Autoridades y personal. . (2025/82-13)
Resolución de 25 de abril de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convoca proceso selectivo de promoción interna para ingreso en el Cuerpo General de Administrativos para personas con discapacidad intelectual en el ámbito de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Oferta de Empleo Público 2023.
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Número 82 - Viernes, 2 de mayo de 2025
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Queda prohibida en todo caso la entrada al aula y puesto de examen con teléfono
móvil o, en general, cualquier dispositivo electrónico conectado a datos, a excepción de los
dispositivos que, por cuestión de salud, la persona requiera y comunique con carácter previo.
Las personas aspirantes deberán observar en todo momento las instrucciones de
las personas integrantes del órgano de selección o del personal ayudante o asesor, en
orden al adecuado desarrollo del ejercicio. La no sujeción a tales reglas o instrucciones,
así como cualquier alteración en el normal desarrollo de la prueba por parte de alguna
persona aspirante quedará reflejada en el acta correspondiente, adoptando el órgano de
selección la decisión correspondiente.
Durante la realización del ejercicio quedan totalmente prohibidas las acciones
fraudulentas dirigidas a la superación del mismo y, en particular, el uso de dispositivos
móviles o aparatos electrónicos conectado a datos, así como la comunicación entre
personas opositoras y de estas con el exterior. Cuando se aprecie por el personal
colaborador la realización por alguna persona aspirante de una conducta prohibida,
se pondrán los hechos en conocimiento de la comisión a fin de que esta determine lo
procedente, debiendo reflejarse en el acta lo ocurrido, y se trasladará a la persona o
personas afectadas al aula de incidencias hasta que aquella se resuelva, quedando en
suspenso la realización del ejercicio. La comisión de selección, a la vista de la información
y documentación recibida y después de realizar las comprobaciones que se estimen
pertinentes, adoptará el acuerdo correspondiente. En caso de que la comisión estime
acreditada la realización de la conducta prohibida, se acordará la exclusión definitiva de
la persona afectada, anulándose el ejercicio realizado y considerándose que no se ha
completado la fase de oposición.
3. Fase de concurso.
3.1. La fase de concurso, en la que la puntuación máxima a obtener será de 80
puntos, consistirá en la valoración de los méritos que acrediten quienes superen la fase
de oposición.
3.2. Por resolución de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública,
que se publicará en el BOJA, se abrirá el plazo de diez días hábiles, para que quienes
hayan superado la fase de oposición procedan a la presentación del autobaremo de sus
méritos conforme al baremo establecido en el Anexo I de esta resolución.
La presentación del autobaremo se deberá realizar de manera electrónica mediante
el acceso a la dirección https://lajunta.es/promocionautobaremo en la que tendrán
habilitada la opción de «Solicitud de autobaremo».
3.3. Las personas aspirantes deberán proceder a la autobaremación de sus méritos,
cumplimentando al efecto el modelo de autobaremo que se publicará en la resolución
de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública antes citada por la que
se abrirá el plazo de presentación del autobaremo de méritos. Esta autobaremación
vinculará a la comisión de selección, en el sentido de que la misma solo podrá valorar los
méritos autobaremados, no pudiendo otorgar una puntuación mayor a la autobaremada
en cada uno de los apartados del baremo de méritos.
3.4. En los términos expuestos en el apartado 4 de la base cuarta, quienes en su
solicitud manifiesten no estar de acuerdo con la información que consta en su hoja de
acreditación de datos, deberán cumplimentar el Anexo V y dirigirlo al servicio competente
en materia de personal del centro directivo al que esté adscrito su puesto de trabajo. Si se
trata de personal que no se encuentre en situación de servicio activo, deberán dirigirlo a
la comisión de selección correspondiente.
Solo se valorarán por la comisión de selección, a efectos de determinar la puntuación
en la fase de concurso, los méritos referidos a la fecha del día de publicación en el BOJA
de la presente convocatoria que, estando inscritos en el Registro General de Personal
o aportados mediante el mencionado Anexo V, sean alegados y autobaremados por las
personas participantes durante el plazo de presentación del autobaremo, no tomándose
en consideración los alegados con posterioridad a la finalización de dicho plazo, aquellos
méritos no autobaremados o los no incorporados al Anexo V.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00319646

BOJA

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