proceso de liquidación y extinción.
Por su parte, la Ley 9/2021, de 23 de diciembre, crea la Agencia Empresarial para
la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE), con el objetivo de impulsar las
actividades de fomento para el desarrollo económico y empresarial de Andalucía, para
la mejora de la innovación, de la competitividad y de la promoción, así como para la
atracción de inversión exterior e internacionalización en la estructura productiva. Para ello,
la Agencia TRADE tiene encomendado el fomento de la transferencia del conocimiento
y de los resultados de la I+D+i entre los agentes del sistema andaluz del conocimiento
y las empresas y su participación en proyectos internacionales. Además, TRADE
ha de potenciar la cultura emprendedora, la promoción del talento y el asesoramiento
empresarial y gestionará y realizará el seguimiento de la planificación en materia de
I+D+i, compra pública de innovación y estudios de prospectiva.
Conforme a dichos objetivos, y en el ámbito de los instrumentos financieros, se debe
centrar y definir la actividad de la Agencia TRADE, en relación con el Fondo y, de manera
especial, en la gestión y desarrollo de los nuevos instrumentos financieros que se están
poniendo en funcionamiento en el contexto del nuevo Marco comunitario 2021-2027 y
reservar determinadas funciones a la Agencia IDEA, en el contexto de su liquidación y
extinción, en relación con las operaciones financieras actualmente vivas concedidas con
cargo a los fondos.
De acuerdo con ello, dado el actual escenario y la situación de la Agencia IDEA, en
fase de liquidación y extinción, es necesario designar a la Agencia TRADE como nuevo
agente financiero del Fondo en concordancia con el conjunto de actuaciones atribuidas
conforme a la Ley 9/2021, de 23 de diciembre, y asignar funciones concretas a la Agencia
IDEA, vinculadas a la liquidación y gestión de operaciones vivas anteriores del Fondo.
Para ello, mediante la disposición final séptima del Decreto-ley 1/2025, de 24
de febrero, de medidas urgentes en materia de vivienda se modifica la redacción del
artículo 4.4 del Decreto-ley 1/2018, de 27 de marzo. Y conforme a ella, mediante la
presente Orden, se formaliza la designación de la Agencia TRADE como nuevo agente
financiero del Fondo, y se le asignan funciones concretas a la Agencia IDEA conforme
a la modificación normativa que se efectúa, estableciendo un periodo de concurrencia
temporal entre ambas agencias, con funciones bien delimitadas.
Este ajuste normativo evita bloqueos en la gestión del Fondo y permite a la
Agencia TRADE desarrollar nuevos instrumentos financieros en el marco del Programa
Andalucía FEDER 2021-2027, así como otras medidas de carácter financiero que puedan
implementarse, mientras que la Agencia IDEA asume únicamente las funciones de
carácter residual relacionadas con la liquidación y administración de las operaciones
financieras en curso.
El nuevo marco normativo se plantea hasta el momento de la liquidación y extinción
de la Agencia IDEA, en los términos que establezca la normativa propia del Fondo y
bajo la dirección y supervisión de su Consejo de Inversión Financiera, como órgano de
gobierno del citado Fondo.